Colombia Mayor: anuncian los pagos correspondientes al noveno ciclo de transferencias

Prosperidad Social indicó que hasta noviembre de 2023 estará nuevamente habilitada la opción de inscripción para las personas que deseen ser parte del programa nacional

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Inician los pagos correspondientes al noveno ciclo del año - crédito Prosperidad Social
Inician los pagos correspondientes al noveno ciclo del año - crédito Prosperidad Social

Desde el jueves 5 de octubre hasta el 19 del mismo mes, Prosperidad Social estará llevando a cabo los pagos del noveno ciclo del programa nacional de Colombia Mayor, que beneficiará a 1.616.494 personas de todo el territorio.

Para el ciclo de octubre, el Gobierno nacional destinó más de 143.081 millones de pesos para garantizar los pagos correspondientes a septiembre de 2023.

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Los beneficiarios del programa recibirán pagos de $80.000 a través de transferencias que realizará SuperGiros y su red aliada. Para consultar cuáles son los puntos de atención por municipio, los ciudadanos pueden ingresar al siguiente link: Colombia Mayor.

Debido a la cofinanciación por parte de la Alcaldía de Bogotá, esas personas recibirán adicionalmente $50.000. En total, la transferencia a reclamar será de 130.000 pesos.

Prosperidad Social precisó que los mayores de 90 años o aquellas que debido a su condición de salud deseen que los pagos lleguen a su casa podrán solicitar el beneficio directamente con SuperGiros.

La dependencia nacional precisó que es fundamental que los beneficiarios actualicen la información de dirección y teléfono para que los responsables de los pagos puedan coordinar el envío, garanticen la seguridad y eviten posibles fraudes o estafas.

Prosperidad Social pidió a los beneficiarios del programa que sufran alguna discapacidad a que actualicen los soportes o certificados para cumplir con la normatividad solicitada por el Gobierno nacional.

Así puede reclamar los pagos del noveno ciclo de <i>Colombia Mayor</i>

A través de un mensaje de texto, Prosperidad Social anunciará las fechas del retiro del pago asignado para el noveno ciclo. Al momento de reclamar la transferencia, la persona mayor debe manifestar en el punto asignado la intensión de solicitar el apoyo económico.

Una vez reciba el dinero, debe contarlo al frente del operador de la entidad financiera y solicitar la tirilla para verificar que el valor corresponda al recibido.

No obstante, con base en la logística del programa, estos son los criterios de priorización para las transferencias de los pagos del noveno ciclo:

  • La edad del aspirante.
  • Puntaje del Sisbén o listado censal.
  • La minusvalía o discapacidad física o mental del aspirante.
  • Personas a cargo del aspirante.
  • Ser adulto mayor que vive solo y no depende económicamente de ninguna persona.
  • Pérdida de subsidio por traslado a otro municipio.
  • Fecha de solicitud de inscripción al programa en el municipio.

Cómo se puede registrar al programa de <i>Colombia Mayor</i>

El 14 de septiembre de 2023, Prosperidad Social anunció que como medida preventiva de blindaje electoral, la entidad suspendió temporalmente las inscripciones y la asignación de nuevos cupos para el programa de Colombia Mayor, durante los ciclos 9 y 10 correspondientes a septiembre y octubre.

A su vez, señaló que las oficinas que atienden el programa en cuestión en los municipios de todo el país no están autorizadas para recibir o tramitar documentos para nuevas inscripciones durante el periodo de suspensión.

La entidad explicó la importancia de que los adultos mayores que estén interesados en ingresar al programa no se dejan engañar de quienes prometen la inscripción a cambio de un voto.

Una vez concluya la cita electoral, que se cumplirá el domingo 29 de octubre, el proceso de inscripciones se reanudará en noviembre de 2023 y seguirá siendo gratuito, sin la intervención de ningún actor político.

Quienes deseen ser parte del programa de transferencias de Colombia Mayor deben tener presente las siguientes recomendaciones:

  • Mayores colombianos.
  • Mayores que residan en el Colombia por más de 10 años.
  • Tener mínimo tres años menos de la edad que se requiere para pensionarse por vejez (Actualmente 54 años para mujeres y 59 para hombres).
  • Carecer de rentas o ingresos suficientes para subsistir.
  • Los mayores categorizados en los grupos poblacionales del Sisbén IV: A y B y C hasta el subgrupo C1.
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