Proyecto de ley que busca regular la muerte asistida está a punto de ser aprobado en segundo debate

De acuerdo con Humberto de la Calle, senador autor de la iniciativa, falta la discusión de diez artículos para continuar con su trámite en el Senado

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El senador consideró como un
El senador consideró como un gran avance la discusión del 90% del articulado que busca reglamentar lo emitido por la Corte Constitucional sobre el derecho a morir dignamente - crédito X/Senado de la República

Durante el martes 19 de septiembre se llevó a cabo en la Comisión Primera del Senado el segundo debate del proyecto de ley estatutaria que busca regular la muerte médica asistida. Durante la sesión fueron aprobados 52 de los 62 artículos de la iniciativa cuyo autor es Humberto de la Calle.

Luego de la discusión, el senador de la Coalición Alianza Verde y Centro Esperanza resaltó el avance del articulado a pesar de la aprobación de varias proposiciones que no modificaron en gran medida el texto, pero sí mencionaron varias precisiones sobre algunos apartados.

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Al respecto, De la Calle Lombana sostuvo que “se avanzó de manera eficaz, hemos sacado adelante el 90% de este proyecto” y explicó que, por motivos de tiempo, el debate de los artículos restantes no pudo continuar, por lo que quedaron pendientes para la siguiente sesión.

“Hemos encontrado consensos en algo que, primero es voluntario; segundo, se vincula a la dignidad de la vida. La dignidad de la muerte es un derecho fundamental reconocido en Colombia”, explicó el congresista a la salida de la sesión.

Justamente, uno de los ejes del proyecto es cumplir con el derecho de las personas a la libre determinación sobre morir de forma digna en cumplimiento, además, con lo proferido por la Corte Constitucional en la decisión tomada el 11 de mayo de 2022 sobre la despenalización de esta práctica.

A pesar del avance, el senador manifestó que la discusión que resta será álgida para sacar adelante los diez artículos que quedan, especialmente el relacionado con la objeción de conciencia. Si bien ratificó que estaba “plenamente garantizada” en la iniciativa, expuso que se debe impedir la objeción de conciencia institucional.

“Estrictamente, las instituciones no tienen conciencia, perdón que lo diga de esa manera, pero es para que quede claro (...) Este proyecto no crea ese derecho y tampoco, en mi opinión, lo creó la Corte —Constitucional–”, argumentó De la Calle durante su intervención en debate. También sostuvo que el contenido del proyecto no es nuevo, sino que fue producto de documentación ya discutida sobre la muerte médicamente asistida.

Concretamente, la iniciativa también plantea una regulación de las garantías, procesos y accesibilidad a este derecho en los centros médicos del país. El alto tribunal lo aprobó, pero dejó en manos del Legislativo la reglamentación.

Por su parte, María José Pizarro, del Pacto Histórico, manifestó su apoyo al articulado y la relación que tiene el derecho a elegir sobre su vida con el libre desarrollo de la personalidad.

¿Qué es una vida digna? Pues bueno, es tener autonomía, vivir con salud y tener la capacidad de decidir y es tener la independencia para poder tomar esas decisiones y vivir la propia vida”, explicó la senadora de la coalición de Gobierno.

El día de la presentación de la ponencia, De la Calle reconoció que esta es “polémica”, pero que justamente por esa razón se tiene que discutir su aprobación sin dogmas ni intereses políticos; “tomando en cuenta, eso sí, que la Corte ha exhortado varias veces al Congreso para cumplir con el deber de completar el estatuto que hoy existe, sobre todo de origen jurisprudencial en la muerte digna y médicamente asistida”.

Muerte asistida y eutanasia no son lo mismo

El Suicidio Médicamente Asistido tiene como característica principal que es el mismo ciudadano solicitante quien ejecuta las acciones necesarias para su deceso. En este escenario, el profesional médico cumple con un rol de acompañante y asesor para la muerte digna.

La eutanasia, en cambio, el médico es quien causa la muerte del paciente. A pesar de las diferencias, las dos prácticas buscan la muerte de quien la pide siempre y cuando cumpla con los requisitos legales.

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