La CIDH condenó a Colombia por la desaparición de un hombre durante la Operación Orión en Medellín

Arles Edisson Guzmán Medina desapareció en 2022, luego de que un grupo de hombres se lo llevaran supuestamente para interrogarlo

Condenan a Colombia por la desaparición de ARLES EDISSON GUZMÁN MEDINA en la Operación Orión. - crédito Montaje Infobae

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) declaró al Estado colombiano en el caso de Guzmán Medina y otros Vs. Colombia, en la que se juzgó la desaparición de un hombre de 29 años el 30 de noviembre de 2002, en Medellín, durante la operación Orión. La sentencia del CIDH fue notificada en la mañana del 20 de octubre del 2023.

“La Corte Interamericana de Derechos Humanos declaró que el Estado es responsable por la desaparición forzada del señor Arles Edisson Guzmán Medina, así como por la violación de los derechos a las garantías judiciales y a la protección judicial, en perjuicio del señor Arles Edisson Guzmán Medina y sus familiares. Además, la Corte declaró la violación del derecho a conocer la verdad, a la integridad personal y a la protección de la familia, en perjuicio de sus familiares”, cita el documento.

Respecto al caso, la corte explicó que todo se dio en el marco del denominado ‘Plan de Recuperación Social’, en donde desarrollaron diversos operativos de control en el país, específicamente en la zona de la Comuna 13 en Medellín, en donde se ejecutó la recordada Operación Orión. Dicha estrategia inició el 16 de octubre de 2002 hasta el 22 de octubre del mencionado año. Este órgano explicó que, la incursión se realizó entre el Ejército Nacional y los paramilitares, específicamente por hombres del Bloque Cacique Nutibara (BCN).

“Con posterioridad a la “Operación Orión”, en un proceso de consolidación de esta, el Bloque Cacique Nutibara ingresó a la Comuna 13 y se volvió el grupo hegemónico y continuaron con expulsiones, desplazamientos y desapariciones forzadas, y un alto número de inhumaciones clandestinas, específicamente en los sectores de ‘La Arenera’ y ‘La Escombrera’”, añadió la CIDH.

La desaparición de Arles Edisson Guzmán Medina

Según explicó el órgano internacional, cuando Guzmán Medina desapareció tenía 29 años y estaba casado con Luz Enith Franco Noreña. Para finales de noviembre del 2002, el hombre se encontraba trabajando y de un momento a otro se vio abordado por dos sujetos que no se identificaron de inmediato, estaban en un taxi y abordaron a Arles Edisson Guzmán.

Luego de una corta conversación, la víctima se acercó a su esposa y le comentó que tenía que irse con los sujetos, quienes le pidieron que respondiera una serie de preguntas, en medio de la preocupación, la mujer le preguntó sobre su destino y uno de los sujetos desconocidos le explicó que Guzmán debía comparecer ante el “patrón”, luego subieron al taxi y desde ese día no hubo reporte alguno.

La Corte explicó que luego del reconocimiento internacional por parte del Estado Colombiano, se realizó un estudio correspondiente a temas relacionados desaparición forzada y de los hechos probados, razón por la cual se constató que Arles Edisson Guzmán Medina había sido víctima de desaparición y se le atribuyó el caso al Bloque Cacique Nutibara, el cual actuó en conjunto con las autoridades, argumentó la CIDH

“Al respecto, la Corte resalta que, en su reconocimiento de responsabilidad, el Estado señaló que es razonable inferir que los crímenes cometidos por el BCN, en este caso, son atribuibles al Estado colombiano. Lo anterior debido a que los hechos se presentaron en un contexto comprobado de relacionamiento entre agentes estatales y grupos paramilitares en la fase de consolidación de la “Operación Orión”. Además, indicó que hay una coincidencia entre el modus operandi del BCN y las circunstancias de la desaparición”, añadió el órgano en cuestión.

Así las cosas, se ordenaron medias de reparación a favor de los familiares de Guzmán y su esposa, la señora Luz Enith Franco Noreña.

“En razón de las violaciones declaradas en la Sentencia, la Corte ordenó diversas medidas de reparación”, citó la corte.