El Consejo de Estado de Colombia rechazó el recurso extraordinario de revisión presentado por Juana Manuela Marroquín, hija del fallecido narcotraficante Pablo Escobar Gaviria, quien buscaba la anulación de una sanción económica impuesta por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian).
La sanción fue aplicada por la evasión del impuesto al patrimonio durante diez años. Con este fallo, Marroquín tiene el deber de cumplir con el pago al Estado colombiano, invalidando su alegato de vivir fuera de Colombia por más de tres décadas.
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La Sección Cuarta del alto tribunal, liderada por el magistrado César Palomino Cortés, argumentó en su fallo que la apelación de Marroquín no tenía base ya que no hubo ninguna violación de sus derechos durante el curso del proceso judicial. Así, el recurso especial que pretendía librar a Marroquín de la responsabilidad fiscal quedó sin efecto, y los argumentos presentados para justificar su no residencia en el país no fueron considerados suficientes para revocar la decisión administrativa previamente tomada por la Dian.
La multa impuesta por la Dirección de Impuestos responde a una serie de omisiones en la declaración del patrimonio de Marroquín, en la cual se encontró que no cumplió con sus obligaciones tributarias en Colombia a pesar de las sustanciales cantidades de dinero e inmuebles que deberían haber sido reportadas.
“No se evidencia ninguna violación al debido proceso, que implique la configuración de la causal invocada en el recurso extraordinario de revisión, razón por la cual se declarará infundado el mismo”, dice el fallo.
El Consejo de Estado le ordenó a Juana Manuela Marroquín Santos cumplir con el pago de la deuda tributaria por bienes que no habían sido declarados durante casi diez años. Así mismo, deberá pagar la suma de 1.600.000 pesos por concepto de condena en costas a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian).
Marroquín Santos, que en la actualidad reside en Argentina, presentó un informe contable que buscaba justificar la omisión, pero fue desestimado por el alto tribunal.
El fallo detallado en un documento de 22 páginas reveló que las pruebas aportadas no eran suficientes para eximir al contribuyente del impuesto de patrimonio. A pesar de las alegaciones sobre la desvalorización de los elementos probatorios en el expediente, el tribunal concluyó que Marroquín Santos había declarado para el año fiscal 2006 un patrimonio líquido de 5.468.068.000 pesos colombianos, lo cual la hacía sujeto pasivo del impuesto en el año gravable 2010.
La resolución del Consejo de Estado desestima completamente el reporte presentado por el contador de la familia, que señalaba que Marroquín Santos vivía fuera de Colombia desde hacía más de tres décadas.
La corte fue enfática al señalar que sí se valoraron adecuadamente las pruebas en el proceso, pero estas fueron insuficientes para demostrar la no sujeción al mencionado impuesto. La contundencia del fallo implica que Marroquín Santos deberá afrontar sus obligaciones fiscales en Colombia, independientemente de su residencia actual en Argentina.
Juana Manuela Marroquín Santos, cuya relación con su padre ha sido objeto de interés mediático, enfrenta este revés legal en un escenario en el que las autoridades colombianas están incrementando sus esfuerzos por combatir la evasión fiscal.
Con estos precedentes, el país se fortalece su marco legal para asegurar el cumplimiento tributario de todos sus ciudadanos, incluyendo aquellos con patrimonios significativos o conexiones familiares históricas.
Manuela Escobar Henao, hija de Pablo Escobar, presenta demanda por bienes incautados
La mujer nació en Ciudad de Panamá en 1984 y con solo tres años, Manuela Escobar Henao, cuyo nombre fue cambiado por el de Juana Manuela Marroquín Santos, se vio involucrada en una inusual situación patrimonial: su padre, el narcotraficante Pablo Emilio Escobar Gaviria, registró a su nombre propiedades en los Edificios Mónaco y Dallas en Medellín, además del 60% de cuotas en la empresa Valencia y Henao y Cía. Colectiva Civil.
Estos bienes fueron incautados después de la muerte de Escobar en 1993, quedando bajo la administración de la Dirección Nacional de Estupefacientes en Colombia mediante procesos de extinción de dominio.
La incautación sucedió pese a que Manuela Escobar no tenía la edad legal para efectuar transacciones comerciales, y tras la caída de su padre, líder del cartel de Medellín, los bienes fueron sometidos a extinción de dominio. En el año 1994, por razones de seguridad, Escobar Henao se trasladó fuera de Colombia bajo una nueva identidad, Juana Manuela Marroquín Santos.
En un esfuerzo de cooperación con las autoridades colombianas, y aún desde el exterior, declaró los bienes que tenía a su nombre para su respectiva tributación, que culminaron procesos de extinción en 1998, 2002 y 2003.
Debido a su imposibilidad de regresar a Colombia, Marroquín Santos otorgó poder a un contador público, vinculado con su familia, para la declaración del impuesto sobre la renta en el año 2006. En esta se reportó un patrimonio líquido valorado en 5.400 millones de pesos, considerando incluso aquellos bienes que ya habían sido objeto de extinción dominial por parte del Estado colombiano.