Contraloría abrió indagación al Ministerio de Hacienda para determinar consecuencias por pago erróneo de nómina

El ente de control hará una visita especial a la sede de la cartera para determinar la existencia de un daño al erario público

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El pago doble o triple hecho por el Ministerio de Hacienda a funcionarios el 24 de noviembre pudo haber costado $1 billón al país 
 crédito Luisa González/Reuters
El pago doble o triple hecho por el Ministerio de Hacienda a funcionarios el 24 de noviembre pudo haber costado $1 billón al país crédito Luisa González/Reuters

La Contraloría General de la República (CGR) abrió una indagación preliminar al Ministerio de Hacienda por las presuntas irregularidades acaecidas por pagos adicionales de nómina a servidores públicos.

Esto, porque la situación relaciona sucesos desarrollados en la cartera, cuyo titular y alto funcionario del Estado, eventualmente, podría ser llamado como presunto responsable.

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En el auto que informó la situación, el ente decretó como prueba la práctica de visita especial al Ministerio de Hacienda y Crédito Público y a las instalaciones donde desarrolle su objeto, correspondiente al Sistema Integrado de Información Financiera (Siif Nación), con la finalidad de recaudar elementos de conocimiento que permitan esclarecer los hechos denunciados, en los términos del artículo 31 de la Ley 610 de 2000, que establece el trámite de los procesos de responsabilidad fiscal de competencia de las contralorías, en la fecha y hora que señale el despacho con posterioridad, y que tendrá por objeto identificar lo siguiente:

  • Las entidades cuyas nóminas se afectaron con los pagos adicionales.
  • Los servidores públicos y proveedores que recibieron tales erogaciones.
  • El valor individualizado de cada uno de los pagos adicionales.
  • El monto total de lo transferido de modo irregular.
  • En caso de ser necesario, escuchar en declaración juramentada a los funcionarios del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y del Sistema Integrado de Información Financiera -SllF Nación, que tengan conocimiento sobre las circunstancias de tiempo, modo y lugar de los hechos investigados.
“Para efectos de practicar la visita especial acudirá la suscrita delegada y se comisionará a la abogada María Juliana Cortés, profesional universitaria, adscrita a la Unidad de Responsabilidad Fiscal, que estará investida de las facultades de Policía Judicial previstas en el artículo 10 de la Ley 610 de 2000″, precisó la Contraloría.

La misma anotó que las situaciones de hecho relacionadas imponen a la Contraloría General de la República establecer las circunstancias de tiempo y modo en que ocurrieron los sucesos, en aras de determinar la existencia de un daño al erario y establecer la responsabilidad de los servidores públicos y de los particulares que en el ejercicio de la gestión fiscal o con ocasión de esta, hayan causado por acción u omisión y en forma dolosa o gravemente culposa, tal eventual perjuicio al patrimonio del Estado.

Así, en primera línea de investigación, procederá esta delegada a indagar si los hechos denunciados tienen una connotación fiscal, dado que las aseveraciones hechas, hasta ahora, por el ministro de Hacienda y Crédito Público, Ricardo Bonilla, resultan en su mayoría genéricas, sin que se tenga un pronunciamiento oficial que identifique lo siguiente:

  • Las entidades cuyas nóminas se afectaron.
  • Los servidores públicos y proveedores que recibieron tales erogaciones.
  • El valor individualizado de cada uno de los pagos adicionales.
  • Las entidades bancarias.
  • El monto total de lo transferido de modo irregular, entre otros aspectos propios a dilucidar, de cara a concluir en la existencia o no de un perjuicio cierto, concreto, actual y cuantificable contra el erario estatal.

Ahora, en segunda línea investigativa, dado que en la información denunciada públicamente se atribuyen tales pagos adicionales a un error del sistema que administra el Siif Nación, y se relaciona la existencia de supuestas directrices adoptadas por la Dirección General del Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y por el propio ministro para lograr el reintegro efectivo del dinero, se ordenará la identificación de tales medidas de choque, los servidores públicos a las que fueron dirigidas, así como las circunstancias de aplicación concreta en cada caso.

En ese sentido, se deberá determinar y ahondar en elementos de conocimiento que permitan establecer:

  • El momento en que se detectó la irregularidad.
  • los funcionarios a cargo de su monitoreo y manejo.
  • Las medidas de interrupción del pago adoptadas y si estas fueron efectivas o si se continuó el pago.
  • El uso o suspensión actual del sistema que se presume defectuoso.
  • las directrices adoptadas para garantizar que los pagos a futuro, mediato e inmediato, se realizarán correctamente.
  • Identificar cuál es el sistema tecnológico administrador de los pagos de nómina y a proveedores que usó el Siif Nación.
  • Identificar y conocer los contratos a partir de los cuales se adquirió tal sistema.
  • Establecer los test de aprobación que se efectuaron para su funcionamiento, las licencias del programa adquiridas, despliegues del sistema en el Siif Nación, su renovación, actualización, la vigencia, el valor y el administrador tecnológico desde su adquisición hasta la actualidad.

De igual manera, la Contraloría oficiará al Ministerio de Hacienda y Crédito Público y al Siif Nación, para que suministren, dentro del término de cinco días hábiles siguientes a la comunicación de este proveído, información relacionada con lo que siguiente:

  • El momento en que se detectó el pago defectuoso.
  • Los funcionarios a cargo del monitoreo y manejo del sistema de pago.
  • Las medidas de interrupción del pago adoptadas y si estas fueron efectivas o si se continuó el pago.
  • El uso o suspensión actual del sistema que se presume defectuoso.
  • Las directrices adoptadas para garantizar que los pagos a futuro, mediato e inmediato, se realizarán correctamente.
  • Identificar cuál es el sistema tecnológico administrador de los pagos de nómina y a proveedores que usó el Siif- Nación.
  • Identificar y conocer los contratos a partir de los cuales se adquirió tal sistema.
  • Establecer los test de aprobación que se efectuaron para su funcionamiento, las licencias del programa adquiridas, despliegues del sistema en el SIIF- Nación, su renovación, actualización, la vigencia, el valor y el administrador tecnológico desde su adquisición hasta la actualidad.
  • Identificar y conocer las pólizas de protección digital adquiridas por el Ministerio de Hacienda, o similares, entre otros factores que se consideren pertinentes para esclarecer los hechos.
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