Fenalco prendió las alarmas por proyecto de ley que subiría el impuesto predial hasta un 350%

El ministro de Hacienda, Ricardo Bonilla, defendió la iniciativa diciendo que definir los límites máximos para el incremento del predial, es “un alivio a los contribuyentes cuando los municipios le liquiden el impuesto predial”

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La propuesta del Gobierno es subir el avalúo catastral a todos los inmuebles del país entre el 50% y el 350% crédito cortesía/Fenalco

El presidente de la Federación Nacional de Comerciantes (Fenalco), Jaime Alberto Cabal, advirtió cómo se podría ver afectado el bolsillo de los colombianos con el proyecto de ley —radicado por el Ministerio de Hacienda y el Ministerio de Agricultura el 8 de noviembre en el Congreso—, que busca modificar los límites de incremento del impuesto predial unificado (IPU) en Colombia, es decir, definir cuál es el tope para el aumento en el impuesto.

“Desde Fenalco expresamos la preocupación, la gran preocupación, por el proyecto de ley que ha radicado el Gobierno nacional en cabeza del ministro de Hacienda y la ministra de Agricultura para subir el impuesto predial de los colombianos entre un 50% y un 350%, en caso de que prospere este proyecto”, dijo Cabal

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El líder gremial también señaló que este impuesto, además de afectar el derecho a tener una vivienda digna, podría afectar a los pensionados y a las familias a las que sus viviendas nos les generan ingresos y los podría obligar a venderlas.

”El proyecto afecta el derecho a la vivienda digna al gravar, excesivamente, la aspiración de tener techo propio. Además, segmentos como el de los pensionados, que viven de unos ingresos de subsistencia, y familias que viven en inmuebles propios, que no les generan ingresos, se verían obligados a vender sus propiedades porque no podrían pagar el predial incrementado en forma exponencial”

Y señaló que, de darse los incrementos, según los topes que fija el proyecto de ley, este impuesto también afectará el desarrollo del comercio y advirtió que sería abrir “el camino para un impuesto confiscatorio que terminaría en expropiación”.

“Rechazamos enérgicamente este proyecto de ley que, de prosperar, va a gravar enormemente a los colombianos, que ya no aguantamos más impuestos”

Ministro de Hacienda defendió el proyecto

El ministro Ricardo Bonilla explicó que, contrario a lo que han advertido desde varios sectores, el proyecto de ley no subirá de tajo el predial, sino que determina los límites para los incrementos - crédito Ministerio de Hacienda

El ministro de Hacienda, Ricardo Bonilla, defendió la iniciativa exponiendo las ventajas que tendría el definir los límites máximos para el incremento del predial, diciendo que es “un alivio a los contribuyentes cuando los municipios le liquiden el impuesto predial”. Esto, pues los municipios están haciendo la actualización de los avalúos catastrales y lo que se busca es limitar el incremento en el predial.

“La nación y los distintos catastros del país están haciendo una actualización del avalúo catastral, pero no se están identificando los impactos que se tienen automáticamente sobre el impuesto, porque el decreto que está vigente, que es de 2019, solamente genera un alivio a los predios que tienen un avalúo inferior a 135 salarios mínimos, y ese alivio lo que dice es que si se le actualiza el avalúo catastral, el municipio no le podrá cobrar más allá del 100% de lo que pagó el año inmediatamente anterior. Ese decreto no dice nada de los predios que tienen avalúos superiores, lo que significa es que si a usted le aumentaron el avalúo catastral en el 1.000%, el impuesto predial podría subir hasta el 1.000%”

También dijo que el proyecto tiene los avalúos más claros y permite que todos los concejos municipales y las alcaldías organicen el pago del impuesto predial una vez entre en vigencia el avalúo catastral.

¿Cómo son los incrementos, según el proyecto de ley?

El proyecto, que busca modificar el artículo 6 de la Ley 44 de 1990, advierte que los incrementos máximos del IPU, de convertirse en ley de la República, quedarán fijados así:

Hasta el 50% el monto liquidado por el mismo concepto el año inmediatamente anterior para los predios urbanos, tanto para uso habitacional y comercial, que tengan un avalúo catastral mayor o igual a 135 salarios mínimos mensuales legales vigentes (smmlv), es decir, unos $156.600.000; hasta un 100% para los predios urbanos con avalúo entre 135 y 250 smmlv, unos $290.000.000; hasta el 150% para los predios urbanos con avalúo entre 250 y 350 smmlv, unos $406.000.000; hasta el 200% para predios urbanos y rurales con avalúos entre 350 y 500 smmlv, unos $580.000.000. Finalmente, advierte un aumento máximo del 350% del IPU para predios que superen los $580.000.000.

El presidente de Fenalco puso como ejemplo que, de aprobarse el proyecto de ley, una persona dueña de un inmueble avaluado en $400.000.000 pasará de pagar $1.900.000 de impuesto predial a $3.400.000 o que una persona con un predio de $200.000.000 pasará, de pagar $800.000 de impuesto a cancelar, más o menos, $1.200.000.

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