Reforma tributaria de Petro podría caerse: exdirector de la Dian

La Corte Constitucional estudia 61 demandas que podrían darle sendos golpes a la ley que entró en vigencia en 2023. Ya tumbó dos artículos de la misma

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La reforma tributaria del Gobierno de Gustavo Petro tiene como objetivo recaudar $20 billones - crédito Colprensa
La reforma tributaria del Gobierno de Gustavo Petro tiene como objetivo recaudar $20 billones - crédito Colprensa

El 10 de octubre se conoció que la Sala Plena de la Corte Constitucional decidió tumbar dos artículos de la reforma tributaria del Gobierno de Gustavo Petro: el 95 y el 96.

El primero fijaba que a que las universidades o instituciones educativas de educación superior debían asumir algunos intereses del Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior (Icetex); y segundo había prorrogado la vigencia de dos decretos legislativos enfocados en la insolvencia empresarial.

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Tras esto, lo que más afecta a la ley que entró en vigencia en el 2023, es que el alto tribunal declaró que el régimen tarifario, exactamente el impuesto sobre la renta para usuarios industriales de las zonas francas desconoce los principios de buena fe y de desconfianza legítima, hecho que hará que la iniciativa liderada por el exministro de Hacienda José Antonio Ocampo deje de recaudar $600.000 millones anuales y, por ende, ya no se recaudarían los $20 billones que se tienen como objetivo.

La Corte Constitucional estudia 61 demandas que podrían darle sendos golpes a la reforma e, incluso, tumbarla de manera definitiva.

El exdirector de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) Lisandro Junco se refirió al tema en un video en X (antes Twitter).

El exfuncionario recordó que después del pronunciamiento del Comité Autónomo de la Regla Fiscal (Carf) en el que expresa su preocupación por los ingresos que no existen del arbitraje tributario y que se advirtieron debidamente cuando fue publicado el Marco Fiscal de Mediano Plazo, se leyó en entrevista hecha por Semana al ministro de Hacienda, Ricardo Bonilla, en la que dijo que se estaban haciendo buenas defensas sobre la reforma.

Sin embargo, anotó que aunque no haya existido en ese momento un pronunciamiento de la Corte Constitucional, se debe entender que esta reforma tributaria puede llegar a ser inconstitucional de manera parcial o totalmente, si se aplica el mismo rigor que se tuvo con anteriores reformas tributarias, protegiendo los principios y siendo coherente con los precedentes de la alta corte, por lo tanto, se requiere un plan B.

Ricardo Bonilla reemplazó a José Antonio Ocampo en el Ministerio de Hacienda - créditos Asociación Colombiana de Petróleo y Gas/ Ministerio de Hacienda
Ricardo Bonilla reemplazó a José Antonio Ocampo en el Ministerio de Hacienda - créditos Asociación Colombiana de Petróleo y Gas/ Ministerio de Hacienda

Junco anotó que este hecho, sumado al desbalance de ingreso del Marco Fiscal de Mediano Plazo, permite decir que se tiene un Presupuesto General de la Nación (PGN) del 2024, que es un globo en el aire.

Además, precisó que es importante entender que ya se admitieron diferentes demandas de inconstitucionalidad sobre esta reforma, entre las que están la totalidad, otras por la sobretasa al sector financiero, al sector minero y al sector de hidrocarburos, la deducibilidad de las regalías, el cambio de reglas a las zonas francas, el cambio en el régimen simple de tributación para profesionales liberales, el concepto de presencia fiscal para los no residentes asociados a su presencia económica significativa, en otras palabras, a los jugadores en la economía digital y también a los impuestos a los alimentos, a las bebidas de azucaradas y alimentos con altos contenidos de sodio.

“La Corte Constitucional ya ha anunciado audiencias públicas para escuchar a los demandantes y al Gobierno nacional sobre esta prohibición en la deducción de las regalías del impuesto sobre la renta para el sector minero energético, pero es importante también ver que la Corte Constitucional está estudiando cada uno de estos principios y precedentes sobre esta ley o reforma tributaria, en la cual debe aplicar lo que ha venido haciendo”, explicó.

En ese orden de ideas, el exdirector de la Dian entiende que la mayoría de las demandas están fundadas o basadas, por excelencia, en la aplicación de los principios constitucionales y legales del derecho tributario, como lo son legalidad, igualdad, progresividad, equidad y eficiencia.

El exdirector de la Dian, Lisandro Junco, explicó por qué se puede caer de manera parcial o total la reforma tributaria del Gobierno de Gustavo Petro, contra la cual hay 61 demandas en la Corte Constitucional - crédito @LisandroJuncoR/X

También anotó que la Corte estableció límites, ya que si bien la política tributaria se funda en el deber ciudadano y el principio de solidaridad, no puede ser excesivo, es decir, no debe afectar la calidad de vida de los ciudadanos y empresarios, como se ve hoy en día con esta ley.

En otras palabras, explicó que la base del sistema tributario colombiano se concentra en estrictos criterios de razonabilidad y proporcionalidad que no se encuentran en esta reforma tributaria.

“En ningún momento se hace un análisis de la real capacidad contributiva de los ciudadanos y de los empresarios, es decir, en conclusión se abusa de lo establecido por la jurisprudencia de la Corte que ha logrado siempre que se cumplan estos principios e, incluso, han establecido elementos que se derivan de estos y que es claro que no se encuentran ni en la sustentación, ni en la aplicación de esta carga fiscal actual”, enfatizó.

Así las cosas, cree que deben aplicarse los precedentes establecidos en la Corte Constitucional, que logró generar unos límites a esa premisa de esta reforma, la cual es crear un trato diferenciado en materia tributaria.

El Congreso de la República es principal responsable de la aprobación de la reforma tributaria del Gobierno de Gustavo Petro - crédito Colprensa/Prensa Senado
El Congreso de la República es principal responsable de la aprobación de la reforma tributaria del Gobierno de Gustavo Petro - crédito Colprensa/Prensa Senado

Por lo tanto, espera que se respete el principio de igualdad, de equidad tributaria, de certeza de los tributos, el principio de justicia tributaria, el principio de no confiscatoriedad, el principio de solidaridad, pero también ese precedente que ha creado la Corte que se llama “proscripción en exceso”.

“La Corte Constitucional tiene una tarea muy importante y lo encontramos en la Sentencia 15 del 2016 (Estatuto Tributario y Mecanismos de Lucha contra la Evasión), en donde los altos magistrados hicieron un llamado de atención en su momento, sobre la necesidad de reflexionar sobre el impacto tributario de las medidas impositivas que se adopta, invitando siempre al Estado a que no se pueden crear reformas tributarias cuando no estamos frente a un Gobierno austero o frente a un gobierno que genera un gasto público con racionalidad”, aseveró Junco.

Precisó que al mirar los indicadores de ejecución presupuestal todos están en rojo, es decir, se aprieta siempre al ciudadano generando que pague más impuestos, pero “los que ejecutan se dan vida de emperadores”.

Finalizó diciendo que el pronunciamiento que dé la Corte Constitucional sobre la reforma, seguramente, tendrá un efecto diferido, lo que postergará la vigencia por el bien de la economía colombiana.

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