Durante el 29 de junio, al cierre de la semana de gobierno desde La Guajira, el presidente Gustavo Petro declaró la emergencia económica y sanitaria en ese departamento. Dentro de los argumentos expuestos, sostuvo que era necesario anunciar medidas de urgencia para frenar la crisis climática y atender problemáticas estructurales como la falta de agua potable para consumo humano.
Desde esa zona, hizo un llamado a la Corte Constitucional para que atienda este llamado y lo apruebe teniendo en cuenta fallos proferidos por ese tribunal, como la sentencia T-302 de 2017 que declaró el estado de cosas inconstitucional en ese departamento.
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“Esperamos de la Corte Constitucional, que nos ha demandado, a través de sus fallos y sentencias, que hagamos lo que sea en pos de la población guajira y de sus niñas; su apoyo para sacar avante este proyecto que demandará dinero público del presupuesto nacional y bastante; pero que queremos hacer con amor porque de eso se trata el cambio”, dijo el primer mandatario desde el extremo norte de Colombia.
A pesar de esos argumentos expuestos desde el territorio y ante la Corte, existe la probabilidad de que el alto tribunal tumbe aquella declaratoria. El martes 26 de septiembre la Sala Plena estudiará la ponencia de la magistrada Natalia Ángel Cabo para determinar si Petro incurrió o no en alguna falta con este anuncio ratificado el 2 de julio a través del decreto 1085 firmado por todo su gabinete.
Los escenarios en la Corte
De hecho, el primer punto del orden del día del martes 26 en la Sala será la discusión sobre esa declaratoria y el escenario de anularla por una posible arbitrariedad del presidente. Ahora, con respecto a la ponencia de la togada Ángel, El Espectador indicó que esta propone dar un aval a la declaratoria debido a una “correcta argumentación” del Ejecutivo para anunciar medidas especiales en la zona.
De igual manera, el texto tuvo en cuenta el concepto de académicos y expertos enviados a la Corte sobre la prioridad que debe tener La Guajira para atender la crisis humanitaria y el alto riesgo que tiene por el fenómeno de El Niño y la posibilidad de declarar la calamidad pública.
En ese orden, la magistrada expuso que en ese departamento es evidente la existencia de una crisis humanitaria por la imposibilidad, en muchas partes, de acceder a los servicios públicos básicos (agua potable, energía eléctrica y conectividad). Este escenario podría agravarse ante los efectos que deje El Niño, tal como había enunciado también el Gobierno en los decretos de emergencia.
El riesgo de nulidad
A pesar de los sólidos argumentos expuestos por la magistrada en su ponencia, el diario citado también conoció en primer momento que hay togados que no aprobarán el proyecto de fallo, sino que podrían declarar inexequible la declaratoria de Petro y, en esa medida, inconstitucional. Con esto, propondrán un tiempo establecido al Gobierno nacional para mantener el estado de excepción en La Guajira; este sería de aproximadamente un año.
Dentro de los principales argumentos está el hecho de que no se pueden tomar medidas de carácter administrativo a menos que sea estrictamente necesario (como sostuvo Petro ante el alto tribunal), pues ello incurriría en una falta a la separación de poderes, toda vez que el Ejecutivo se atribuya funciones propias de la Rama Judicial.
En ese orden, los togados se cuestionaron si es realmente imprescindible atender con extrema urgencia lo que sucede en La Guajira y los efectos de EL Niño en el departamento; sin embargo, el diario mencionado señaló que preocuparía a los magistrados el hecho de que el Gobierno resuelva, con el estado de emergencia, problemas que podrían ser atendidos con una política pública.