Libreta militar en Colombia: bajará de precio y se facilitará para los mayores de 24 años gracias a ley que firmó el presidente Petro

El nuevo marco legal ofrece mecanismos para que los alumnos puedan cumplir con sus obligaciones militares de manera ajustada

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El presidente Gustavo Petro sancionó
El presidente Gustavo Petro sancionó ley que modificará los parámetros para que los jóvenes colombianos accedan a su libreta militar - crédito Colprensa

El miércoles 29 de noviembre el mandatario de los colombianos, Gustavo Petro Urrego, sancionó la ley 2341 ante el Congreso de la República, con la que se busca que los estudiantes mayores de 24 años en el país y el exterior puedan resolver su situación militar. En la norma se definen los parámetros que deberán cumplir los jóvenes para que puedan acceder a su aplicación.

Este código modifica el proceso para obtener la libreta militar en el país, no solo a las personas mayores de 24 años, sino, también a los estudiantes universitarios que hayan cursado más de cinco semestres.

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Con la ley se introduce una Cuota Única de Compensación Militar -una contribución ciudadana que deberán pagar quienes no ingresen a las filas militares debido a superar la edad máxima de incorporación-. Esta tendrá un valor que no podrá superar los porcentajes del salario mínimo legal mensual vigente (SMLMV), dependiendo de los ingresos económicos del solicitante, estos varían del 5% hasta el 50%. Así están establecidos:

Para las personas sin ingresos mensuales, deben pagar el 5% de un salario mínimo; lo que equivale a $58.000. Para las personas con ingresos mensuales inferiores o iguales a dos salarios mínimos mensuales vigentes, el 15% de un salario mínimo, lo que se traduce a $174.000.

Las personas con ingresos mensuales entre dos y cuatro salarios mínimos mensuales vigentes, el 25% de un salario mínimo, lo que equivale a $290.000, y para las personas con ingresos mensuales superiores a cuatro salarios mínimos mensuales vigentes, el 50% de un salario mínimo, lo que se traduce en $580.000.

Ley 2341 del 24 de noviembre del 2023: por medio de la cual se establecen las disposiciones para resolver la situación militar de los jóvenes mayores de 24 años y de estudiantes universitarios que superen los cinco semestres de carrera:

Página 1 de la ley
Página 1 de la ley 2341 del 24 de noviembre del 2023 - crédito Presidencia de la República / X

Requisitos que debe cumplir

Según la norma difundida es necesario:

  • Contar a la fecha de la solicitud con veinticuatro años o más, o haber cursado más de cinco semestres de carrera universitaria.
  • Realizar la correspondiente solicitud por intermedio de la página web https://www.libretamilitar.mil.co/ o asistir presencialmente a cualquier distrito militar para iniciar el proceso.
  • Pagar la cuota única de compensación militar para mayores de veinticuatro años, tal como se estableció en el artículo 3 de la ley 2341.
  • Contar con la certificación de la universidad donde se demuestra que está cursando una carrera profesional y haber cursado como mínimo cinco semestres académicos.

Algunos parámetros de la norma

Se anuncian cambios en la
Se anuncian cambios en la adquisición de la libreta militar para los jóvenes colombianos mayores de 24 años - crédito Ministerio de Defensa

En caso de estar cursando estudios de educación técnicos o tecnólogos o de educación para el trabajo y el desarrollo humano, incluidos los programas de formación titulada en carreras tecnológicas ofertados por el Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena) o Instituciones de educación superior que estén acreditadas por el Ministerio de Educación, hacen parte de la causal de aplazamiento de la prestación del servicio militar.

Mientras que para quienes residen en el exterior y cumplan con los requisitos pueden hacer la solicitud de manera personal o autorizando a una tercera persona. Seguido a ello, deberán pagar una cuota de compensación que equivale al 50% de un salario mínimo, lo que se traduce a $580.000, esto sin necesidad de demostrar ingresos.

“Los colombianos residentes en otros países, que estén pendientes de regularizar su situación militar, la Organización de Reclutamiento y Movilización en coordinación con la Cancillería, las oficinas consulares, misiones diplomáticas y demás oficinas del Gobierno colombiano en el Exterior, realizarán lo propio para dar a conocer dicho contenido y atender la mencionada población”, dice el texto.

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