En las últimas horas, se reveló una carta de la firma de abogados Guerrero y Asociados, expertos en derecho laboral. Este bufete radicó una tutela ante el Juzgado 40 Administrativo de Bogotá para detener el trámite de la reforma laboral que avanza ante el Congreso de la República.
Con esta movida jurídica, el abogado Juan Manuel Guerrero Melo interpuso la acción en contra de la Nación, el Ministerio de Trabajo, la ministra Gloria Inés Ramírez Ríos en calidad de líder de la cartera, la Mesa Directiva de la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes, quienes fungen como ponentes del proyecto de ley No. 166 que fue presentado el 24 de agosto de 2023.
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El escrito de 24 páginas cita que la tutela se interpuso por la violación a los derechos y garantías fundamentales al trabajo, al debido proceso y que incumplió el principio de tripartismo en la construcción del proyecto, al no haber convocado a la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Laborales y Salariales antes de someterlo a discusión en la Comisión de la Cámara.
Ahora el juzgado tendrá diez días para resolver esta acción de tutela, pero según la abogada experta en derecho comercial Paola Andrea Torres, consultada por Infobae Colombia, esta medida difícilmente retroceda el debate que avanza ante el Congreso, aunque se debe esperar la decisión final del caso.
¿Qué pasaría si la tutela de la reforma laboral es fallada a favor?
El mismo abogado accionante explicó que la acción contra la ministra Ramírez se generó porque la funcionaria no hizo la debida convocatoria de la comisión de concertación de políticas salariales y laborales para discutir a fondo el proyecto que actualmente está en discusión.
‘’Está probado incluso en la ponencia liderada por la representante María Fernanda Carrascal, que el Gobierno nacional, en una acción temeraria, quiere homologar la discusión que se dio en la comisión de concertación de política laboral’'.
El abogado Guerrero Melo citó que el proyecto de ley 367 del 2023 fue archivado y se hundió el 20 de junio del 2023 ‘’en esta ponencia, la representante Carrascal reconoce que el debate tripartito se dio el día 11 de marzo del 2023′'.
Lo cual significa que el proyecto de ley que se está discutiendo actualmente fue radicado por la ministra de Trabajo el día 24 de agosto del 2023 y no contó con la discusión democrática que debía tener ‘’exigida no únicamente por la Constitución política de Colombia en su artículo 56, sino también por el convenio 144 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT)’’.
Por lo que, según el experto jurídico, lo que se busca en sí con esta tutela es suspender temporalmente el proyecto de la reforma y de ser así se tendría que rehacer todo el proceso.
El socio director Juan Manuel Guerrero Melo compartió un mensaje anunciando la tutela que había interpuesto en horas de la mañana del miércoles 13 de diciembre:
Reforma laboral 2.0
El viernes 24 de noviembre se radicó la ponencia positiva para el primer debate de la reforma laboral 2.0 ante el Congreso de la República. Ahora con el nuevo texto de ponencia, se espera se avance en la discusión de los legisladores.
La iniciativa estuvo en cabeza de los ponentes María Fernanda Carrascal y Alfredo Mondragón, del Pacto Histórico, y Germán Gómez, del Partido Comunes. Algunos de los puntos claves del documento de 189 páginas tiene que ver con la jornada de trabajo y los tipos de contratación en el país.
En uno de los apartados del texto se menciona que lo que esperan de esta reforma es “la búsqueda del trabajo digno y decente (...) se busca la regulación de las relaciones laborales reguladas en el Código Sustantivo del Trabajo”. Añade que “no es una reforma consensuada en su totalidad”, pero que fue ampliamente discutida y acordada en algunos puntos de interés.
¿Cuáles fueron los cambios del texto?
Se contemplan modificaciones en varios aspectos, como la jornada nocturna y los recargos por trabajar los domingos y festivos; en el primer caso se solicita que esta se extienda desde las 7 de la noche hasta las 6 de la mañana.
Frente al recargo por trabajar en días dominicales y festivos, actualmente rige el artículo 179 del Código Sustantivo del Trabajo, el cual menciona “el trabajo en domingo y festivos se remunerará con un recargo del setenta y cinco por ciento (75%) sobre el salario ordinario en proporción a las horas laboradas” y lo que se pide es que se aumente hasta el 100%.
Otros puntos relacionados con los cambios para los trabajadores colombianos son: la incorporación de la modalidad de trabajo relacionada a las plataformas digitales para los domiciliarios, cambios en el modelo de contratación de prestación de servicios, extensión de la licencia de paternidad hasta las 12 semanas y la incorporación otras modalidades de trabajo que no exijan presencialidad.