El director del Instituto Para la Economía Social (Ipes), Alejandro Rivera, informó que como parte de la política pública que se implementará en la capital del país, los vendedores ambulantes de la ciudad deberán pagar por la utilización del espacio público que usualmente usan para comercializar sus productos.
Según explicó Rivera, esta medida se debe ‘‘incorporar en el siguiente plan de desarrollo de Bogotá, ya que el siguiente gobierno deberá completar y también incluir todos los aspectos”, aunque el funcionario no aclaró si hay un decreto firmado que obligue al nuevo alcalde de ciudad a implementar esta medida.
Ahora puede seguirnos en nuestro WhatsApp Channel y en Google News.
“Lo que se busca es que el espacio público sea de todos, que el peatón pueda usarlo, que se pueda usar para las ventas informales, la recreación y la cultura”, comentó Rivera en entrevista para Noticias Caracol.
¿Cuánto tendrán que pagar los vendedores informales en Bogotá?
Cifras entregadas por Rivera dan cuenta de que 90 mil vendedores ambulantes que desempeñan labores de informalidad en la capital del país deberán cancelar $24.747 en caso de seguir utilizando los espacios públicos.
Asimismo, Rivera destacó que también se hará un cobro diferente para poblaciones como mujeres madres, cabezas de familia, personas en condición de discapacidad y adultos mayores, quienes tendrán un cobro menor.
El director de la cartera culminó su intervención mencionando que la medida comenzará a implementarse desde el año 2025 en más de 10 zonas en la capital del país, con el objetivo de que estas personas sean reconocidas por la administración para hacerle frente a la problemática del comercio informal.
Cifras de trabajo informal en Colombia
El Departamento Administrativo Nacional de Estadística (Dane) dio a conocer el Boletín Técnico de Ocupación Informal para el trimestre móvil mayo - julio del 2023.
Conforme a los datos de la entidad, la proporción de ocupados informales fue 56,0%, lo que significó una disminución de 1,9 puntos porcentuales respecto al mismo trimestre del año anterior (57,8%).
Por su parte, para las 13 ciudades y áreas metropolitanas, esta proporción se ubicó en 41,6%, lo que representó una disminución de 2,3 puntos porcentuales respecto al mismo periodo del 2022 (43,9%). Para el caso del total de las 23 ciudades y áreas metropolitanas, la proporción de informalidad se ubicó en 43,0% lo que significó una disminución de 2,1 puntos porcentuales respecto al trimestre móvil mayo-julio 2022 (45,2%).
Frente a los centros poblados y rural disperso, la proporción de informalidad para el trimestre móvil mayo - julio 2023 se ubicó en 83,8%.
Por acoso de la Policía, un vendedor informal botó su puesto de comida al piso
Los hechos se presentaron en el municipio de Mariquita, en el departamento de Tolima. Cuando un vendedor ambulante, en medio de su enojo, decidió destruir y tirar su puesto de comidas al piso tras la insistencia de los policías que le solicitaron retirarse del punto de descanso de conductores en una vía principal.
La escena se hizo viral en redes sociales. En el clip, se aprecia a uno de los policías que trataba de decirle al hombre que ubicara su puesto en otro sitio, además de advertirle que no tenía que reaccionar así; frente a eso, el vendedor le argumentó al efectivo policial que justo en este punto era donde obtenía más ventas a comparación de otros sitios donde casi no pasaba gente.
La grabación ha generado controversia y un sin número de opiniones a favor y en contra, tanto del proceder de las autoridades, como de la reacción del vendedor. Pues algunos internautas afirman que la Policía debería encargarse de delitos graves, mientras que otros consideran que el espacio público debe respetarse.
¿Un vendedor ambulante puede ser multado?
De acuerdo con lo estipulado en el Código de Policía, se sanciona a las personas que ocupen el espacio público con una multa de cuatro salarios mínimos mensuales vigentes diarios. Ahora, si el ciudadano es reincidente dos o más veces, el efectivo policial debe decomisar o destruir el bien con el que incurre en la ocupación.
Pese a lo anterior, la obligación de proteger el espacio público no es absoluta cuando entra en confrontación con el derecho al trabajo y el mínimo vital, según indica la sentencia C-211 de 2017, en la que se establece que los vendedores informales, por su condición económicamente vulnerable, son un grupo de la sociedad que goza de especial protección constitucional.