El Ministerio de Defensa, en coordinación con la Dirección Sectorial de Bienestar y Salud y la Dirección de Veteranos y Rehabilitación Inclusiva, otorgó 15 becas en programas de pregrado de la Universidad Militar Nueva Granada a un grupo de beneficiarios por la Ley del Veterano y a algunos de sus colaboradores.
Estos beneficios fueron entregados en el marco de los Convenios Específicos celebrados entre la cartera ministerial y la institución educativa. Previamente, se realizaron distintas convocatorias para el sorteo que otorgaría las becas educativas.
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En total hubo cerca de cien postulaciones de interesados en adquirir uno de los once cupos designados para la población beneficiaria de la Ley del Veterano (viudas y huérfanos de uniformados caídos en cumplimiento del deber), y uno de cuatro cupos para los funcionarios civiles o uniformados de la Unidad de Gestión General del Ministerio de Defensa.
Ahora los ganadores de las becas educativas deberán llevar a cabo el proceso de admisión establecido por la Universidad Nueva Granada, el cual implica una etapa de entrevistas y una posterior revisión de documentos, para que finalmente sean aceptados en los programas que hayan elegido.
La Viceministra de Veteranos y del Grupo Social y Empresarial de la Defensa (GSED), Ana Catalina Cano Londoño, entregó en un acto protocolario las felicitaciones formales a los ganadores de las 15 becas, que iniciarán sus programas académicos para el primer semestre de 2024.
Una de las beneficiarias es María Kamila Chito Chawez, hija del Sargento Segundo Francisco Antonio Chito, fallecido en actos del servicio. Según comentó el Ministerio de Defensa, piensa iniciar sus estudios en Relaciones Internacionales en la Universidad Nueva Granada. “Enorme agradecimiento al Ministerio de Defensa y a la Dirección de Veteranos por hacer realidad este sueño de estudiar la carrera que tanto deseaba”, expresó durante la entrega del beneficio.
¿Qué es la Ley del Veterano?
La Ley 1979 de 2019, conocida como la Ley del Veterano, tiene como propósito rendir homenaje y enaltecer la labor realizada por los miembros de la Fuerza Pública que hayan alcanzado la distinción de Veteranos.
Los oficiales reconocidos como Veteranos son aquellos que alcanzaron la designación de retiro, los pensionados por invalidez y los reservistas de honor. También se incluyen a los que participaron en nombre de Colombia en conflictos internacionales o quienes han sido reconocidos como víctimas por hechos ocurridos en servicio activo o en razón del mismo.
De tal manera que la ley beneficia a todos estos oficiales, así como al núcleo familiar de los uniformados fallecidos o desaparecidos por acción directa del enemigo o en combate o en tareas de mantenimiento o restablecimiento del orden público o en conflicto internacional.
El núcleo familiar está compuesto por el o la cónyuge o compañero permanente y los hijos hasta 25 años de edad. En caso de que el oficial no tenga hijos, se incluirá a sus padres.
Con el certificado de Veterano, que es entregado por Dirección de Bienestar Sectorial y Salud del Ministerio de Defensa, los soldados e infantes de marina profesionales y regulares de las Fuerzas Militares, así como los auxiliares y patrulleros de la Policía Nacional y los pensionados por invalidez originada por acción directa del enemigo o combate, obtienen un aumento en su pensión.
También tienen acceso al Fondo de Fomento de la Educación Superior con recursos del Gobierno Nacional, que otorga créditos educativos condonables a los beneficiarios de la Ley. De igual forma, se les garantiza prioridad para acceder a educación básica, al Sena, y a educación superior en universidades oficiales.
Otro de los beneficios con los que cuentan los Veteranos gracias a la Ley es la prelación para abordar un vuelo de las aerolíneas que operen en el territorio colombiano.