Calendario tributario 2024: definidas las fechas para el pago de impuestos

El calendario tributario pretende que tanto personas naturales como jurídicas planifiquen y organicen sus pagos y la presentación de documentos estipulados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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La Dian emitió el calendario
La Dian emitió el calendario tributario para el 2024 - crédito Jesús Avilés

El Gobierno nacional decretó el calendario tributario de 2024 con la expedición del decreto 2229 el pasado 22 de diciembre. Esta normativa establece los días hábiles que los contribuyentes deben atender para el cumplimiento de obligaciones tributarias tanto sustanciales como formales del orden nacional para el próximo año y los años siguientes. Los días no laborables incluirán sábados, domingos y días feriados.

La importancia de este decreto radica en la planificación y organización fiscal que deben realizar tanto personas como empresas. La medida determina los plazos y contribuye al orden en la gestión de los pagos y presentaciones de documentos ante la autoridad tributaria nacional.

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Es fundamental que los contribuyentes revisen dicho calendario para evitar incurrir en sanciones por incumplimiento de las fechas estipuladas.

El decreto 2229 forma parte de las acciones gubernamentales para mejorar la eficiencia en la recaudación fiscal, facilitando al mismo tiempo que los obligados tributarios puedan cumplir con sus deberes sin contratiempos. Aunque el decreto señala claramente los días hábiles, es crucial que los interesados confirmen los días específicos para sus obligaciones, ya que pueden variar dependiendo del tipo de tributo o de la actividad económica que realicen.

Declaración de renta y activos en el exterior para el año gravable 2023: fechas clave anunciadas

El plazo para declarar renta
El plazo para declarar renta para Personas Naturales será del 12 de agosto hasta el 24 de octubre de 2024 - crédito Dian

Las autoridades tributarias han anunciado las fechas en las que tanto personas naturales como sucesiones ilíquidas deberán cumplir con la presentación de la declaración del Impuesto sobre la Renta y su pago correspondiente al año gravable 2023. Dicho trámite deberá realizarse desde el 12 de agosto hasta el 24 de octubre de 2024, teniendo en consideración los dos últimos dígitos del Número de Identificación Tributaria (NIT). Este calendario también es aplicable para residentes en el exterior con obligaciones tributarias en el país.

En relación con la declaración anual de activos en el exterior, los Grandes Contribuyentes y las Personas Jurídicas con activos superiores a 2000 Unidades de Valor Tributario (UVT), lo que para el año 2024 equivale a más de $94.130.000, deberán atender a fechas específicas para su cumplimiento.

Para los Grandes Contribuyentes las fechas dispuestas van desde el 9 hasta el 22 de abril de 2024, mientras que para las Personas Jurídicas, el plazo se extiende del 10 al 24 de mayo de 2024. Estos deberes también recaen en las Personas Naturales que, cumpliendo con el mismo requisito de patrimonio, tendrán un periodo que comprende desde el 12 de agosto hasta el 24 de octubre de 2024 para presentar su declaración.

Es crucial que los contribuyentes marquen estas fechas en sus calendarios para evitar incumplimientos que puedan derivar en sanciones. La administración tributaria ha remarcado la importancia de estos periodos y la obligatoriedad de la presentación de dichas declaraciones, como parte de las responsabilidades fiscales de los contribuyentes.

Para mayor accesibilidad y gestión eficiente del tiempo, se recomienda a los obligados tributarios revisar con antelación los documentos y requisitos necesarios para la presentación de sus declaraciones. Así mismo, pueden buscar asesoramiento profesional para garantizar que su información esté completa y sea presentada correctamente, dentro de los plazos estipulados.

Tanto Grandes Contribuyentes como Personas
Tanto Grandes Contribuyentes como Personas Naturales y Jurídicas pueden buscar asesoramiento profesional para garantizar que su información esté completa y sea presentada correctamente, dentro de los plazos estipulados - crédito Dian

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – Dian también anunció los plazos para la presentación y pago del Impuesto sobre las Ventas (IVA) para el año gravable 2024. Los contribuyentes con ingresos iguales o superiores a 92.000 UVT en 2023, que equivalen a $3.901.904.000, deberán cumplir con esta obligación bimestralmente. Se estableció que la Unidad de Valor Tributario (UVT) para el 2024 es de $47.065.

Los Grandes Contribuyentes, tanto personas jurídicas como naturales, así como aquellos proveedores de servicios telefónicos, deberán atender el calendario establecido, que inicia los vencimientos en marzo y varía ligeramente para los proveedores de servicios desde el exterior. Los períodos de imposición se rigen por el último dígito del NIT del contribuyente. En contraste, las entidades con ingresos menores a 92.000 UVT realizarán pagos cuatrimestralmente.

Los agentes de retención deberán presentar mensualmente las declaraciones y pagos correspondientes. Las personas naturales y sucesiones ilíquidas sujetas al Impuesto al Patrimonio, con un patrimonio líquido igual o superior a 72.000 UVT ($3.888.680.000 para 2024), tendrán que presentar su declaración y efectuar el primero de dos pagos entre el 10 y el 24 de mayo de 2024; el segundo pago debe ser abonado el 13 de septiembre de ese mismo año.

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