En Medellín fue condenada a cuatro años de cárcel una mujer que mordió a un policía en las instalaciones del Metro de la capital antioqueña, luego de que este le reclamara por no pagar el pasaje en el sistema de transporte.
De acuerdo con lo indicado por la Fiscalía General de la Nación, la agresora identificada como Darlin María Din Zambrano, no conforme con haber mordido al uniformado, también le propinó varios golpes y lo insultó verbalmente. Por dichas acciones, un juez penal del circuito de Medellín la condenó a cuatro años en prisión por el delito de agresión a servidor público, tras la denuncia que interpuso el uniformado.
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Los hechos investigados ocurrieron en la madrugada del 26 de noviembre de 2011, en ese entonces el subintendente de la Policía Nacional recibió 12 días de incapacidad luego de haber sido agredido en la mano izquierda por una mujer quien aparentemente se molestó cuando el efectivo le hizo el llamado de atención tras sorprenderla colándose en la plataforma de la estación Caribe del Metro de Medellín.
“El uniformado recibió una mordedura en la mano izquierda que le generó una incapacidad médico-legal de 12 días”, especificó la Fiscalía en un comunicado oficial.
Según el reporte del ente acusador, a la sentenciada no se le concedió la prisión domiciliaria, decisión que fue apelada en primera instancia por la defensa ante la Sala Penal del Tribunal Superior de Medellín.
Sanciones que puede acarrear si agrede a un miembro de la fuerza pública
En Colombia, la agresión hacia un integrante la fuerza pública, como, por ejemplo, un policía, se considera un delito y está sujeto a sanciones penales; por ello, la persona agresora podría recibir una condena de hasta 8 años de prisión.
Asimismo, las sanciones también pueden incluir multas económicas, penas de privación de la libertad, entre otras medidas restrictivas, que dependerán de la gravedad de la agresión y las lesiones causadas.
De acuerdo con lo estipulado en el artículo 1º del decreto 1861 de 2017, “la fuerza pública está integrada en forma exclusiva por las Fuerzas Militares y la Policía Nacional”. No obstante, es importante dejar en claro que cuando se hace referencia a “Fuerzas Militares”, se habla netamente del Ejército Nacional, la Armada y la Fuerza Aeroespacial.
Entre las penalidades y multas por atacar a un policía o militar se encuentran:
- Penas de prisión: el artículo 43 de la Ley 1453 de 2011, se refiere a las sanciones frente a actos violentos realizados contra servidores públicos, indicando:
“El que ejerza violencia contra servidor público, por razón de sus funciones o para obligarlo a ejecutar u omitir algún acto propio de su cargo o a realizar uno contrario a sus deberes oficiales, incurrirá en prisión de cuatro (4) a ocho (8) años”.
Cabe destacar que, la Constitución Política de Colombia establece en el artículo 123, “son servidores públicos los miembros de las corporaciones públicas, los empleados y trabajadores del Estado y de sus entidades descentralizadas territorialmente y por servicios”.
- La ley 1801 de 2016, por el cual se expide el Código Nacional de Policía y Convivencia, detalla en el artículo 35 las medidas correctivas al “agredir por cualquier medio o lanzar objetos que puedan causar daño o sustancias que representen peligro a las autoridades de Policía”.
Si se presenta este caso, las multas que se impondrán a las personas por estos comportamientos son de tipo 4, es decir que les cobrarán un monto de 32 salarios mínimos diarios legales vigentes (SMDLV), junto a la participación en un programa comunitario o actividad pedagógica de convivencia.