Tribunal negó la preclusión del proceso contra Uribe Vélez
Se confirma la decisión de primera instancia de negar la preclusión del proceso por los delitos de soborno a testigos y fraude procesal contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez.
Contra la decisión del Tribunal Superior de Bogotá, no procede recurso alguno. Los tres magistrados Carlos Andrés Guzmán, Hermens Lara y Dagoberto Hernández adoptaron la decisión de forma unánime, sin salvamento de voto o algúna aclaración.
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Aparición de Harlington Mosquera
De acuerdo con el Tribunal, el exparamilitar habría dicho al expresidente Álvaro Uribe Vélez que sabía de ofrecimientos a exparamilitares a cambio de declarar contra él.
Se cuestiona el hecho de que la Fiscalía General de la Nación no tuvo en cuenta en su investigación el que Harlington no declaró lo que quería decir cuando la Corte Suprema lo llamó a indagatoria.
Además, el ente acusador desconoció que no es claro por qué Mosquera decidió hablar en ese momento y no antes y cómo apareció.
Sobre este último punto hay dudas porque, aunque todos coinciden que Harlington apareció en Pacho, Cundinamarca, hay contradicciones sobre las circunstancias de cómo ocurrieron las conversaciones y quiénes estaban.
El Tribunal señala que la Fiscalía no contrastó la versión de Harlington, otorgándole credibilidad total. Por esto, permanecen dudas sobre lo que dijo y por eso no precluye fraude procesal.
En relación al delito de soborno a testigos, la Fiscalía no ahondó en las reuniones que sostuvo Harlington Mosquera con el abogado Diego Cadena, ni sobre la cuestión de que el exparamilitar dijo que Iván Cepeda le ofreció beneficios, y que este último dijo no conocerlo.
El primo de Álvaro Uribe
De acuerdo con el Tribunal Superior de Bogotá, el abogado Diego Cadena se relaconó con alias Víctor a través de Samuel Sánchez, su exabogado, quien a su vez es cercano a Mario Uribe, primo del expresidente.
Vélez dijo que desde hace mucho tiempo Sánchez hablaba con Mario Uribe para “cuadrar” versiones y reposan pruebas que indican que este último le consignaba plata al abogado de alias Víctor justamente por la época en que el exparamilitar entregó sus declaraciones en 2016.
Carlos Vélez Ramírez, alias ‘Victor’
El exparamilitar dijo que el abogado Diego Cadena le ofreció $200 millones a cambio de declarar y buscar otros paras que sirvieran de testigos falsos.
La Fiscalía argumentó que alias Víctor declaró en 2016 y que Diego Cadena lo buscó al año siguiente, en 2017.
Carlos Vélez Ramírez dijo, en su declaración, que hubo una pelea que en la cárcel donde estaba recluido debido a que Iván Cepeda ofrecía beneficios. Sin embargo, aseguró que esto último no era verdad, lo cual después fue probado.
La versión de Diego Cadena sobre los hechos declarados por alias Víctor se centra en que los pagos a Vélez y a otra exparamilitar conocida como alias Diana, eran simplemente “ayudas humanitarias”. Pese a esto, Vélez reiteró que fueron pagos acordados.
El magistrado ponente Guzmán dijo que la Fiscalía no esclareció si lo que todos los involucrados en los hechos declararon es cierto. Por ello, no precluye fraude procesal en este caso.
En relación con el delito de soborno a testigos, el Tribunal dice que la tesis de la Corte Suprema de Justicia sobre que Diego Cadena ofreció plata a alias Víctor a cambio de su declaración, no fue descartada por el ente acusador, así, este delito tampoco precluye.
Exparamilitares alias ‘Sinaí', ‘El Poli’y ‘Cadavid’
Los mencionados habrían firmado cartas remitidas al abogado Diego Cadena, asegurando que Iván Cepeda les ofreció beneficios a cambio de acusar a Álvaro Uribe Vélez de mantener vínculos con exparamilitares.
El magistrado ponente Guzmán asegura que hay pruebas de que los exparas mintieron sobre varias circunstancias y hechos:
Dos de ellos dijeron que no conocían a Diego Cadena. Sin embargo hay pruebas de que sí lo conocieron. Además, no todos reconocieron el contenido de la carta completo y uno dijo que no sabía cómo su carta había llegado a la Corte Suprema de Justicia.
De acuerdo con el Tribunal, se cuestiona que el director de la cárcel donde estaban recluidos los exparamilitares apareciera en reunión en la que le dijeron a Diego Cadena que podía hablar con ellos.
El magistrado señaló que la Fiscalía se enfocó en establecer si Iván Cepeda visitó a presos, pero que eso no comprobaba que lo que decían era verdad. Por tanto, asegura que faltó “labor investigativa más profunda y diligente” y por eso no precluye los delitos de soborno.
En relación con el delito de fraude procesal, el Tribunal dijo que la Fiscalía no contrasto la información de los exparamilitares para verificar los hechos, por lo cual tampoco precluye.
Aparición de Hilda Niño Farfán
La exfiscal condenada por corrupción dijo que tenía información sobre un presunto complot contra Álvaro Uribe Vélez, orquestado en la Fiscalía de Eduardo Montealegre. Al parecer, habría sido buscada por el abogado Diego Cadena.
De acuerdo con el Tribunal Superior de Bogotá, hay una interceptación en la que Diego Cadena le dijo a Niño Farfán que podía ayudarla en su traslado de cárcel.
El magistrado ponente Guzmán advierte que Niño Farfán fue vaga al explicar los detalles de sus encuentros con Diego Cadena. Además, nunca denunció el presunto complot contra Álvaro Uribe Vélez y los testigos se contradicen en este punto.
Por las razones anteriormente expuestas, la preclusión por soborno no procede porque la hipótesis de que sí pudo ocurrir el delito, no fue desvirtuada.
El Tribunal señala que el delito de fraude procesal tampoco precluye porque la Fiscalía le dio “total credibilidad “a lo que dijo Niño Farfán sobre el presunto complot e ignoró las versiones que la contradicen.
Las cartas de Juan Carlos Sierra, alias ‘Tuso’ a la Corte Suprema
Juan Carlos Sierra, alias Tuso envió dos cartas a la Corte Suprema de Justicia, como pruebas para demostrar la inocencia de Álvaro Uribe Vélez en el proceso en su contra.
En las misivas, Sierra aseguró que los senadores Piedad Córdoba, Rodrigo Lara e Iván Cepeda lo buscaron en la cárcel en la que se encontraba privado de la libertad en Estados Unidos para ofrecerle el beneficio de asilo político para su familia en Suiza o Francia.
El Tribunal Superior de Bogotá analizó si buscaron a alias Tuso para sobornarlo. El magistrado ponente señaló que hay dudas sobre cómo Álvaro Uribe Vélez se enteró de la información que el exparamilitar podía entregar.
Considera el tribunal que las declaraciones de los testigos son contradictorias y que Uribe Vélez tuvo un papel más activo en la búsqueda del Tuso Sierra, de lo que se ha reconocido.
Ante el hecho de que la Fiscalía General de la Nación no pudo esclarecer lo ocurrido, no hay suficiente pruebas para concluir la preclusión por el delito de soborno.
Sobre fraude procesal, asegura que la Fiscalía no probó que Sierra dijo verdad en cartas enviadas a la Corte Suprema de Justicia y por eso tampoco precluye.
El magistrado Prada
El Tribunal cuestiona si Álvaro Hernán Prada, actual magistrado del Consejo Nacional Electoral (CNE), contactó a Carlos López alias Caliche con Alvaro Uribe Vélez para que este último le ofreciera beneficios a Juan Guillermo Monsalve a cambio de que se retractara.
Tribunal no precuirá el delito de soborno a testigos
El Tribunal Superior de Bogotá negó precluir el delito de soborno en actuación penal en el proceso que se adelanta contra Álvaro Uribe Vélez.
El magistrado ponente Carlos Andrés Guzmán señaló que aún no hay claridad si declaración de Juan Guillermo Monsalve contra el expresidente es falsa o cierta, lo cual no debe descartarse y, al contrario, es un aspecto clave porque el delito de soborno solo procede si hay un ofrecimiento a cambio de mentir.
Aseguró que sin una prueba contundente en ese sentido, no se puede conceder preclusión.
El Tribunal concluyó que la Fiscalía General de la Nación no probó la tesis de que el testigo Juan Guillermo Monsalve fue quien buscó contactar al expresidente Álvaro Uribe Vélez, y que por eso terminó relacionándose con el abogado Diego Cadena.
Precisó que el ente acusador no puede referirse a que no hubo la comisión de un delito, pues independientemente a cómo se dio la relación entre Monsalve y Cadena, no se puede desvirtuar el soborno.
Juan Guillermo Monsalve como testigo clave
Parte del debate en la solicitud de preclusión se centró en si Juan Guillermo Monsalve había sido paramilitar.
El magistrado Guzmán señaló que la Fiscalía General de la Nación no pudo probar que Monsalve no pertenecía a un grupo paramilitar.
Monsalve se convirtió en el testigo clave del caso contra Uribe Vélez y ha declarado desde hace años que este mantenía contacto con paramilitares en Antioquia.
“El Tribunal no comparte que no exista soborno” en caso de Juan Guillermo Monsalve, porque hay pruebas que muestran que le ofreció beneficios jurídicos como entrar a la Jurisdiccoón Especial para la Paz (JEP).
Por tanto, el Tribunal Superior de Bogotá no comparte la teoria de que la Fiscalía y advierte que Juan Guillermo Monsalve si es un testigo clave en el caso por la presunta compra de testigos y fraude procesal por el que es investigado el expresidente.
Delitos en los que habría incurrido Uribe
El Tribunal Superior de Bogotá aclaró que el primer delito en cuestión es el de soborno en actuación penal. En este caso tiene que ver con si el expresidente Álvaro Uribe Vélez ofreció beneficios a exparamilitares para mentir a su favor. Esto, a través del abogado Diego Cadena.
El segundo delito que tiene como imputado a Uribe Vélez es fraude procesal por buscar que se llegue a una resolución que es contraria a la que se llegaría sin la alteración del proceso.
El recurso de preclusión
El magistrado ponente Carlos Andrés Guzmán señaló que la Fiscalía General de la Nación mencionó que no existían pruebas que involucraran a Álvaro Uribe en los presuntos delitos de soborno a testigos y fraude procesal. Sin embargo, “ese aspecto no fue relevante en las causales” 4 y 6.
De acuerdo con el magistrado, es distinto plantear que alguien no participó en un delito, a señalar que un comportamiento al margen de su autor, cabe o no cabe en una descripción típica.
El togado dice que para declarar la preclusión la práctica de pruebas es “exigente” porque no deben “existir dudas” de que el archivo definitivo del caso procede. Los jueces que negaron anteriormente la preclusión dijeron que ese requisito no se cumplía.
“El Tribunal solo se ocupará de los medios de conocimiento (pruebas) que fueron incorporados de forma adecuada y completa por las partes”. El magistrado Carlos Andrés Guzmán explica que, en el estudio del caso, solo se valoraron pruebas completas y si los testigos fueron directos.
Lectura de las consideraciones
Procede la lectura del fallo en el que el Tribunal Superior de Bogotá dará a conocer las consideraciones en relación al estudio de la solicitud de preclusión contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez por la presunta comisión de los delitos de soborno a testigos y fraude procesal.
Uribe se retira de la audiencia
Una vez el expresidente Álvaro Uribe se presenta ante los magistrados, expresa su intención de retirarse de la audiencia ante el Tribunal Superior de Bogotá. El magistrado ponente Carlos Andrés Guzmán señala que no es necesario que esté presente en la diligencia.
Inicio de la audiencia
El Tribunal Superior de Bogotá da inicio a la audiencia para definir si precluye o no el caso contra Álvaro Uribe Vélez.
Se indica que el fallo decisorio emitido por la Sala Penal del tribunal cuenta con 272 páginas. Sin embargo, para la presente audiencia, se leerán los puntos claves de la decisión empezando por las consideraciones.
El Tribunal Superior de Bogotá definirá el viernes 6 de octubre de 2023 si precluye o no el caso contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez por presunta manipulación de testigos y fraude procesal.
La diligencia dará inicio a las 2:00 p. m., y en ella, los magistrados de la Sala Penal darán a conocer el fallo, luego de revisar por varias semanas la solicitud de la Fiscalía General de la Nación de cerrar definitivamente el proceso.
La decisión del alto tribunal abre dos escenarios posibles en el proceso: si ratifica el fallo del Juzgado 41 Penal de Conocimiento de no precluir el proceso, este seguirá su curso en la Fiscalía, la cual tendrá la posibilidad de volver a solicitar la preclusión dado que el Código Penal Colombiano no establece un límite de veces para interponer este recurso de apelación.
En caso de que el proceso siga su curso por la jurisdicción ordinaria, el ente acusador tendrá un plazo de 45 días para radicar su escrito de acusación en contra el exmandatario.
El otro escenario es que se cierre definitivamente la investigación contra Uribe Vélez, solo si el Tribunal Superior de Bogotá decide precluir el proceso.
El magistrado ponente Carlos Andrés Guzmán, quien comparte la Sala con Hermens Lara y Dagoberto Hernández, será quien lea la decisión del Tribunal.