Expertos dicen qué pasará con el presidente Petro tras la compulsa de copias de la Fiscalía

El jefe de Estado, de comprobarse que burló los topes de financiación electoral en la campaña de 2022, podría salir de su cargo; la Comisión de Investigaciones y Acusaciones de la Cámara deberá determinar si precluye o acusa al presidente

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Las declaraciones del hijo del
Las declaraciones del hijo del presidente Petro asegurando que este sabía quién financió la campaña de 2022 en la costa Caribe, motivaron a que la Fiscalía General de la Nación compulsara copias al Consejo Nacional Electoral, la Corte Suprema de Justicia y la Comisión de Investigaciones y Acusaciones de la Cámara de Representante - crédito Mauricio Dueñas Castañeda/EFE

El 2 de agosto, Nicolás Petro Burgos le dijo a la Fiscalía General de la Nación, cuando aún negociaba una matriz de colaboración con la justicia, que el presidente Gustavo Petro sí sabía que el contratista Euclides Torres financió la campaña Petro Presidente en el departamento de Atlántico. El 25 de septiembre, Petro Burgos desistió del acuerdo para llegar a un principio de oportunidad, por lo que el fiscal Mario Burgos radicó el escrito de acusación en su contra.

El 2 de octubre, luego de que Semana revelara, el 30 de septiembre, fragmentos del interrogatorio a Petro Burgos, la Fiscalía General de la Nación anunció que compulsaba copias de las declaraciones del hijo mayor del presidente Petro al Consejo Nacional Electoral, a la Corte Suprema de Justicia y a la Comisión de Investigaciones y Acusaciones de la Cámara de Representantes para que se investigue si el jefe de Estado incurrió en delitos electorales en la financiación de la campaña de 2022.

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El presidente Petro, al conocer la compulsa de copias en su contra, se pronunció en X (antes Twitter) advirtiendo que el fiscal General de la Nación, Francisco Barbosa, tomó esta determinación a partir de un interrogatorio, a su juicio, ilegal:

“El fiscal general compulsa copias contra mi, basado en un interrogatorio no legal en donde el interrogador de su entidad hace preguntas sobre mi, cuestión que es un verdadero golpe contra la constitución, dado que yo soy un aforado, como senador en ese entonces y como presidente ahora”
El presidente reaccionó así a
El presidente reaccionó así a la compulsa de copias que hizo la Fiscalía General de la Nación al Consejo Nacional Electoral, la Corte Suprema de Justicia y la Comisión de Investigaciones y Acusaciones de la Cámara de Representantes - crédito @petrogustavo/X

Sobre la financiación de la campaña, el presidente advirtió que la manifestación de Barranquilla, conocida por la tarima en forma de ‘P’, sí fue financiada por Euclides Torres, pero que esta, que fue el 10 de septiembre de 2021, ocurrió cuatro meses antes de que iniciara la campaña presidencial, que arrancó cuatro meses antes de la celebración de la primera vuelta (29 de mayo), según el calendario electoral de la Registraduría Nacional del Estado Civil.

El presidente Petro advirtió que
El presidente Petro advirtió que la financiación de esta manifestación en Barranquilla no es susceptible de ser sancionada por el Código Electoral, pues ocurrió meses antes de iniciar la campaña según el calendario electoral de la Registraduría - crédito @petrogustavo/X

¿Qué pasará con el presidente Petro luego de la compulsa de copias que hizo la Fiscalía?

Si bien el presidente Petro advirtió que el fiscal Mario Burgos no podía hacerle preguntas a su hijo sobre él, el abogado penalista Francisco Bernate le dijo a Infobae Colombia, que “la Fiscalía puede preguntar sobre lo que considere relevante. Lo que no puede es investigar al presidente porque tiene un fuero, pero en forma, alguna estas preguntas están prohibidas”.

También advirtió que el interrogatorio fue completamente legal, pero que no se tiene como prueba en el proceso contra el presidente: “En la medida que se realizan ante un fiscal, con un defensor, son perfectamente legales. Diferente es que en sí mismas, no se tienen como una prueba dentro de este proceso, en tanto que prueba es solo la que se realiza en presencia del juez”.

El abogado Iván Cancino, en entrevista con W Radio, coincidió en la apreciación del abogado Bernate: “No se puede tener en cuenta dentro del proceso desde ningún punto de vista y es una jugada incluso desleal de la persona que lleva el caso, a mí no me gusta hacer atribuciones genéricas para hablar de la Fiscalía, yo creo que aquí hay unos funcionarios que tenían acceso a esos diálogos”.

“No pueden imputar a una persona diciendo que la evidencia es lo dicho por Petro Burgos. Es una prueba que se vería ilegal y estaría contaminada. Lo perverso de esto es que un fiscal puede coger la noticia de un medio de comunicación y se puede investigar a quienes mencionan. Pero no se puede tomar ninguna decisión con base en el testimonio”
Este es el documento con
Este es el documento con el que el fiscal Mario Burgos compulsó copias al Consejo Nacional Electoral y la Comisión de Acusaciones de la Cámara para que investigue una presunta financiación de la campaña a la presidencia de Gustavo Petro - crédito Infobae Colombia

El constitucionalista Juan Manuel Charry le dijo a Noticias Caracol que “existen en el Código Penal dos delitos relacionados con el tema de campañas electorales: la violación de los topes y la financiación ilícita” y que la Fiscalía “puede preguntar todo lo relativo a la financiación y a los topes, y podía mencionar al presidente Gustavo Petro porque era el beneficiario de la campaña”.

Además, reparó en que Petro Burgos “podía haberse acogido a que nadie está obligado a declarar en contra de sí mismo ni contra sus familiares dentro del cuarto grado de consanguinidad. Pero él eligió declarar y está en su derecho de hacerlo”.

¿Qué se viene ahora?

El abogado Bernate le dijo a Infobae Colombia que esta denuncia, contrario a lo que dijo el presidente de la Cámara, el representante Wadith Manzur Imbet, “se debe acumular con las que ya existen, y el representante investigador determina qué otras pruebas debe realizar a fin de determinar si la investigación avanza o no” y que si “la Cámara decide formular acusación ante el Senado, podría avanzar hacia un juicio penal en la Corte Suprema de Justicia y eventualmente la indignidad del mandatario que lo separaría del cargo”.

El constitucionalista Charry señaló, en Noticias Caracol, que el futuro del presidente tiene dos sendas, una investigación en la Comisión de Investigaciones y Acusaciones de la Cámara o que el Consejo Nacional Electoral determine si se violaron, o no, los topes de financiación electoral lo que redundaría en la pérdida del cargo.

En el primer caso, Charry explicó: “La Comisión de Acusaciones tendrá que hacer la averiguación, se permitirá a las partes pedir pruebas. El presidente ya nombró un apoderado defensor, y en teoría, dentro de los 30 días siguientes (60 si hay más de un delito) se debe pronunciar la comisión para analizar si hay lugar a precluir el expediente o a presentar acusación, elaborarla y llevarla a la plenaria”.

En el segundo escenario, el constitucionalista citó el artículo 109 de la Constitución que dice “que cuando se violan los topes de una campaña electoral se pierde la investidura o se pierde el cargo. En este caso no hay delito, hay una sanción constitucional, en donde no se debate si hay dineros ilícitos o no, si hay culpabilidad o no, sino simplemente si se violaron los topes y la consecuencia jurídica es la pérdida del cargo”.

Sobre la filtración de los videos del interrogatorio de Nicolás Petro, el abogado Bernate le dijo a Infobae Colombia que “no es lo correcto que se estén filtrando partes de investigaciones, lo que se ha convertido ya en algo habitual en Colombia. Violan la reserva de la investigación y es una práctica que no debe realizarse”.

En diálogo con W Radio, el abogado Cancino reparó en que las declaraciones de Petro Burgos en los videos publicados por Semana solo habrían tenido validez si se hubiese concretado la negociación del principio de oportunidad y que estas no “no debieron ser usadas ni ver la luz”.

“Aquí hay unos funcionarios que tenían acceso a esos diálogos, una copia que solo tiene quien realiza la investigación. La norma y los criterios constitucionales son claros, todo lo que una persona diga en el tránsito de una negociación solo será válido si esta llega a un destino final”

El abogado Miguel Ángel del Río Malo, en X (antes Twitter) preguntó: “Por qué la fiscalía decide compulsar copias contra el Presidente después de una filtración a un medio de comunicación? Si la declaración fue el 2 de agosto, por qué sólo hasta ahora lo hace? Derecho penal del enemigo”.

El abogado del Río Malo
El abogado del Río Malo cuestionó la compulsa de copias que hizo la Fiscalía - @migueldelrioabg/X
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