Por medio del artículo 6 de la resolución 0042 de 2020, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) estableció que toda empresa en Colombia responsable de facturar también deberá hacerlo de forma electrónica. Entre los obligados a emitir esta documentación digital se encuentran los responsables del impuesto sobre las ventas (IVA), personas o entidades con calidad de comerciantes, importadores o prestadores de servicios e instituciones educativas, entre otros.
Sin embargo, lastimosamente, muchas empresas pecan al emitir la factura electrónica, bien sea por errores en los datos, demoras o por simple desconocimiento. Ello quedó evidenciado en días recientes, luego de que la Dian cerró 39 negocios durante sus visitas periódicas en Bogotá y anunció, además, el cierre programado de otros 20 comercios en noviembre.
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Para prevenir este tipo de sanción, las empresas pueden elegir un software que les permita expedir facturas electrónicas. Según lo establece la ley, existen tres opciones. Son las siguientes:
- Desarrollar un software propio
- Utilizar el software gratuito de la Dian.
- Utilizar los servicios de un proveedor tecnológico autorizado por la Dian.
Cuando ya ha seleccionado la opción que más le convenga a su empresa, debe habilitarse como facturador electrónico en la página web de la Dian y efectuar pruebas con el software. En dicha etapa debe crear mínimo una factura electrónica a través de esa plataforma, enviarla a la Dian y esperar que la entidad confirme la validez del procedimiento.
Finalmente, para completar el trámite, es indispensable solicitar ante la Dian la numeración de la factura. Este requisito funciona como un sistema de control por parte de la entidad para el seguimiento de las facturas electrónicas que se expidan en el país.
Siigo, uno de los proveedores en la nube avalado por la Dian, sugiere que aunque todas las alternativas mencionadas están autorizadas por la ley vigente, es importante contratar los servicios de una plataforma tecnológica, ya que estas se ajustan a las necesidades de cada empresa, en función del presupuesto y los servicios requeridos (factura electrónica, nómina electrónica, cotizaciones e inventario, por ejemplo).
Asimismo, con estos softwares se garantiza un proceso más ágil y eficiente para que el empresario pueda dedicar más tiempo para idear estrategias que impulsen el crecimiento de su negocio.
Control de Facturación a gastrobares y casinos
Durante el fin de semana del 4 al 6 de noviembre, en 31 ciudades del país, funcionarios de la Dian hicieron visitas a gastrobares y casinos para verificar el cumplimiento en la expedición de la factura.
Estas acciones de control consistieron en verificar que, durante los horarios de atención de los establecimientos, todos los ingresos recibidos se liquidaran con los impuestos correspondientes y se facturaran en su totalidad. Asimismo, se verificó si estos contribuyentes presentaban obligaciones en mora y se entregó la orientación correspondiente para normalizar su situación.
“De los 703 establecimientos visitados, en 185 se encontraron irregularidades en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias (con base el artículo 653 del Estatuto Tributario), por lo que se les aplicará pliego de cargos para adelantar su cierre. De la misma manera, en 59 casos se reportaron obligaciones de mora con la Dian”, precisó la entidad tributaria.
En los próximos días se procederá al cumplimiento de los cierres de estos establecimientos y las acciones de cobro correspondientes.
Las visitas fueron hechas por 824 funcionarios de las direcciones seccionales, y dirigidas por las direcciones de gestión de Impuestos, Fiscalización y la Dirección Operativa de Grandes Contribuyentes.
“Con esta jornada, ya van 45.871 visitas de facturación efectuadas a lo largo del año. El mensaje para los contribuyentes es que facturen correctamente y entreguen la factura sin dilaciones para evitar procesos más costosos tanto para ellos como para la administración tributaria”, informó la misma.
La Dian volvió a invitar a la ciudadanía a exigir siempre la factura. Es importante recordar que, para recibir la factura electrónica, el comprador solo debe entregarle tres datos al establecimiento que la expide: nombre o razón social, número de cédula o NIT y correo electrónico para hacer el envío del documento.