Ministerio de Ciencia explicó por qué suspendió pago de prima de méritos: “Es inconstitucional”

El Consejo de Estado emitió un concepto, por petición hecha días antes de acabar el gobierno de Iván Duque, en el que advertía que desde 1972, la Corte Suprema de Justicia eliminó este tipo de beneficios y primas del ordenamiento jurídico colombiano

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El sindicato del Ministerio de Ciencias aseguró que la suspensión del pago de esta prima es una represalia por una carta que enviaron al presidente Petro sobre la gestión de la ministra Yesenia Olaya - crédito Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación
El sindicato del Ministerio de Ciencias aseguró que la suspensión del pago de esta prima es una represalia por una carta que enviaron al presidente Petro sobre la gestión de la ministra Yesenia Olaya - crédito Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación

El sindicato del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación denunció que a 23 funcionarios, que pertenecen a la entidad desde los tiempos de Colciencias, se les dejará de pagar una prima de méritos que se estableció en 1970, como represalia a una carta que se envió al presidente Gustavo Petro sobre la gestión de la ministra Yesenia Olaya.

Desde el ministerio aseguran que, según un concepto del Consejo de Estado, solicitado en los últimos días del gobierno de Iván Duque (el 5 de agosto de 2022), esta prima no tiene fundamento constitucional ni legal y que esta fue la razón para suspenderla. Este concepto advierte la inviabilidad de seguir entregando esta prima a los funcionarios del ministerio que hacían parte del fondo Francisco José de Caldas.

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Andrea Carolina Álvarez, jefa de la oficina jurídica del Ministerio de Ciencia, explicó en Noticias Caracol el por qué se suspendió el pago de la prima:

“Empezamos a mirar cualquier alternativa para poderles colaborar a esas 23 personas. Colocamos en nuestra página de transparencia, del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, un decreto, un proyecto de decreto e intentamos realizar todas las gestiones para que ese decreto pudiera darle continuidad a esas personas. Pero, jurídicamente es un poco difícil, porque la Ley Cuarta nos dice, mire, no genera derechos adquiridos porque es algo que está bajo una base inconstitucional y no legal. Entonces no se pudo llevar a cabo ese decreto, por más intenciones que tuvimos”

¿Qué dice el concepto del Consejo de Estado?

El 3 de marzo de 2023, la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado expidió su concepto advirtiendo que, por carecer de fundamento constitucional y legal, “no existe un derecho adquirido sobre la prima de méritos”, toda vez que la Corte Suprema de Justicia, en 1972, desapareció este tipo de beneficios del ordenamiento jurídico, por lo que no es posible ni su pago ni su reajuste.

“La prima de méritos carece de fundamento constitucional y legal, por lo que dicho beneficio no podía ser objeto de reconocimiento. Asimismo, a partir de la sentencia de la Corte Suprema de Justicia del 13 de diciembre de 1972, el mencionado beneficio desapareció del ordenamiento jurídico colombiano. En línea con lo anterior, no existe un derecho adquirido sobre la prima de méritos. No es procedente expedir reglamentación alguna, en relación con esta prima, con miras a establecer su reajuste, pues, como ya se dijo, este beneficio no tiene fundamento legal en la actualidad, por lo que no sería posible efectuar su reconocimiento ni su reajuste”

Ministerio pidió otro concepto

Como el concepto del Consejo de Estado tuvo reserva legal hasta septiembre de 2023, el ministerio elevó una consulta a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, que el 29 de marzo de 2023 advirtió que, conforme lo establecido en el artículo 61 del Decreto 473 de 2022, le corresponde al Departamento Administrativo de la Función Pública conceptuar en materia de salarios y prestaciones de los empleados públicos, por lo que le remitió la solicitud.

La respuesta llegó el 2 de mayo y en esta se señaló que, si bien no era procedente para la Dirección Jurídica realizar pronunciamiento alguno en esta materia, se debía acatar el concepto proferido por el Consejo de Estado y sugirió valorar las acciones que se podían tomar. En consecuencia, el Ministerio de Ciencia estudió la expedición de un decreto, que bajo la Ley 4 de 1992, reglamentara el reconocimiento de la prima de méritos a 23 servidores que actualmente la devengan. Decreto que no prosperó.

Finalmente, según información de Noticias Caracol, el Ministerio de Ciencia seguirá pagando este beneficio a los 23 funcionarios hasta que termine todo el proceso legal para notificarlos de que, en efecto, la prima de méritos no va más.

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