Ordenan arresto del periodista Gonzalo Guillén por dos días: ¿por qué?

Al comunicador se le exigió rectificar y desmentir algunos señalamientos que había hecho contra el empresario Carlos Mattos

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A Guillén se le había
A Guillén se le había ordenado rectificar sus ataques contra Mattos desde diciembre de 2022- crédito Jesús Avilés/ Infobae

El periodista Gonzalo Guillén deberá cumplir una medida de arresto por dos días, según dieron a conocer desde el Juzgado 11 Penal del Circuito de Barranquilla. El órgano judicial enfatizó en que el comunicador incurrió en un desacato a un fallo que había emitido el Tribunal Superior de la capital atlanticense, en el que se le ordenaba rectificar y desmentir algunos señalamientos que había hecho en contra del empresario Carlos Mattos.

La decisión del alto tribunal de Barranquilla fue emitida a finales de 2022. Sin embargo, Guillén habría continuado lanzando ataques contra Mattos —que ya fue condenado por la justicia colombiana— a través de sus redes sociales, razón por la que deberá someterse a dos días de arresto.

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Según indicaron desde el tribunal, a pesar de que el 6 de febrero de 2023, el periodista publicó a través de su cuenta de X (antes Twitter) un mensaje en el que rectificó los señalamientos contra Mattos, para el organismo, dicho texto no cumple con lo solicitado, razón por la que se recalca en que Guillén incurrió en un desacato.

“Sin embargo, de la mera confrontación de la respuesta ofrecida por los incidentados, se advierte que el señor Gonzalo Guillen Jiménez se abstiene de rectificar los trinos por él publicados en su cuenta de la red social X @HELIODOPTERO”, indicaron desde el organismo.

Incluso, desde el organismo indicaron que el periodista nunca llegó a rectificar los ataques contra Mattos, puesto que el texto publicado en sus redes sociales no consiguió el objetivo inicialmente planteado, que era corregir la información que se había dado a conocer sobre el empresario.

“La rectificación no se entiende cumplida, pues no logró el propósito perseguido y se quedó en el mero anuncio, ya que no corrigió la información que había publicado sobre el señor Carlos Mattos Barrero, y cuyo contenido expresara lo dispuesto por el juez constitucional de segunda instancia en la parte resolutiva de su decisión”

Y es que en el fallo expedido por el Consejo Seccional de la Judicatura de Atlántico el 20 de diciembre de 2022, se señala que el periodista había publicado “más de treinta y cinco (35) trinos, en los que no ha escatimado esfuerzos para referirse al mismo, en los degradantes términos que ya se han señalado y que no se reiterarán para no hacer revictimización del afectado”.

Fallo que obligaba a Gonzalo Guillén a retractarse fue emitido en diciembre de 2022

Algunos de esos calificativos impuestos por Guillén sobre Mattos eran “pederasta, corrupto, lavador de activos y determinador de masacres”. Por tal motivo, el tribunal, con ponencia del magistrado Jorge Eliécer Mora, ordenó al también fundador de La Nueva Prensa rectificarse a partir de la fecha de notificación de la decisión.

Gonzalo Guillén se sometería a
Gonzalo Guillén se sometería a dos días de arresto- crédito Jesús Avilés/Infobae

La determinación del organismo estaba basada además en que, señaló Mora, los ataques de Guillén “denotan su animadversión visceral contra el actor y el ánimo de despreciarlo, humillarlo y desvalorizarlo”.

Incluso, desde el tribunal enfatizaron en aquella ocasión en que las “críticas” del periodista hacia el empresario no representaban el ejercicio de la libertad de prensa. De hecho, para el organismo, los trinos publicados por Guillén son mensajes entendidos como actos de ciberacoso y hostigamiento “que violan su derecho —el de Mattos— a vivir libre de humillaciones”, así como la atribución de responsabilidades penales por la comisión de delitos pese a que no existen sentencias judiciales que comprueben eso.

“Las afirmaciones cuestionadas resultan abierta y deliberadamente violatorias de derechos fundamentales, por sus contenidos contrarios a la realidad, sin soporte alguno, lo que se tornan subjetivas y parcializadas”, señalaba el fallo.
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