El senador Humberto de la Calle podrá mantener su curul por decisión de la sección quinta del Consejo de Estado. Según informó en primicia Caracol Radio, el alto tribunal investigó varias demandas por presunta doble militancia, en la que se solicitaba anular su puesto en el Senado.
En una de ellas, al parecer, el argumento del demandante se basó en el apoyo que brindó Humberto de la Calle al excandidato presidencial Sergio Fajardo, de la Coalición Verde Esperanza. No obstante, luego de la investigación, el Consejo de Estado concluyó que el senador puede mantener su curul porque sus apoyos fueron públicos luego de que se llevaran a cabo las elecciones del Congreso de la República; es decir, que dio a conocer su respaldo cuando ya era senador.
Ahora puede seguirnos en WhatsApp Channel y en Google News.
Según la Ley 1475 de 2011, no está permitido que ningún ciudadano pertenezca a dos o más colectividades, partidos políticos o movimientos de manera simultánea. Además, aquellos que aspiren a cargos de elección popular no pueden apoyar candidatos de otros partidos.
“Quienes se desempeñen en cargos de dirección, gobierno, administración o control, dentro de los partidos y movimientos políticos, o hayan sido o aspiren ser elegidos en cargos o corporaciones de elección popular, no podrán apoyar candidatos distintos a los inscritos por el partido o movimiento político al cual se encuentren afiliados. Los candidatos que resulten electos, siempre que fueren inscritos por uno mientras ostenten la investidura o cargo, y si deciden presentarse a la siguiente elección por un partido o movimiento político distinto, deberán renunciar a la curul al menos doce (12) meses antes del primer día de inscripciones”, precisa la normativa.
En ese sentido, el Consejo de Estado evaluó la temporalidad en la que fueron públicos los apoyos de Humberto de la Calle a Sergio Fajardo, para determinar si incurrió en doble militancia. “Fue inscrito por la coalición Alianza Verde-Centro Esperanza el día 13 de diciembre de 2021, las elecciones a congreso fueron el 13 de marzo de 2022, luego, los apoyos que se le podrían endilgar al señor Humberto De la Calle tendrían que haberse producido en ese periodo”, detalló el Consejo de Estado en un documento conocido por le medio citado.
El alto tribunal identificó que diferentes publicaciones en X (antes Twitter) en los que el senador dio a conocer su respaldo a Sergio Fajardo para las elecciones presidenciales del 29 de mayo de 2022, tienen una fecha posterior a las elecciones para el Congreso de la República. Además, diferentes actos públicos en los que se le vio apoyando al excandidato también corresponden a una temporalidad posterior que, además, está sustentada en diversos artículos periodísticos que fueron publicados en ese entonces.
Otra demanda que llegó a manos del tribunal en contra del senador argumentaba que de la Calle no podía continuar ejerciendo sus funciones como congresista porque había sido expulsado por el partido Verde Oxígeno, en cabeza de Íngrid Betancourt, que fue la colectividad que le dio el aval para hacer parte del Senado.
Una tercera demanda, cuyos alegatos son similares, señaló que, incluso, cuando Humberto de la Calle quedó como senador electo, ya no hacía parte del partido político. Por esta razón, no debió haber tomado la curul que ganó, pues para el momento del inicio de sus funciones, ya no contaba con el respaldo de la colectividad que en un inicio le dio el aval.
En respuesta a estas demandas, el tribunal alegó que, luego de que el senador fuera expulsado del partido Verde Oxígeno, no fue incluido en ninguna otra colectividad con la que se pudiera justificar la doble militancia.