Rodolfo Hernández y Tulio Gómez recibieron miles de votos a pesar de estar inhabilitados: qué pasará con ellos

El ingeniero y excandidato presidencial y el máximo accionista del América son dos de los cientos de candidatos que, a pesar de haber sido inhabilitados por el Consejo Nacional Electoral, aparecieron en los tarjetones. Qué pasa con esos votos

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Ambos candidatos inhabilitados recibieron miles de votos - créditos Infobae
Ambos candidatos inhabilitados recibieron miles de votos - créditos Infobae

Finalizó la jornada de elecciones regionales, y los departamentos y municipios ya definieron los próximos alcaldes, gobernadores, diputados, concejales y ediles.

Entre los resultados que llama la atención es el de las elecciones para gobernador en el departamento de Santander, donde triunfó Juvenal Díaz Mateus con 405.431 votos a favor.

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Lo particular no fue la victoria de Díaz Mateus, sino el candidato que ocupó el cuarto lugar en intención de voto. Se trata del excandidato presidencial Rodolfo Hernández, que por una decisión de la Sala Plena del Consejo Nacional Electoral su candidatura fue revocada.

Hernández, que ya había sido alcalde de Bucaramanga, tiene en vigencia una inhabilidad y sanción de la Procuraduría. Sin embargo, obtuvo en el conteo un total de 127.772 votos, lo que equivale a que ‘el ingeniero’ obtuvo en total el 12,35% de la intención de votos de los santandereanos.

Apoyo desmedido al máximo accionista de un equipo caleño

Aunque esta situación no fue exclusiva de Santander. En el Valle del Cauca Tulio Gómez, uno de los mayores accionistas del equipo de fútbol América, aspiraba llegar a la gobernación del departamento, pero debido a una decisión del Consejo Nacional Electoral fue inhabilitado como candidato.

En su respuesta Gómez invitó a los electores a elegir la opción de voto en blanco, algo que no todos siguieron al pie de la letra ya que en el conteo de la registraduría se evidenció que 115.680 tarjetones estaban marcados en Gobernación para elegir al máximo accionista del equipo escarlata.

Un segundo puesto de votos inválidos

Respecto al departamento del Tolima hay un asunto preocupante, Mauricio Jaramillo quien es hermano de Guillermo Alfonso Jaramillo, actual ministro de Salud, había sido revocado por parte del CNE para aspirar a la gobernación, desde la autoridad electoral se indicó que la inhabilidad era producto del parentesco con el alto funcionario.

Mauricio Jaramillo recibió el suficiente apoyó en las urnas que lo llevó a ubicarse como segundo, pero al igual que en los casos anteriores la inhabilidad hace que los votos a favor de ellos no sean validos, un asunto complejo teniendo en cuenta que hipotéticamente si no hubiese sanción de la CNE tendría un escaño en la asamblea del Tolima.

Qué ocurren con los votos a candidatos inhabilitados

“El CNE es la máxima autoridad administrativa en materia de escrutinios, de conformidad con lo dispuesto en el parágrafo del artículo 237 de la Constitución Política, indicando si es procedente o no dar aplicación a su doctrina contenida en el concepto con radicado 3432 del 13 de marzo de 2018, en el sentido de que los votos de candidatos revocados no serán válidos”, se especifica en un apartado de la página de la Registraduría Nacional.

Irregularidades en La Guajira

Entre los resultados más altos obtenidos por candidatos inhabilitados aparece La Guajira, allí la exgobernadora del departamento y quien aspiraba para llegar a la alcaldía del municipio de Albania, Oneida Pinto, se quedó con el tercer puesto al recibir la intención del 24% de los ‘albaneses’.

Previamente Pinto quien ya ha sido alcaldesa en dos ocasiones del municipio, fue una de las primeras figuras en ser inhabilitadas por parte de las autoridades electorales. La razón de la CNE son unas presuntas irregularidades ocurridas en contratos de pavimentación durante el 2010 y 2011, en su primer periodo como mandataria del municipio.

Vale resaltar que los elegidos popularmente iniciarán actividades a partir del 1 de enero del 2023, fecha de su posesión y finalizaran el el 31 de diciembre del 2027. De acuerdo con el Artículo 314 de la Constitución de Colombia:

“En cada municipio habrá un alcalde, jefe de la administración local y representante legal del municipio, que será elegido popularmente para períodos institucionales de cuatro (4) años, y no podrá ser reelegido para el período siguiente”.
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