Alcaldesa de Santa Marta no irá a la cárcel: decretan nula la condena en su contra

Por presunta omisión de un fallo de tutela, la mandataria y dos personas de su equipo de trabajo habían sido sancionadas con medida privativa de la libertad y multa económica

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Un juzgado revisó la decisión de primera instancia y declaró inválido todo lo proferido en el proceso, a partir del 14 de agosto del 2023 - crédito Alcaldía Santa Marta
Un juzgado revisó la decisión de primera instancia y declaró inválido todo lo proferido en el proceso, a partir del 14 de agosto del 2023 - crédito Alcaldía Santa Marta

El Juzgado Segundo Penal del Circuito para Adolescentes con función de conocimiento de Santa Marta decretó la nulidad de todo lo actuado dentro del incidente de desacato al que habrían incurrido la alcaldesa de Virna Johnson; el secretario de Educación, Deiby Cotes Mier y el gerente de Infraestructura del Distrito.

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El incidente de desacato se registró luego de que los funcionarios desconocieran un fallo de tutela, proferido el 24 de julio de 2023 por el Juzgado Primero Penal Municipal para Adolescentes del municipio, dando la razón a la Personería Distrital sobre una denuncia que alertaba del riesgo de colapso de al menos el 50% de la infraestructura del colegio El Carmen.

Por presunta omisión en el cumplimiento de la sentencia, los tres funcionarios fueron condenados a cinco días de cárcel y una multa de $5.800.000 cada uno.

Sin embargo, el Juzgado Segundo revisó la decisión de primera instancia y declaró inválido todo lo proferido en el proceso, a partir del 14 de agosto del 2023.

Esta nulidad deja libre de cargos a los funcionarios que habían sido procesados por irregularidades en las obras de infraestructura del plantel educativo y omisión del fallo de tutela. Desde el juzgado afirman que se demostraron las acciones adelantadas por el Distrito con la finalidad de darle cabal cumplimiento a lo ordenado.

La alcaldesa de Santa Marta, Virna Johnson, aseguró: “Desde la Alcaldía hemos adelantado las gestiones para mejorar la infraestructura de este colegio y cumplir con lo ordenado por el juez. El objetivo de esta Alcaldía siempre será el beneficio de la comunidad educativa, por la que hemos trabajado sin descanso estos últimos años”.

Sentencia del Juzgado Segundo Penal del Circuito para Adolescentes con función de conocimiento de Santa Marta- crédito @VirnaJohnson/X
Sentencia del Juzgado Segundo Penal del Circuito para Adolescentes con función de conocimiento de Santa Marta- crédito @VirnaJohnson/X
La sentencia de tutela ordenaba a la Alcaldía de Santa Marta adelantar todas las gestiones administrativas y financieras necesarias para reparar la infraestructura escolar del colegio El Carmen- crédito @VirnaJohnson/X
La sentencia de tutela ordenaba a la Alcaldía de Santa Marta adelantar todas las gestiones administrativas y financieras necesarias para reparar la infraestructura escolar del colegio El Carmen- crédito @VirnaJohnson/X

El fallo de tutela que puso en aprietos a la administración local tiene su origen en una queja interpuesta por el personero distrital de Santa Marta, Edwar Orozco Oñate, que después de varias visitas de inspección pudo determinar que la Institución Educativa Distrital El Carmen operaba con apenas la mitad de su capacidad instalada.

Además, el ente de control también reportó una amenaza por el desplome de algunas partes de la edificación, específicamente del segundo piso y parte del primero del plantel educativo. Después de los hallazgos, a través de una acción constitucional de tutela, la Personería de Santa Marta pidió al Juzgado Primero Penal Municipal para Adolescentes que se garantizara la protección de los derechos de los jóvenes estudiantes que asisten a este colegio.

En julio de 2023, un juez ordenó Alcaldía Distrital, la Secretaría de Educación y la Gerencia de Infraestructura Distrital de Santa Marta, además del rector de la Institución Educativa El Carmen, tomar medidas urgentes para priorizar la educación y la seguridad de los estudiantes.

Parte de las acciones ordenadas, incluían adelantar todas las gestiones administrativas y financieras necesarias para reparar la infraestructura escolar.

Pero, después de cumplirse más de un mes desde la sentencia en primera instancia, los funcionarios no presentaron pruebas suficientes de lo gestionado ante el juzgado, lo que llevó a la decisión del despacho de condenarlos con medida intramural e imponerles una sanción económica.

En su momento, el personero Edwar Orozco resaltó la decisión que consideró como histórica, afirmando que su “deber es velar por los derechos de todos los ciudadanos, especialmente de los más vulnerables, como los niños y adolescentes”.

El personero fue enfático en decir que, para garantizar los derechos fundamentales de los estudiantes: “No podemos permitir que sigan estudiando en condiciones precarias que ponen en riesgo sus vidas y su futuro. Esta orden judicial es un paso crucial hacia la protección de sus derechos y la mejora de su educación”.

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