“La Fiscalía ha atendido 23 denuncias sobre delitos electorales”, Sandra Gonzáles Mina, directora seccional de la entidad en la capital vallecaucana

Además, desde la misma entidad se envía un mensaje a la población electoral para denunciar delitos en esta jornada democrática

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Desde las entidades intergubernamentales, como
Desde las entidades intergubernamentales, como algunos candidatos políticos, han sido reiterativos en la atención consciente de población electoral para denunciar delitos en contra de la democracia en esta coyuntura regional - crédito Luis Eduardo Noriega Arboleda/ EFE

En un día lleno de expectativas cívicas, desde el Centro Administrativo Municipal (CAN), de Cali, se ha dado apertura oficial a las votaciones en esta crucial jornada electoral. Desde dicha locación, la directora seccional de la Fiscalía en la capital vallecaucana, Sandra Gonzáles Mina, quien compartió información importante sobre los delitos en medio de esta jornada electoral y los canales de denuncia disponibles para los ciudadanos.

“En lo que va de este año, hemos recibido un total de 23 denuncias relacionadas con los mecanismos de participación ciudadana que afectan directamente este proceso electoral. Estas denuncias abarcan una variedad de delitos, como la perturbación al certamen electoral, fraude en la inscripción, fraude y corrupción al sufragante, junto con otros comportamientos criminales”, explicó la directora seccional de la entidad en la capital vallecaucana González Mina en conversaciones con la W Radio.

Además, Gonzaléz también informó que se han reportado nueve eventos específicos de afectaciones a candidatos o aspirantes, incluyendo homicidios, tentativas de homicidio, hurtos, injurias y actos de discriminación.

Precisamente, desde la Fiscalía General de la Nación se informó que se capturó a una persona responsable de cometer actos de discriminación contra un candidato a la acadia de Cali. La persona fue judicializada.

Para garantizar la transparencia en este proceso electoral, es fundamental que los ciudadanos estén informados sobre los canales de denuncia disponibles en caso de observar actividades irregulares, afirma Gonzaléz. La directora de la Fiscalía ha informado que existen varias opciones para reportar cualquier inquietud:

  • Denuncia presencial: Las personas que deseen realizar denuncias en persona pueden dirigirse a nuestras salas de denuncia ubicadas en la ciudad, en lugares estratégicos como Calitosanas, Los Mangos y nuestro edificio en Pelicón.
  • Denuncia virtual: A través de la plataforma “Denuncia Fácil” en la página web de la Fiscalía (www.fiscalia.gov.com), los ciudadanos pueden presentar sus denuncias de manera electrónica, lo que proporciona un proceso ágil y accesible.
  • Línea telefónica: Existe la línea 122, así como una línea gratuita en el número 018-919-748, donde los ciudadanos pueden comunicarse para presentar sus denuncias y recibir asistencia.
  • Acceso Uriel: El Ministerio del Interior ha habilitado el acceso a través de Uriel (www.mininterior.gov.com), una plataforma que proporciona información adicional y permite a los ciudadanos informarse sobre los procedimientos electorales.

Cabe destacar que en la capital vallecaucana se han habilitado 5.357 mesas de votación en 206 puestos diferentes. Un total de 1.816.828 personas están registradas y habilitadas para ejercer su derecho al voto en esta vibrante ciudad.

¿Qué es Uriel?

Según la página web del Ministerio del Interior, “es la Unidad de Recepción Inmediata para la Transparencia Electoral; es una instancia de la Comisión Nacional para la Coordinación y Seguimiento de los Procesos Electorales, la cual, se encarga de la recepción y seguimiento al trámite de las denuncias y quejas por delitos e irregularidades que afecten el normal desarrollo de los procesos electorales”.

Así puede denunciar los delitos electorales por medio de la plataforma Uriel

  • Conozca la irregularidad
  • Ubique el lugar de los hechos
  • Describa con detalle lo sucedido y a los implicados
  • Presente pruebas de delitos: fotografías, videos o grabaciones de audio
  • Interponer la queja o denuncia a través de los siguientes canales:

También puede acceder a la página uriel.mininterior.gov.co o escribir un correo a denunciasuriel@mininterior.gov.co.

¿Cuáles son los delitos electorales en Colombia?

Según el Concejo Nacional Electoral, existen 16 delitos electorales, mismos que los colombianos deben evitar y denunciar en caso de presenciarlos. Estos son:

  • Perturbación del certamen democrático (Artículo 386): Este delito implica perturbar o impedir la votación pública o el escrutinio de la misma, así como la realización de un cabildo abierto mediante maniobras engañosas. Las penas varían dependiendo de si se realiza por medio de violencia o si es cometido por un servidor público.
  • Constreñimiento al sufragante (Artículo 387): Consiste en amenazar o presionar a un ciudadano para obtener su voto a favor de un candidato o lista de candidatos, o para impedir su libre ejercicio del derecho al sufragio. También se aplica a plebiscitos, referendos, consultas populares o revocatorias del mandato. Las penas se incrementan si la conducta es actuada por un servidor público o si se condiciona el acceso a beneficios gubernamentales.
  • Fraude al sufragante (Artículo 388): Este delito implica obtener votos mediante maniobras engañosas, ya sea a favor de un candidato o en blanco, en elecciones o procesos de votación similares. Las penas varían, y se aumentan si la conducta es ejecutada por un servidor público o si se utilizan amenazas o condicionamientos relacionados con servicios públicos o beneficios gubernamentales.
  • Fraude en inscripción de cédulas (Artículo 389): Involucra inscribir documentos de identidad en un lugar diferente al de nacimiento o residencia con el propósito de obtener ventaja en elecciones o procesos similares. También se castiga a quienes inscriben su documento de identidad de esta manera con fines ilícitos. Las penas se incrementan si la conducta es realizada por un servidor público.
  • Elección ilícita de candidatos (Artículo 389A): Se refiere a la elección de candidatos para cargos de elección popular por parte de personas inhabilitadas según decisión judicial, disciplinaria o fiscal. Las penas incluyen prisión y multas significativas.
  • Corrupción de sufragante (Artículo 390): Implica celebrar contratos, prometer, pagar o entregar dinero o beneficios para influir en el voto de un ciudadano a favor de un candidato, partido político o en blanco, o para abstenerse de votar en cierto sentido. Las penas aumentan si la conducta es realizada por un servidor público o si involucra recursos públicos.
  • Tráfico de votos (Artículo 390A): Consiste en ofrecer votos de un grupo de ciudadanos a cambio de dinero o dádivas para influir en su voto en elecciones, plebiscitos, referendos o consultas populares. Las penas incluyen prisión y multas considerables.
  • Voto Fraudulento (Artículo 391): Este delito se refiere a suplantar a un votante, votar más de una vez o votar sin derecho en elecciones u otros procesos de votación. Las penas incluyen prisión y multas.
  • Favorecimiento de voto fraudulento (Artículo 392): Implica que un servidor público permita la suplantación de un votante o la votación múltiple. Las penas incluyen prisión, multa y la inhabilitación para ejercer cargos públicos.
  • Mora en la entrega de documentos relacionados con una votación (Artículo 393): Castiga a los servidores públicos que no entregan oportunamente documentos electorales, sellos de urna, o arca triclave. Las penas incluyen prisión, multa y la inhabilitación para cargos públicos.
  • Alteración de resultados electorales (Artículo 394): Consiste en alterar el resultado de una votación o introducir documentos o tarjetones de manera indebida. Las penas incluyen prisión y multas, y se agravan si la conducta es realizada por un servidor público.
  • Ocultamiento, retención y posesión ilícita de cédula (Artículo 395): Castiga a quienes retienen o poseen de manera ilícita cédulas de ciudadanía u otros documentos necesarios para el ejercicio del derecho al sufragio. Las penas incluyen prisión y multas.
  • Denegación de inscripción (Artículo 396): Implica que el servidor público responsable de inscribir candidatos para elecciones populares no cumple con esta función o la retrasa, incurriendo en prisión, multa y la inhabilitación para cargos públicos.
  • Financiación de campañas electorales con fuentes prohibidas (Artículo 396A): Castiga al gerente de campaña y a los candidatos que permiten la obtención de bienes de fuentes prohibidas para financiar campañas electorales. Las penas incluyen prisión, multa y la inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas.
  • Violación de los topes o límites de gastos en las campañas electorales (Artículo 396B): Se refiere a la administración de recursos de campañas que exceden los límites de gastos establecidos por la autoridad electoral. Las penas incluyen prisión, multa y la inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas.
  • Omisión de información del aportante (Artículo 396C): Consiste en no informar los aportes realizados a campañas electorales según lo establecido por la ley. Las penas incluyen prisión y multas significativas.
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