Otro político en problemas por el “cartel de la toga”: el exrepresentante Julio Eugenio Gallardo fue imputado por la Procuraduría

El ente de control indicó que el excongresista le habría ofrecido $200 millones al exmagistrado José Leonidas Busto por amañar un fallo judicial

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Procuraduría formuló cargos al exrepresentante a la Cámara Julio Eugenio Gallardo Archbold - crédito Cámara de Representantes
Procuraduría formuló cargos al exrepresentante a la Cámara Julio Eugenio Gallardo Archbold - crédito Cámara de Representantes

La Procuraduría General de la Nación formuló cargos al exrepresentante a la Cámara Julio Eugenio Gallardo Archbold (2014 - 2018), por el presunto pago indebido de $200 millones al entonces magistrado de la Corte Suprema de Justicia José Leónidas Bustos Martínez, a cambio de obtener una decisión favorable en un proceso penal.

Dentro del caso conocido como el ‘cartel de la toga’ la Sala de Instrucción Disciplinaria indicó que el parlamentario supuestamente hizo llegar el monto referido a través del exfiscal Luis Gustavo Moreno Rivera, con lo que se pudo materializar un cohecho por dar u ofrecer.

La Entidad señaló que, al parecer, Gallardo Archbold se desvió del cumplimiento de sus deberes y afectó de manera grave el recto ejercicio de la función pública, al buscar incidir en las decisiones de los administradores de justicia.

Igualmente el ente de control adujo que el presunto comportamiento del excongresista estuvo provisto de ilicitud sustancial, con lo que pudo infringir el principio de moralidad, por lo que calificó su posible conducta como falta gravísima cometida a título de dolo.

Gallardo Archbold también es investigado por la Corte Suprema de Justicia por el presunto delito de enriquecimiento ilícito de servidor público. La investigación se centra en un supuesto incremento patrimonial injustificado que habría tenido lugar entre los años 2007 y 2020.

La acusación de la Fiscalía General

Del mismo modo, la Fiscalía había solicitado al excongresista Gallardo Archbold 72 meses de prisión sin beneficios judiciales para el que es llamado el hombre más poderoso de San Andrés. Esta petición había sido aceptada por un juez penal del circuito de Bogotá que emitió el sentido de fallo condenatorio por la entrega de dádivas para favorecimiento en un proceso legal.

Vale recordar que Gallardo Archbold es socio del esposo de la exvicepresidenta y excanciller Marta Lucía Ramírez en el proyecto hotelero Grand Sirenis en San Andrés y del que es accionista la funcionaria.

El delito por el que es acusado es cohecho y lo habría cometido cuando, según el ente investigador, entregó 200 millones de pesos a Luis Gustavo Moreno, exfiscal anticorrupción, nombrado por Néstor Humberto Martínez y quien también fue acusado, precisamente, por corrupción.

Esa suma se habría entregado entre los años 2014 y 2015, para que tanto el exfiscal, como el exmagistrado José Leonidas Bustos, guiaran a Julio Eugenio Gallardo Archbold en la redacción de su defensa ante la Corte Suprema de Justicia, según señaló el ente investigador.

La Fiscalía estableció que el excongresista sostuvo reuniones con el abogado Luis Gustavo Moreno Rivera, entre 2014 y 2015, y le entregó $200′000.000 para que intercediera y buscara la forma de favorecerlo en un proceso penal que seguía en su contra”, explicó el ente acusador.

De acuerdo con la entidad, en el desarrollo de la investigación se conoció que esos recursos fueron repartidos entre el exfiscal Moreno Rivera y el entonces magistrado de la Corte Suprema de Justicia, con la promesa de que se tomarían decisiones a favor del exrepresentante a la Cámara por San Andrés Islas, Julio Eugenio Gallardo Archbold.

La absolución de la Corte Suprema de Justicia por el delito de peculado

Sin embargo, la Corte Suprema de Justicia había absuelto al exrepresentante a la Cámara del delito de peculado por apropiación, en concurso homogéneo y sucesivo, por el cual había sido acusado.

A juicio de la Sala Especial de Primera Instancia la cuantificación de los honorarios fue realizada siguiendo los criterios previstos para tal efecto, sin que existieran elementos suficientes que permitieran determinar sobrecosto o detrimento patrimonial en dicha contratación.

Según la decisión tampoco se demostró actuar doloso de Gallardo Archbold. Y frente a los contratos 382 de 2005 y el 10 de 2006, advierte que no se logró acreditar que el acusado los hubiese suscrito con conocimiento y voluntad de disponer de recursos estatales a favor de terceros.

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