El jueves 24 de agosto de 2023, la ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez, radicó el proyecto de reforma laboral en la Secretaría General de la Cámara de Representantes. El texto contiene 92 artículos en los cuales se abarcan múltiples cambios, entre los que se encuentran las modificaciones relacionadas con los recargos nocturnos y con los horarios de la jornada nocturna, como otros que se mantienen igual que en la primera iniciativa.
Entre las directrices que impactarán a los trabajadores está la manera en que se calcularán los recargos, horas extras u otros adicionales que deben ser pagados por la empresa al trabajador. En la nueva versión de la iniciativa se propone que el trabajo diurno sea entre las 6:00 a. m. a las 7:00 p. m., mientras que el trabajo nocturno sería de 7:00 p. m. hasta las 6:00 a. m.
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En la actualidad, la jornada nocturna está establecida desde las 9:00 p. m., por lo que el articulado precisa que el trabajador “tendrá derecho a al pago de recargo nocturno”, detalla. Por lo que si su jornada se extiende después de las 7 de la noche tendrá un 35% sobre el valor ordinario de la hora, como señala el actual Código Sustantivo del Trabajo.
Respecto a los cobros dominicales y festivos, si se aprueba la reforma como se propuso, los trabajadores podrían cobrar el recargo dominical y festivo sobre un 100% del valor de la hora ordinaria, lo que quiere decir que si el empleado labora un domingo o un día de fiesta ganará al doble de un salario diario legal vigente. En la actualidad esta se paga sobre un recargo del 75%.
Los cambios para el proyecto se harán de forma gradual de la siguiente manera:
- A partir de julio de 2024, se incrementaría el recargo por laborar en día de descanso obligatorio o de fiesta a 80%.
- A partir de julio de 2025, se incrementaría el recargo por laborar en día de descanso obligatorio o día de fiesta a 90%.
- A partir de julio de 2026, todas las empresas ya tendrían que ceñirse al 100% de recargo.
La iniciativa que ha sido una de las banderas del presidente de la República, Gustavo Petro, ya permanece en la Comisión Séptima de la corporación y deberá afrontar cuatro debates antes de ser sancionada como ley.
Algunas de las medidas más importantes del proyecto de reforma laboral
Las novedades que se implementarían en el proyecto es con el objetivo de “adoptar una reforma laboral para el trabajo digno y decente en Colombia”.
Uno de los sectores que registrará cambios será el de los repartidores de plataformas. Las personas que cumplan este tipo de oficios podrán trabajar autónomamente y no deberán ser necesariamente contratados por las empresas, como se había planteado en un comienzo.
Para ello, los domiciliarios de plataformas digitales deberán acogerse a que la empresa a la que estén adscritas cancele el 60% de la salud y pensión, así como que las compañías regulen el derecho al descanso para sus empleados. Sin embargo, las medidas le permiten a las firmas contratar personal en la modalidad de tiempo parcial.
De igual forma, el conjunto de puntos expuestos en el texto radicado por la ministra Ramírez beneficiaría a los tenderos de barrio, teniendo en cuenta que la reforma da vía libre a la contratación a tiempo parcial, pero solo en negocios que cuenten con personal de hasta nueve personas. De esta manera, ellos podrán hacer el pago de la cotización de salud y pensión de sus trabajadores, haciendo una conversión del tiempo trabajado en semanas a final de cada mes.