Por dejar libre a 24 miembros de bandas delincuenciales en Bogotá, juez regañó a su colega: calificó la decisión de “insensata”

La jueza 36 de control de garantías ordenó la liberación, generando reacciones adversas por parte de otro juez y la opinión pública

Guardar
Captura de pantalla cuando el Juez primero penal del circuito afirmó la insensatez de la jueza 36 tras la liberación de 24 presuntos miembros de bandas criminales en Bogotá - crédito Captura de Pantalla Audiencia / Archivo Particular
Captura de pantalla cuando el Juez primero penal del circuito afirmó la insensatez de la jueza 36 tras la liberación de 24 presuntos miembros de bandas criminales en Bogotá - crédito Captura de Pantalla Audiencia / Archivo Particular

La liberación de 24 individuos acusados de pertenecer a dos peligrosas bandas delictivas en el sur de Bogotá generó controversia. La decisión, tomada por la jueza 36 de control de garantías, fue calificada como “insensata” por el juez primero penal del circuito de Bogotá, que destacó la complejidad de la investigación de un año llevada a cabo por la Policía Nacional.

Las dos organizaciones criminales, conocidas como Los Lanister y Los Aquila, son señaladas de cometer delitos graves, como homicidios, extorsiones, microtráfico y ventas ilegales de tierras en las localidades de Ciudad Bolívar y Kennedy. La Policía adelantó una exhaustiva investigación para desmantelar estas bandas, pero la reciente decisión judicial ha dejado en libertad a los presuntos delincuentes, generando indignación entre la opinión pública.

Ahora puede seguirnos en WhatsApp Channel y en Google News.

El despacho no comparte la decisión de primera instancia, insensata por demás, como quiera que es la misma jueza quien está presidiendo la audiencia y se está enterando por sí misma de las circunstancias que ocasionaron que la audiencia se prolongará por un término de 6 horas y 55 minutos”, dice el juez, según un video publicado por Noticias Caracol

El proceso legal se vio marcado por controversias desde el principio. La primera instancia, revisada por el juez primero penal, reveló fallas en el procedimiento, desencadenando la liberación de los acusados. Sin embargo, en una nueva audiencia, el mismo juez revocó la decisión, considerándola insensata y señalando desorden en la diligencia.

Momento en el que la juez 36 de control de garantías de dejar en libertad a las 24 personas señaladas de pertenecer a grupos delicuenciales - crédito Captura de pantalla durante la lectura del fallo de libertad, 20 de octubre
Momento en el que la juez 36 de control de garantías de dejar en libertad a las 24 personas señaladas de pertenecer a grupos delicuenciales - crédito Captura de pantalla durante la lectura del fallo de libertad, 20 de octubre

La polémica se intensificó cuando se descubrió que la demora en la radicación de la solicitud de audiencias preliminares por parte de la Fiscalía fue atribuida a la falta de jueces, según la fiscal del caso. El juez de conocimiento cuestionó las explicaciones de la jueza de control de garantías, argumentando que el tiempo para revisar el proceso no justificaba la liberación de los acusados.

El trasfondo legal del caso revela que las capturas se realizaron durante diligencias de allanamiento, lo que otorgaba a la Fiscalía 24 horas para legalizar el procedimiento ante un juez de garantías. Sin embargo, el proceso se complicó al observar que la diligencia terminó el 19 de octubre, pero la documentación se radicó el 20 de octubre, superando el plazo establecido.

Ante este panorama, el juez de conocimiento no solo ordenó recapturar a los 24 individuos, sino que también destacó la falta de orden en la audiencia inicial. Este revés judicial plantea interrogantes sobre la eficacia y la coherencia del sistema legal en la lucha contra el crimen organizado en Bogotá.

Suspenden a Juez luego del encarcelamiento de un conductor

La Comisión Nacional de Disciplina Judicial (Cndj) confirmó la sanción de un mes de suspensión para el juez Hermógenes Trujillo Salas, del Cuarto Penal del Circuito de Neiva, tras una presunta detención ilegal de Ferney Macías Ramírez.

Ferney Macías Ramírez, en estado de alicoramiento se movilizaban en una motocicleta, y arrolló a Doris Pastrana Castro, el 22 de junio de 2017, causándole la muerte - crédito La Nación
Ferney Macías Ramírez, en estado de alicoramiento se movilizaban en una motocicleta, y arrolló a Doris Pastrana Castro, el 22 de junio de 2017, causándole la muerte - crédito La Nación

La sanción, derivada de un caso de homicidio involuntario provocado por Macías Ramírez en estado de ebriedad, fue ratificada el 22 de noviembre de 2023, según lo informó La Nación.

El juez fue suspendido luego de negar el subrogado penal a Macías Ramírez, quien había causado la muerte de una mujer mientras conducía embriagado el 2 de octubre de 2017. La medida fue vista como una privación de libertad ilegítima, ya que según el defensor del acusado, las condiciones para este beneficio, incluyendo una condena menor a cuatro años y la falta de antecedentes penales, se cumplían.

Según lo informó La Nación, esta decisión fue objeto de una resolución de la Cndj, que hizo hincapié en la necesidad de imparcialidad e idoneidad en la toma de decisiones judiciales

La magistrada Teresa Helena Muñoz de Castro está a cargo de la etapa preliminar de la investigación disciplinaria contra Trujillo Salas. En esta fase se evaluará la existencia de méritos suficientes para continuar con el proceso.

Asimismo, el 18 de marzo de 2022, se presentó un documento donde el juez defendía su decisión de imponer prisión a Macías Ramírez, enfatizando la gravedad del delito cometido. Por otro lado, el magistrado Carlos Arturo Ramírez Vásquez de la Cndj indicó que la detención se justificaba para enviar un mensaje claro sobre las expectativas de justicia de la sociedad.

Guardar