Venezolanos podrán trabajar en empresas de seguridad y vigilancia con el Permiso por Protección Temporal

La Procuraduría General de la Nación será la encargada de hacer vigilancia del proceso y constatar que se incluya el PPT en el aplicativo de Acreditación de Personal

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Según datos de Migración Colombia, la entidad ha entregado el Permiso de Protección Temporal al 72,06% de los 2.478.907 venezolanos que lo ha solicitado, con corte a agosto de 2023 - crédito Luisa Gonzalez/Reuters
Según datos de Migración Colombia, la entidad ha entregado el Permiso de Protección Temporal al 72,06% de los 2.478.907 venezolanos que lo ha solicitado, con corte a agosto de 2023 - crédito Luisa Gonzalez/Reuters

Desde ahora la población migrante venezolana podrá trabajar en el sector de vigilancia y seguridad con el Permiso por Protección Temporal (PPT). Así lo estableció la Corte Constitucional, luego de ordenar a la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada incluir dicho permiso para identificar a aquellos migrantes que se encuentran en búsqueda de trabajo.

Para ello, la entidad deberá actualizar el aplicativo de Acreditación de Personal Operativo (APO) y así eliminar de esa herramienta la restricción consistente en no admitir el PPT como documento de identificación.

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Por solicitud de la Corte, la Procuraduría General de la Nación será la encargada de hacer vigilancia del proceso y constatar la realización de los cambios en el aplicativo.

La determinación del alto tribunal obedece a la revisión de una tutela formulada por una mujer, de nacionalidad venezolana, quien solicitó a la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada que se le explicara el motivo por el cual el aplicativo no había sido actualizado para que le permitiera realizar su registro en la plataforma con el Permiso por Protección Temporal como documento de identificación.

El mencionado aplicativo APO fue creado con el fin de facilitar los trámites de acreditación del personal de vigilancia y seguridad privada. En el caso que llegó a revisión de la Corte Constitucional, la accionante alegó que el registro del PPT como documento de identidad es requisito para acceder al mercado laboral en esa área.

No obstante, la entidad estatal se negó a realizar la correspondiente actualización y, en consecuencia, la afectada presentó una acción de tutela para la protección del derecho al trabajo.

En primera instancia, un juzgado de Arauca amparó el derecho invocado y ordenó a la entidad la puesta en marcha de un mecanismo “alterno” al aplicativo para que la accionante pudiera presentar la solicitud de acreditación personal. La Superintendencia impugnó la decisión y, en segunda instancia, se revocó el fallo.

El caso lo conoció la Sala Segunda de Revisión y, con ponencia del magistrado Juan Carlos Cortés González, se determinó que la mujer presentó como documento de identificación su pasaporte y, en consecuencia, se pudo efectuar el registro. Pero, además, la Sala consideró pertinente emitir pronunciamiento de fondo para que se evite la vulneración del derecho al trabajo por las mismas circunstancias.

Para la Sala, la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada vulneró el derecho al trabajo de la accionante, toda vez que no actualizó el aplicativo para que una empresa de seguridad privada pudiera solicitar el registro de la accionante con el PPT como documento de identificación.

“La Sala constata que la omisión de la accionada, relacionada con la actualización del aplicativo para que acepte el PPT como documento de identidad, contraría la normatividad laboral y migratoria colombiana”, se lee en el fallo de tutela.

Además, enfatizó en que el suministro de un correo electrónico como medida alternativa no cumple la función de una base de datos y no garantiza el tratamiento adecuado de información sensible.

De esta manera, pese a que el empleador de la tutelante logró realizar el referido registro, la restricción frente al PPT persiste, lo cual es contrario al componente de accesibilidad del derecho fundamental al trabajo y a las normas aplicables a los migrantes en Colombia.

Según datos de Migración Colombia, la entidad ha entregado el PPT al 72,06% de los 2.478.907 venezolanos que lo ha solicitado, con corte a agosto de 2023.

Así puede descargar el certificado de Permiso por Protección Temporal

1. Ingrese a este enlace: https://apps.migracioncolombia.gov.co:8443/migracion-ppt/

2. Una vez allí, lea con detenimiento el mensaje del sistema e ingrese los siguientes datos personales:

  • Número RUMV.
  • Número de documento de identidad.
  • Fecha de nacimiento.

Luego, haga clic en el botón “Consultar”.

3. El sistema mostrará los datos personales de la solicitud, además del botón “Certificación IMPRIMA AQUÍ”.

4. El sistema generará automáticamente el certificado PDF, el cual podrá descargar o imprimirlo inmediatamente.

¿Para qué sirve esta certificación?

  1. Para acreditar que se está realizando el proceso para obtener el PPT (Permiso por Protección Temporal).
  2. Para acceder a la oferta de servicios del Estado colombiano y las instituciones particulares.
  3. Para permanecer, transportarte, ingresar y salir del territorio colombiano.
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