
El Ministerio de Salud y Protección Social expidió el Decreto 2016 de 2023, que reglamenta el funcionamiento de las plantas de beneficio animal o mataderos municipales, en la categoría de autoconsumo, los cuales deberán tener viabilidad del Invima para abastecer de carne a los consumidores.
La reapertura de los mataderos municipales permite que los campesinos puedan volver a comercializar sus productos y competir con los monopolios de los frigoríficos, que han elevado el precio interno de la carne, indicó el ministro de Salud, Guillermo Jaramillo.
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También se reducirán los costos de traslado del ganado, se contrarrestará el flagelo del abigeato y se evitará el sacrificio de animales en potreros que no tienen ningún control.
Para la autorización de la planta de autoconsumo se debe demostrar el cumplimiento de los siguientes criterios:
- La planta debe estar ubicada en un municipio de categoría 5 o 6, de acuerdo con la Ley 617 de 2000 o aquella que la modifique o sustituya.
- Que en el municipio donde esté ubicada la planta no se encuentren autorizadas plantas de beneficio animal de categoría nacional.
- Estar incluido en el Plan de Racionalización de Plantas de Beneficio Animal adoptado en el departamento o que figure como no acogido.
Salud pública en riesgo
Sin embargo, frente a esto hay muchas dudas. Así lo dejó entrever el exministro de Agricultura y expresidente ejecutivo de la Federación Nacional de Avicultores (Fenavi), Andrés Valencia.
Por medio de un hilo en X (antes Twitter), Valencia detalló que el decreto tiene varias “perlas” que significan un retroceso en materia de salud pública y podría poner en dificultades los mercados internacionales para la carne colombiana.
En primer lugar, alertó que se relajan los requisitos en materia de inocuidad, pues el cumplimiento del Sistema de Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control (Haccp), que está basado en la prevención de peligros biológicos, y que antes era obligatorio, ahora pasa a ser voluntario.
“Esto es un golpe a la salud pública”, señaló.

Anotó que el decreto también permite el transporte en un mismo vehículo “de alimentos con diferente riesgo para la salud pública”.
Es decir, según el exministro, los vehículos podrán transportar una variedad de alimentos con los riesgos de contaminación cruzada que podría significar.
Apuntó que el decreto, además, prevé que la destrucción de carne decomisada pueda hacerse en las plantas de beneficio. Al respecto, insistió en que esto es otro retroceso en materia de salud pública, pues la carne decomisada, que se incauta porque no es apta para el consumo humano, puede contaminar sus instalaciones.
Condiciones de refrigeración
Remarcó que el decreto también relaja las condiciones de refrigeración de las plantas que autorice el Invima, las cuales tendrán un plazo para la implementación total del sistema de refrigeración de despacho de 12 meses.

Sin embargo, puntualizó que la carne en canal deber ser despachada únicamente al municipio donde queda la planta autorizada.
Andrés Valencia enfatizó que, sin duda, el decreto puede poner en riesgo los mercados de exportación de carne colombiana, y más ahora que se abrió el mercado de China.
Finalizó al decir que los protocolos de admisibilidad sanitaria son sumamente exigentes en materia inocuidad de la carne y este decreto la pone en riesgo.
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