JEP acusa al coronel Juan Carlos Figueroa por 38 casos de ‘falsos positivos’

El comandante del Batallón de Artillería No. 2 La Popa habría permitido que miembros de sus tropas cometieran los crímenes, en los que hubo once desaparecidos y nueve torturados

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La Unidad de Investigación y Acusación de la JEP solicitará la máxima pena contra el coronel en retiro Juan Carlos FIgueroa, es que de 20 años de prisión - crédito Álvaro Tavera/Colprensa
La Unidad de Investigación y Acusación de la JEP solicitará la máxima pena contra el coronel en retiro Juan Carlos FIgueroa, es que de 20 años de prisión - crédito Álvaro Tavera/Colprensa

La Jurisdicción Especial para la Paz (PAZ) presentó un nuevo avance en la investigación que adelanta por ejecuciones extrajudiciales en Colombia, mal llamados falsos positivos. Acusó formalmente al coronel en retiro Juan Carlos Figueroa Suárez por 38 casos registrados entre 2004 y 2005, cuando dirigía el Batallón de Artillería No. 2 La Popa, ubicado en Valledupar (Cesar).

De acuerdo con el director de la Unidad de Investigación y Acusación de la JEP (Fiscalía de la Jurisdicción), Giovanni Álvarez Santoyo, los 38 asesinatos ocurrieron en 24 hechos delictivos. Entre ellos, once personas fueron desaparecidas y nueve, torturadas. “La gran mayoría de las víctimas fueron civiles indefensos. Varias de ellas eran personas en condición de vulnerabilidad y debo señalar, además, que uno de ellos presentaba una discapacidad mental”, explicó el director.

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Asimismo, reveló que los miembros del Batallón La Popa traspasaron su jurisdicción y asesinaron a personas de otros departamentos de la costa atlántica. Adicionalmente, el director informó que una de las víctimas de las ejecuciones extrajudiciales fue una menor de edad indígena.

Desde el punto de vista de Álvarez, los uniformados “se salieron del cumplimiento de su deber, que es el que le corresponde a la fuerza pública”, por lo que afirmó que la JEP continuará investigando los hechos de manera seria y rigurosa, en aras de revelar la verdad a toda la comunidad nacional.

En ese sentido, explicó que el coronel Figueroa será llamado a juicio como responsable por mando, es decir, por haber permitido que algunos integrantes del Batallón de Artillería La Popa que comandó cometieran actos criminales contra los derechos humanos y el derecho internacional humanitario en el Cesar y en otros departamentos del país.

Precisó que el coronel no irá a juicio por ordenar la ejecución de estas conductas, sino únicamente por tener pleno conocimiento de los hechos delictivos que sus subordinados estaban cometiendo y no hacer nada al respecto. “No tomó las medidas que debió haber tomado para evitar que eso ocurriera, ni tampoco sancionó a los miembros del Batallón La Popa, que incurrieron en esto”, sostuvo.

Una menor de edad indígena fue una de las víctimas de ejecuciones extrajudiciales cometidas por el Batallón La Popa - crédito Luis Noriega/EFE
Una menor de edad indígena fue una de las víctimas de ejecuciones extrajudiciales cometidas por el Batallón La Popa - crédito Luis Noriega/EFE

A esto se suma que la tropa que estaba bajo su mando tuvo contacto con grupos paramilitares. No obstante, por este hecho particular, del cual hay evidencias, el coronel en retiro no comparecerá. Explicó, además, que no han hallado elementos de juicios suficientes por los que se justificara compulsar copias contra miembros de la Justicia Penal Militar, la Procuraduría General de la Nación o de la Rama Judicial.

Según el director Álvarez, la investigación en contra del coronel en retiro surgió en la JEP, toda vez que no había ningún proceso en su contra que se estuviera adelantando en la justicia ordinaria. Ahora, el paso a seguir es esperar a que los magistrados de la Sección de Ausencia de Reconocimiento citen a audiencia, en la que el procesado podrá aceptar o no su responsabilidad de los hechos.

Cuando el coronel comparezca en juicio, la JEP solicitará que se le aplique la máxima pena de prisión que es de 20 años. Por ahora, Figueroa reside en los Emiratos Árabes y desde allí ha respondido a todos los llamados que ha hecho la Jurisdicción y también se presentó ante el consulado para suscribir el acta de comparecencia a la JEP.

Adicionalmente, no se tiene contemplado emitir una solicitud de orden de captura en su contra porque, justamente, tanto el procesado como su abogado han estado prestos a responder a los llamados de la JEP en todo momento. Así las cosas, se espera que los trámites que siguen a en el caso se adelanten lo más pronto posible.

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