Lote de DMG en la autopista Norte en Bogotá ya tiene dueño: Consejo de Estado falló sobre esa propiedad

El Alto Tribunal determinó que la firma Inversiones López Piñeros tendrá que pagarle una suma millonaria a la Nación

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Sede de DMG en la
Sede de DMG en la autopista Norte de Bogotá. Foto: Archivo

Desde 2012 no se conocía cuál iba a ser el futuro del lote que perteneció a la pirámide DMG, y que está ubicado en la autopista Norte de Bogotá. Ahora el Consejo de Estado emitió un fallo al respecto.

Inversiones López Piñeros Ltda. había adquirido el 51% del ese lote, conocido como Las Mercedes, e interpuso un proceso de reparación directa por 29.000 millones de pesos por el contrato de compraventa del bien. Sin embargo, para la Fiscalía el pago de compraventa se habría hecho con recursos de la pirámide, y por eso ordenó el secuestro del bien hace 11 años.

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Ahora el Consejo de Estado tuvo en cuenta el señalamiento de la Fiscalía, que agregaba que cuando se destapó el escándalo de la pirámide, ese bien pertenecía DMG. Por esa razón se falló a favor de la Superintendencia de Sociedades, y la firma Inversiones López tendrá que pagarle esa suma millonaria a la Nación.

Inversiones López Piñeros había alegado un error jurisdiccional de la Superintendencia de Sociedades, porque se había solicitado la inscripción en el folio matrícula inmobiliaria de una medida que no existió, y también una falla en el servicio de la Superintendencia de Notariado y Registro, por no exigir los soportes jurídicos para el registro.

Así mismo, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca en 2017 había negado las pretensiones de esta misma firma, al estimar que no se probó el daño, porque la causa de pérdida de disposición del inmueble Las Mercedes fue anterior a la anotación de la decisión del Consejo de Estado.

Lo que recuperó Supersociedades

En febrero de 2023 la Superintendencia de Sociedades informó que se habían reconocido a 193.302 personas afectadas que habían invertido en DMG y cuyas reclamaciones ascendieron a un poco más de un billón de pesos (exactamente son $1.041.631.416.623).

“Entre dineros y activos, en la medida de intervención de toma de posesión, se lograron aprehender $57.284.032.037,07, mientras que durante la medida de intervención de liquidación judicial se han puesto a disposición del proceso activos por valor de $107.243.396.040″, indicó la entidad.

Con respecto a los bienes de Transval LTDA, sociedad transportadora de valores intervenida por los vínculos con la captación no autorizada de dineros por DMG Grupo Holding SA, se encontraron 808 bienes muebles por valor de $83.481.858, cuatro bienes inmuebles avaluados en $1.165.897.500 y se recaudaron dineros en efectivo por $9.385.904.96.

Del monto reconocido a los afectados, con los dineros y activos aprehendidos en el proceso –incluyendo los antes mencionados de Transval LTDA–, se devolvieron $96.969.092.137, discriminados así: $41.548.190.590 en la medida de toma de posesión y $55.420.901.547 a lo largo de la liquidación judicial como medida de intervención.

La solicitud de recusación

La la Superintendencia de Sociedades advirtió que el proceso de intervención se había suspendido por la presentación de una solicitud de recusación contra el juez del proceso, que se fundamentó en supuestas denuncias penales y quejas disciplinarias presentadas por el mismo solicitante contra el señalado operador judicial.

La entidad recordó que la recusación es una figura jurídica que tiene como propósito determinar si existe alguna circunstancia que pueda afectar la imparcialidad o la independencia de los jueces y trae como consecuencia legal la suspensión del proceso.

Al resolver la recusación, el juez del proceso no la aceptó y la remitió, para conocimiento, a la Sala Civil del Tribunal Superior de Bogotá. Esta corporación, por medio de Auto de 7 de marzo de 2023, la declaró infundada, razón por la cual el proceso ya no se encuentra suspendido.

De este modo, el superintendente de Sociedades, Billy Escobar Pérez, sostuvo que “la rendición de cuentas de la medida de toma de posesión y todos los inventarios y avalúos han sido sometidos a traslado dentro del proceso y las providencias de adjudicación fueron susceptibles de recursos”.

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