Reforma a la salud del Gobierno Petro: esto fue lo que se alcanzó a aprobar antes de suspenderse el segundo debate

De los 73 artículos que quedaron pendientes por votar el 10 de octubre de 2023, se aprobaron 10 artículos el 7 de noviembre

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Durante la sesión se aprobaron 10 artículos. En Infobae Colombia le presentamos un resumen del segundo debate, que se reanudará, a menos que algo extraordinario ocurra, el 8 de noviembre a las 10:00 a. m. - crédito Presidencia de la República
Durante la sesión se aprobaron 10 artículos. En Infobae Colombia le presentamos un resumen del segundo debate, que se reanudará, a menos que algo extraordinario ocurra, el 8 de noviembre a las 10:00 a. m. - crédito Presidencia de la República

El segundo debate de la reforma a la salud avanza lentamente en la Cámara de Representantes. Casi un mes después de que se aprobara casi la mitad del articulado, el 7 de noviembre, luego de un intento por volver a aplazarlo, la plenaria rechazó la proposición y se dispuso a debatir y votar el resto del articulado. Sin embargo, la sesión, que se declaró permanente inicialmente, fue suspendida sobre las 7:38 p. m., luego de que el Centro Democrático y Cambio Radical se salieran, rompieran así el cuórum. Esto provocó un agarrón entre dos representantes, pero esa es otra historia.

Durante la sesión se aprobaron 10 artículos. En Infobae Colombia presentamos un resumen del segundo debate, que se reanudará, a menos que algo extraordinario ocurra, el 8 de noviembre a las 10:00 a. m.

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Luego de rechazarse la proposición de aplazamiento y de que varios representantes hicieran mociones de orden y radicaran constancias, inició el debate propiamente y se empezó a votar el articulado que, pese a la petición de la representante del Partido Alianza Verde, Cathy Juvinao, se siguió votando por bloques.

El debate y la votación comenzó con un recuento de lo último que se aprobó el 10 de octubre de 2023, que se suspendió cuando se iba a votar el bloque de artículos 97, 99, 101 y 102, con proposiciones avaladas y el artículo 100 de la ponencia. También recordó el secretario de la Cámara que ya están aprobados 70 artículos de los 143 que conforman el proyecto de reforma a la salud.

Estos artículos del primer bloque, que fueron aprobados con 80 votos a favor y 57 en contra, hacen referencia a la creación de una nueva política farmacéutica y de innovación tecnológica en salud.

El artículo 97, que tuvo luz verde con proposición avalada, contempla la gestión de las tecnologías aplicables en salud, que estará a cargo del Instituto Nacional de Evaluación e Innovación en Salud mediante la creación de un comité asesor técnico, que deberá orientar la implementación, seguimiento y evaluación de estas tecnologías, y recomendar al Ministerio de Salud las acciones a desarrollar en gestión de estas desde su investigación, desarrollo, regulación e inversión.

Sobre el artículo 99, que tiene que ver con el sistema de monitoreo de abastecimiento oportuno de tecnologías en salud, contempla que los integrantes de la cadena de suministros de tecnologías en salud serán considerados agentes del sistema y deberán suministrar la información necesaria para hacer seguimiento y garantizar el abastecimiento de estas. También contempla sanciones.

El artículo 101 se refiere a los trámites de expedición, renovación o modificación de registros sanitarios, permisos, notificaciones o autorizaciones sanitarias, así como la expedición de certificados y licencias que se realicen en otro idioma. Estos trámites deberán ser aceptados por el Invima, siempre y cuando en el dossier de la solicitud, el interesado indique el sitio web de la entidad sanitaria que lo emite, la cual deberá ser una entidad oficial, y el Invima confirmará su autenticidad. También se permite que el Invima acepte la traducción simple al castellano bajo la responsabilidad del solicitante.

En el artículo 102 se concederán alivios de intereses por sanciones impuestas por el Invima a las personas que, al 30 de septiembre de 2023, tengan deudas. Estos alivios financieros se aplicarán de la siguiente manera: el 100% de los intereses cuando se realice el pago de las obligaciones o se suscriba un acuerdo de pagos dentro de los tres meses siguientes a la entrada en vigor de la ley. El 75% cuando esto se realice en los seis meses siguientes, el 50% dentro de los nueve meses siguientes y el 25% dentro de los 12 meses siguientes a la entrada en vigencia de la ley.

La representante Catherine Juvinao, en X (antes Twitter), denunció que la presidencia de la Cámara abrió y suspendió la votación “de forma arbitraria” y que, luego de que ministros y funcionarios del Gobierno nacional hablaran con los congresistas, estos votaban a favor el bloque de artículos. El representante Andrés Forero insistió en preguntar si el Ministerio de Hacienda ya radicó el aval fiscal del proyecto de reforma y anunció que presentará demandas por vicios de trámite.

Después se votó el bloque de artículos 38, 40, 41, 42, 44, 45, 46 y 47, relacionados con las Instituciones de Salud, presupuestos, régimen de contratación y gestión, así como órganos de dirección y administración de las ISE, Régimen Laboral de las ISE, derechos de permanencia de los servidores y la entidad de Salud del Estado Itinerante. Luego de que la representante Juvinao reparara en que había pedido que tres de estos artículos fueran excluidos en la votación por bloque, estos se retiraron y se empezaron a leer las proposiciones de los artículos 40, 41, 44, 45 y 46.

El ministro del Interior, Luis Fernando Velasco, intervino en la plenaria para referirse al régimen de contratación, advirtiendo que el Gobierno no quiere cambiar el sistema de contratación, “porque también quitarle, a la salud, que necesita muchas veces unas contrataciones de urgencia, una agilidad para la contratación sería peligroso. Lo que podría pensarse, y lo he hablado con el señor ministro y viceministro de Salud, es un esquema para que sea la propia Nación la que entregue una especie de manual de criterios de definición de la contratación”.

Este manual deberá advertir, dijo el ministro Velasco, “cuándo se puede hacer privada y cuándo debe ser pública, porque bajo el esquema, de solo contratación privada, los recursos que los colombianos que van a poner en la salud, pueden estar en riesgo, de manera que acogemos la observación y con el Ministerio de Salud prepararemos una proposición que complemente las observaciones que ustedes han hecho”.

Después de procedió a votar los artículos 40, 41, 44, 45 y 46, que fueron aprobados por 83 votos a favor, frente a 15 en contra.

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