Género no binario fue reconocido en el pasaporte colombiano

Desde el miércoles 23 de agosto se encuentra habilitada la categoría “X” para señalar que el ciudadano no se identifica con los estereotipos tradicionales (masculino - femenino)

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Dichas acciones fueron resaltadas por
Dichas acciones fueron resaltadas por la Cancillería Colombiana como pasos importantes para el reconocimiento y garantía de las diversidades sexuales y de género de los sujetos que habitan y coexisten en el país - crédito Infobae

A partir de un reconocimiento a la diversidad, la Cancillería Colombiana actualizó las categorías de género, incluyendo una “X” en el pasaporte, el cual reconoce a las personas no binarias, que no se identifican con los estereotipos tradicionales (masculino - femenino).

El Ministerio de Relaciones Exteriores precisó que la nueva implementación se registró debido al cumplimiento de la sentencia T-033 de 2022, en concordancia con la política exterior feministas del Gobierno nacional. Además de los estándares implementados por la Organización Internacional de Aviación Civil (Oaci), por medio de parametrización del Sistema Integral de Trámites al Ciudadano (SITAC) y el proceso de impresión de los pasaportes.

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Dichas acciones fueron resaltadas por la entidad nacional como pasos importantes para el reconocimiento y garantía de las diversidades sexuales y de género de los sujetos que habitan y coexisten en el país.

“Desde ya, los ciudadanos y ciudadanas colombianas y colombianos pueden ejercer este derecho en las oficinas de Pasaportes de la Cancillería, un lugar de puertas abiertas”, destacó la Cancillería.

Desde cuándo está vigente el cambio de categoría no binaria

Con base en el Ministerio de Relaciones Exteriores, desde el miércoles 23 de agosto se encuentra habilitada la categoría “X” para señalar que el ciudadano se identifica como no binario, que se puede efectuar en las oficinas de la Cancillería, en las gobernaciones y en los consulados en el exterior.

Cuánto cuesta el trámite de expedición del pasaporte colombiano

Este documento es esencial para los colombianos que desean viajar y conocer nuevos territorios. Según la Cancillería, el documento acredita la identificación y nacionalidad en el exterior, cuando la persona decide salir de Colombia.

Además, dicho documento puede ser solicitado por aspectos educativos, de trabajo, de ocio, turismo, entre otros motivos, por todos los ciudadanos colombianos, sin importar que sean mayores o menores de edad.

No obstante, existe una variedad de este documento que debe tenerse presente antes de efectuar el proceso de tramitación, los cuales son:

  • Ordinario: cuenta con 32 páginas y es otorgado para una vigencia de diez años. Este documento tiene un costo de $121.000 en Bogotá y de $185.000 fuera de la ciudad, más el impuesto al trámite que es de $64.000.
  • Ejecutivo: como en el caso anterior, tiene validez de diez años, pero posee mayor 48 páginas. Este documento tiene un costo de $216.500 en Bogotá y de $280.500 fuera de la ciudad, más el impuesto al trámite que es de $64.000.
  • Emergencia: este pasaporte será expedido en situaciones de extrema necesidad, donde sea necesario salvaguardar derechos inalienables de la persona como son la vida, la salud y la integridad. Cuenta con ocho páginas y una vigencia de siete meses. Este documento tiene un costo de $170.000 en Bogotá y de $170.000 fuera de la ciudad.
  • Fronterizo: la Cancillería por medio de las Misiones Diplomáticas expedirá este pasaporte, con 28 páginas y una validez de diez años, a los colombianos que se encuentren en Brasil, Ecuador, Panamá, Perú y Venezuela.
  • Exento: con una vigencia de 30 días, es entregado a deportados, expulsados, repatriados, polizones, en casos donde el pasaporte fue anulado, y otras situaciones de fuerza mayor.

Requisitos de solicitud:

  • Diligencia la solicitud en línea
  • Solicite su cita
  • El día que deba presentarse recuerde llevar los documentos requeridos para el trámite.
  • Presente el documento original (cédula de ciudadanía o contraseña expedida por la Registraduría Nacional).
  • En caso de contarlo, presente el pasaporte anterior.
  • Cuando el Registro Civil de Nacimiento y/o la cédula de ciudadanía se obtuvo de manera extemporánea, la persona deberá presentar los registros civiles de nacimiento y/o defunción colombianos necesarios, que permitan acreditar la forma en que se adquirió la nacionalidad.
  • En el caso de un menor de edad
    • El menor debe estar acompañado por uno de sus padres o representante legal.
    • Registro civil de fusión en cado que uno de los padres del menos haya fallecido.
    • Poder especial otorgado por los dos padres a un tercer, ante un notario o juez, acompañado con la copia de los documentos de los dos padres.
    • Diligenciar la solicitud.
    • Solicite la cita.
    • Presentar a la cita programada con el menor de edad y aportar los documentos requeridos para el trámite.
    • Presentar copia auténtica del registro civil de nacimiento de menor expedido por el notario.

Si la persona se encuentra en Colombia, puede realizar su trámite en las oficinas de la Cancillería ubicadas en Bogotá o en las gobernaciones autorizadas por el ministerio:

  • Norte: Avenida 19 No. 98-03, Edificio Torre 100 piso 1 y 2. Horario de solicitud: lunes a viernes de 7:00 a. m. a 3:00 p. m. Horario de entrega: lunes a viernes de 8:00 a. m. a 3:00 p. m.
  • Calle 53: Calle 53 No 10-60/46, Piso 2. Horario de solicitud y entrega: lunes a viernes de 7:00 a. m. a 3:00 p. m.
  • Centro: Calle 24 No. 37 - 98 sector Corferias. Horario de solicitud y entrega: lunes a viernes de 7:00 a. m. a 3:00 p. m.
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