Gobierno tiene listo el decreto que reglamenta gratuidad en las universidad públicas: costará $17 billones

El presidente Gustavo Petro debería estar firmando la normativa a mediados de noviembre, luego de haber sancionado la ley el 31 de julio de 2023

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El 31 de julio de 2023 el presidente Petro sancionó la ley de gratuidad en la educación superior pública en Colombia, el decreto para reglamentarla estaría listo - crédito Mauricio Alvarado/Colprensa
El 31 de julio de 2023 el presidente Petro sancionó la ley de gratuidad en la educación superior pública en Colombia, el decreto para reglamentarla estaría listo - crédito Mauricio Alvarado/Colprensa

El Gobierno de Gustavo Petro tendría listo el decreto con el que se reglamenta la ley de gratuidad en la educación superior pública en el país, que sancionó el presidente el 31 de julio de 2023, y delimita los requisitos para que la ciudadanía pueda acceder a este beneficio. Se espera que el decreto sea firmado a mediados de noviembre y que la puesta en marcha de la ley le cueste a la nación $17 billones durante los próximos 10 años.

Esta proyección en el gasto público se hizo con base en el documento Conpes 4040 de 2021. También se supo, según información de Blu Radio, que los recursos para 2024 están garantizados, pero que, para las siguientes vigencias, deberá incluirse esta partida en el presupuesto general de la nación.

“Para 2024, los recursos necesarios para la financiación de la matrícula de los potenciales beneficiarios, ya se encuentran incluidos en el proyecto de la Ley de Presupuesto General de la Nación aprobado en el Congreso de la República. Para las vigencias posteriores se realizarán las apropiaciones anuales correspondientes en las respectivas leyes de presupuesto”.

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Hay que advertir que lo que cubre el programa de gratuidad es el valor de la “matrícula ordinaria neta”, excluyéndose el “pago de derechos pecuniarios por cursos intersemestrales, derechos de grado, cobros complementarios, extraordinarios, extemporáneos, administrativos ni ningún otro derecho pecuniario”. También hay que aclarar que, si una persona está cursando más de un programa de pregrado al mismo tiempo, solo se recibirá el pago de la matrícula para uno de estos.

Se supo, además, que se creará una junta administradora de la política de gratuidad para analizar los casos y el cumplimiento de los requisitos para acceder al beneficio y que el Ministerio de Educación será el encargado de definir los criterios de priorización y adjudicación del beneficio.

En el decreto, según la publicación de Blu Radio, se lee que “anualmente, desde el Presupuesto General de la Nación, deberán ser dispuestos los recursos necesarios para garantizar el pago del valor de la matrícula de los/las estudiantes de las familias más vulnerables que cursen programas de pregrado en las instituciones de educación superior públicas”.

Para 2024 se han presupuestado $2,2 billones, que según los fragmentos del decreto publicados en Blu Radio, provendrán del proyecto de inversión denominado “Apoyo para fomentar el acceso con calidad a la educación superior a través de incentivos a la demanda en Colombia Nacional”. También se advierte, que en el caso de los jóvenes beneficiarios del programa Generación E, que accedieron al beneficio entre 2019 y 2022, “ya fueron aprobadas las vigencias futuras que garantizan los recursos para la financiación de su matrícula hasta la graduación a través de los documentos Conpes 4013 de 2020 y 4055 de 2021″.

¿Quiénes pueden acceder al beneficio?

En la Ley 2307 del 31 de julio del 2023, que establece la gratuidad en el acceso a la educación superior pública en Colombia, los beneficiarios de esta política del Gobierno serán de poblaciones en condiciones de vulnerabilidad, “de acuerdo con lo focalización socioeconómica Sisbén lV, o el instrumento que hago sus veces, definido por el Departamento Nocional de Planeación, víctimas del conflicto armado, los que pertenezcan o las comunidades étnicas: indígenas, ROM, raizales, afrodescendientes y palenqueras, así como a quienes pertenezcan a población con discapacidad, madres cabeza de familia y jóvenes graduados como bachilleres de colegios oficiales ubicados en las zonas rurales del país”.

La ley también determina que el Ministerio de Educación Nacional debe desarrollar programas intersectoriales que permitan “asignar apoyos para el sostenimiento de los estudiantes colombianos matriculados en programas de pregrado de las instituciones de educación superior públicas”, de manera progresiva y teniendo en cuenta la disponibilidad presupuestal anual.

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