Qué mejor reflejo de una sociedad que sus medios de transporte y cómo se comportan quienes hacen uso de ellos, de manera frecuente. Para el caso de Bogotá, el primero en la lista, por número de usuarios y viajes, es TransMilenio.
Y es que, en sus más de 1.114 kilómetros de vías, a diario, se movilizan cerca de dos millones de bogotanos, entre ellos, locales y turistas que lidian con reducciones de movilidad temporales o condiciones auditivas, cognitivas, mentales, motrices, múltiple o visuales, definitivas.
Para ellos fueron diseñadas las sillas preferenciales que, se diferencian del resto por ser de color azul. Además, según indica el manual de usuario de TransMilenio, cuando una persona en condición de discapacidad o con movilidad reducida aborde un bus articulado, es obligación de los demás pasajeros ofrecerse a ayudarlo.
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Pero, rara vez ocurre al pie de la letra. Cuenta de ello un video que se hizo viral a finales de agosto (2023) en la red social X –antes conocida como Twitter– en el que una mujer de la tercera edad se ve obligada a transportarse de pie, agarrada de un tubo, ante la mirada indiferente de otros usuarios.

“¿Quién debería ceder la silla, la que graba o la que se hace la dormida?”, se pregunta la cuenta que compartió la pieza a manera de denuncia. Lo que generó opiniones divididas; ya que, la joven que “iba haciéndose la dormida” estaba sentada en una silla de color rojo.
“Si pagaron el pasaje, ninguna de las dos. Para eso hay sillas azules”, señaló uno de los usuarios que se sumó a la conversación; mientras, la gran mayoría inició un debate alrededor del deber ser de los pasajeros.
El primer bando insistía en que “no es deber de nadie ceder o no la silla, existimos jóvenes que trabajamos y estudiamos al tiempo, el cuerpo, aunque sea joven, se cansa”. Y del lado contrario, sugerían que era una muestra clara de “falta de empatía”.
¿Qué dice el manual del usuario?
El manual del usuario de TransMilenio, en el apartado: “Guía para interactuar con usuarios con discapacidad en el Sistema”, detalla que las sillas azules de son uso preferencial, para personas en condición de discapacidad o movilidad reducida.
Es decir, si bien no son de uso único, quienes decidan utilizarlas deben estar atentos; ya que, en caso de que una persona con discapacidad visual, discapacidad auditiva, discapacidad psicosocial, discapacidad mental, sordoceguera, discapacidad múltiple, discapacidad física o de la tercera edad, en estado de embarazo, con bebe en brazos, niños, coches o inmovilizaciones temporales aborde, es su obligación ceder el asiento.
Pero, incluso, el manual señala que “todas las sillas (sin importar su color) son de uso prioritario para mujeres gestantes, personas mayores, adultos con niños de brazos, niños menores de 7 años y personas con discapacidad o movilidad reducida”.
Así que, no es solo una obligación moral, sino también una obligación basada en la normativa ceder el asiento, sin importar su color, cuando una persona lo necesita.
¿Pueden multarme si no cedo mi asiento?
Existen vacíos legales al respecto. Y es que, si bien el Código Nacional de Policía, en su Artículo 146 “Comportamientos contrarios a la convivencia en los sistemas de transporte motorizados o servicio público de transporte masivo de pasajeros”, numeral 10, literal H incluye: “Contravenir las obligaciones que se determinen en los reglamentos y/o manuales de uso y operación, que establezcan las autoridades encargadas al respecto”; el Marco normativo Código Nacional de Policía y Convivencia no estipula una multa para este caso en específico.
Así que, en este, como en muchos otros escenarios, no hay una sanción que dicte el comportamiento humano, pero sí un deber moral de quienes utilizan el servicio de transporte masivo de Bogotá.
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