Elecciones regionales 2023: cuántos concejales se eligen por municipio y cuáles son sus funciones

Luego de conocerse los resultados surgen dudas sobre la cantidad de concejales que se eligen por cada municipio en el país y sobre sus funciones. Aquí se las aclaramos

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Los consejos municipales se conforma por no menos de 7, ni más de 21 miembros, según lo determine la ley - crédito Álvaro Tavera / Colprensa
Los consejos municipales se conforma por no menos de 7, ni más de 21 miembros, según lo determine la ley - crédito Álvaro Tavera / Colprensa

En Colombia se llevó a cabo una nueva jornada electoral para elegir gobernadores, alcaldes, diputados, concejales, ediles y miembros de las Juntas Administrativas Locales (JAL) para el periodo 2024 -2027. Luego de conocerse los resultados surgen algunas preguntas entre la ciudadanía y una de estas se asocia a la cantidad de concejales que se eligen por cada municipio en el país y sobre las funciones que estos desarrollan.

En el 2023 se tuvo registro de la inscripción de 132.553 candidatos, de estos, 106.429 se postularon en los diferentes concejos del territorio nacional, incluida la capital del país, de acuerdo con cifras de la Registraduría Nacional. Aunque, solo 12.072 personas asumirán el cargo de concejal.

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Salario de los concejales en Colombia

Este varía según la categoría a la que pertenezca el municipio o ciudad que representen, esta es la tabla de lo que reciben por sesión a la que asistan .

  • Categoría especial: $516.604.
  • Categoría primera: $437.723.
  • Categoría segunda: $316.394.
  • Categoría tercera: $253.797.
  • Categoría cuarta: $212.312.
  • Categoría quinta: $212.312.
  • Categoría sexta: $212.312.

Estos pagos incrementan anualmente, según la variación del Índice de precios al consumidor (IPC) del año anterior.

En los municipios de categoría especial, primera y segunda se pagarán anualmente 150 sesiones ordinarias y hasta 40 extraordinarias al año. Para el caso de los municipios de categorías tercera a sexta, se pagarán anualmente 70 sesiones ordinarias y hasta 20 sesiones extraordinarias anualmente.

Además, los concejales en el país tienen derecho a la cotización a pensión, salud, Administradoras de Riesgos Laborales (ARL) y caja de compensación familiar, con cargo al presupuesto de la administración municipal, sin que implique un vínculo laboral con la entidad territorial.

Respecto a la cantidad de concejales que se eligen por municipio, esto se delimita en el artículo 312 de la Constitución Política que establece que, el Concejo Municipal se conforma por “no menos de 7, ni más de 21 miembros, según lo determine la ley”. Adicional, su elección es popular para estar en el cargo por “periodos de cuatro años”.

La diferencia de este salario con el de los alcaldes y gobernadores, es que los concejales no reciben un salario mensual vigente fijo. Gracias a la Ley 2075 de 2021 se modificó la tabla con la que se liquidan los honorarios de cuarta, quinta y sexta categoría, para que ningún servidor reciban menos de un salario mínimo mensual.

En el caso de la capital del país, el 2024 se estrenará con la presencia de un concejal que completará los 45 escaños será Juan Daniel Oviedo, el candidato que logró la segunda votación más alta en las elecciones de alcalde en Bogotá y a quien le corresponde la curul de la oposición.

Juan Daniel Oviedo será uno de los nuevos concejales que llegará a Bogotá - crédito Lina Gasca / Colprensa
Juan Daniel Oviedo será uno de los nuevos concejales que llegará a Bogotá - crédito Lina Gasca / Colprensa

¿Cuáles son las funciones que deben ejercer los concejales?

Según la guía para la gestión pública territorial del Departamento Nacional de Planeación:

Reglamentar

  • Funciones y prestación de servicio en los municipios del país.
  • Controlar, preservar y defender el patrimonio ecológico y cultural del municipio.
  • Uso de suelo.

Autorizar

  • Al alcalde para que celebre debidamente contratos.
  • El ejercicio de funciones por un periodo de tiempo del concejo.

Presupuestar

  • Establecer o dictar normas sobre el presupuesto.
  • Expedir el presupuesto anual.
  • Adoptar tributos y gastos locales.
  • Adoptar planes y programas en los que se establezcan el desarrollo económico, social y de obras públicas.

Organizar la administración

  • Determinar la estructura de la administración municipal.
  • Organizar las contralorías.
  • Decretar funciones y escalas de remuneración.

Elegir

  • Al personero municipal.
  • Al contralor municipal.

Vigilar

  • Todas las actividades relacionadas con la construcción y enajenación de inmuebles, especialmente los de vivienda.

Controlar políticamente

  • Ejercer un control político sobre la actual administración.
  • Citar o requerir a los distintos secretarios del despacho.
  • Proponer moción de censura a los secretarios del despacho del alcalde, cuando sea necesario.
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