Así puede pensionarse en Colombia sin haber alcanzado el ahorro suficiente

El Gobierno nacional divulgó que hay una manera de recibir la pensión con un salario mínimo mensual vigente sin haber cotizado las 1.300 semanas

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El Fondo de Garantía de Pensión Mínima fue diseñado para los afiliados a fondos privados que no cuenten con el capital suficiente para financiar una pensión de un salario mínimo - crédito accounter.co / portal web
El Fondo de Garantía de Pensión Mínima fue diseñado para los afiliados a fondos privados que no cuenten con el capital suficiente para financiar una pensión de un salario mínimo - crédito accounter.co / portal web

El derecho a la pensión en Colombia varía según el tipo de régimen al que esté afiliado el empleado, el tiempo laborado y la edad establecida. Para que un ciudadano pueda acceder a la pensión deberá haber cotizado, como mínimo, 1.300 semanas – aproximadamente 26 años de labor– según el Ingreso Base de Liquidación.

La pensión de vejez en el país consiste en un apoyo financiero dirigido a ciudadanos que han llegado a la edad de retiro y cumplen con el requisito de haber contribuido durante un período específico al sistema de seguridad social.

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El Sistema General de Pensiones de Colombia se creó con la Ley 100 de 1993, y en este se encuentran vinculados el Régimen Solidario de Prima Media, el cual es manejado por Colpensiones y el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad.

Requisitos para recibir la pensión en Colombia

  1. Para el caso de los hombres, necesitan cumplir 62 años y sumar 1.300 semanas de cotización.
  2. En el caso de las mujeres, deben tener 57 años y haber cotizado también 1.3000 semanas.

Alcanzar este número de semanas es todo un reto para muchos colombianos, por eso, el Gobierno nacional creó una manera de recibir la pensión de un salario mínimo mensual vigente sin tener el capital suficiente.

El Fondo de Garantía de Pensión Mínima (FGPM) que fue diseñado para los afiliados a fondos privados que no cuenten con el capital suficiente para financiar una pensión de un salario mínimo, puedan pensionarse y recibir el dinero mensualmente.

Según las cifras de Asofondos, en el último año el Fondo de Garantía de Pensión Mínima reunió $23,5 billones, monto que fue destinado para el pago de la mesada de las personas que no cumplen con el dinero para recibir el subsidio.

María Lorena Botero, gerente de Beneficios Pensionales de la AFP Porvenir, comentó en entrevista con Portafolio: “El Fondo de Garantía de Pensión Mínima ha permitido que muchos colombianos puedan tener una vejez asegurada y esto, al final del día, es reducir el número de adultos mayores desprotegidos”.

¿Cuáles son los requisitos para recibir a la pensión de salario mínimo a través del Fondo de Garantía de Pensión Mínima?

  1. Estar afiliado a un Fondo Privado de pensiones.
  2. Tener cotizada como mínimo 1.150 semanas, lo que equivale a 23 años de aportes.
  3. Contar con la edad de pensión estipulada en la ley colombiana.

¿Cómo saber cuántas semanas tiene cotizadas para la pensión?

Para que un ciudadano pueda acceder a la pensión deberá haber cotizado como mínimo 1.300 semanas en Colombia - crédito Freepik.
Para que un ciudadano pueda acceder a la pensión deberá haber cotizado como mínimo 1.300 semanas en Colombia - crédito Freepik.
  • Ingresar a la página oficial del Registro Único de Afiliados.
  • Ingresar al botón de “Consulta ciudadano” y luego seleccionar la pestaña de “Reporte detallado”.
  • Aceptar las políticas y términos de uso.
  • Ingresar sus datos personales.
  • La plataforma le arrojará los datos detallados de su interés pensional para así poder saber cuántas semanas tiene cotizadas para acceder al derecho pensional.

¿Cómo se liquida la pensión si excedió las 1.300 semanas cotizadas?

El monto máximo de la pensión de vejez es del 80%, sin considerar el número de semanas cotizadas - crédito Archivo
El monto máximo de la pensión de vejez es del 80%, sin considerar el número de semanas cotizadas - crédito Archivo

La Corte Suprema explicó cómo se debe liquidar la pensión si el usuario tiene más semanas cotizadas de las estipuladas. Tenga en cuenta que el monto máximo de la pensión de vejez es del 80%, sin considerar el número de semanas cotizadas, y que ese IBL no se puede superar, pero, en caso de hacerlo, no significará un aumento en la mesada pensional al momento de recibirla de acuerdo con la sentencia SU273/22.

“Las cotizaciones efectuadas a partir del porcentaje máximo del 80% no se computan, ni procede su devolución, en virtud del principio de solidaridad expresado en ese tope porcentual, sobre el límite de salarios mínimos a los que puede llegar el monto de la prestación pensional (25 salarios mínimos legales mensuales vigentes) otorgados por el sistema general de pensiones”, menciona la Corte.

La norma constituida por el Ministerio del Trabajo ordena un incremento del 1.5% por cada 50 semanas adicionales a las cotizadas, por lo que deberán generar un pequeño aumento en la mesada pensional del demandante.

Tomando como base un caso en el que un trabajador cotizó 2.000 semanas, (700 más que las estipuladas por la norma pensional) tendrá un aumento del 21% en su ingreso base de liquidación. Lo que representa que si su mesada fue calculada sobre los $2.000.000, con sus semanas adicionales recibirá $2.420.000.

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