“No sea pendejo, estúpido, ridículo”: agente de tránsito de Bucaramanga reaccionó agresivamente porque lo grabaron durante un operativo

Los hechos quedaron registrados debido a que el ciudadano que grabó pretendía denunciar la presencia de once uniformados en un procedimiento por accidente vial

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Agente de Tránsito de Bucaramanga
Agente de Tránsito de Bucaramanga agrede verbalmente a ciudadano - crédito VeeMovilidad/captura de pantalla

Un caso de violencia verbal por parte de un agente de tránsito de Bucaramanga fue denunciado por el grupo de veedores bumangueses VeeMovilidad, por medio de la publicación de un video en el que un ciudadano es víctima de ataques verbales del funcionario de tránsito.

El miembro de la Dirección de Tránsito de Bucaramanga (DTB) reaccionó con improperios y acusaciones contra el ciudadano, que decidió sacar su teléfono para grabar el hecho de que un accidente vial tuviera la presencia de alrededor de once uniformados, lo que para el hombre podría ser una irregularidad.

El cuestionamiento que realizó el transeúnte bumangués al cuerpo de funcionarios de la DTB habría sido: “Once (policías) para un accidente de solo latas. Véalo”, de acuerdo con la información publicada por la veeduría.

La contestación del uniformado fue, de inmediato, las agresiones verbales en contra del ciudadano, a quien el agente lo señalo de estar “chismoseando”. Acto seguido, el afectado añadió: “y lo peor es que se ríe. Y la ciudad vuelta mierda, véalo (sic)”.

El video de la denuncia detalla la reacción que tuvo el miembro de la autoridad de tránsito: “Venga, usted es un pobre bobo que no sabe ni qué es lo que está pasando aquí y le gusta prender un teléfono. No sea ridículo, vaya trabaje, haga algo por la vida”, expresó.

La publicación de la denuncia está acompañada, por su parte, con el siguiente texto: “#Bucaramanga Insultos y maltrato psicológico es lo que tienen los agentes de #TránsitoBucaramanga, para expresarle a cualquier persona que se atreva a cuestionar un procedimiento irregular, exigimos la investigación oficiosa en contra de estos #boquisucios”.

A la vez, el agente continúa con su afrenta en contra del testigo: “No sea pendejo y estúpido. Ridículo es lo que es usted”. En el acto, el peatón le confirma que está recibiendo insultos, pero la réplica del uniformado fue aún más cargada de ofensas: “Una persona ridícula es usted. Usted es un pobre bobo ignorante de la vida. Tiene hasta un teléfono que, mejor dicho, con eso gana muchísimo usted, bobo ridículo”, manifestó, ante la iniciativa del transeúnte de sacar su teléfono para hacer el video.

De la misma manera, el agente de tránsito sugirió al denunciante que “buscara oficio”, pues, de acuerdo con el funcionario registrar los hechos sería una pérdida de tiempo: “Póngase a trabajar, haga algo por la vida. Usted es de los bobos que creen que porque prenden un teléfono y ridiculiza a la gente, qué le pasa, no sea ridículo, hombre”.

Finalmente, otro compañero del funcionario afirmó la actitud ofensiva del primero, e insistió en que el ciudadano es un “pobre bobo ridículo”.

Qué dice la ley sobre la agresión verbal por parte de servidores públicos

Lo que se evidenció en este caso puede ubicarse dentro de infracciones por agresión verbal en contra de los ciudadanos, lo cual está completamente prohibido por el Código Disciplinario de la Policía. Incluso, la Ley 2116 del 2022 indica que estas agresiones se dan cuando se afecta la dignidad humana. En su artículo 1, se declara que, de parte de los funcionarios de la policía: “Las actuaciones disciplinarias se harán con el respeto debido a la dignidad humana, al debido proceso y los derechos fundamentales”.

Así mismo, manifiesta que: “La disciplina policial se transgrede cuando no se presenta el respeto y obediencia de principios, valores y los derechos humanos, código de ética policial, código del buen gobierno, fundamentos éticos policiales, órdenes, instrucciones, lineamientos del sistema ético policial y demás disposiciones institucionales; así como desatender el estricto acatamiento dé la jerarquía y subordinación para el cumplimiento de la finalidad de la Policía Nacional”.

Los funcionarios que incurran en estos actos, en contra de esta ley “serán investigados y juzgados por funcionario competente e imparcial con atribuciones disciplinarias previamente establecidas, observando las garantías contempladas en la Constitución Política y las normas que determinen la ritualidad del proceso”, señala la normativa.

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