JEP abrió incidente de desacato contra el Ministerio del Interior por incumplir medidas cautelares sobre el Canal del Dique

La decisión fue tomada contra tres funcionarios de la cartera por no entregar la documentación requerida para determinar los lineamientos para protocolos de protección de cuerpos de personas desaparecidas en medio del conflicto

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Desde 2022 fueron anunciadas medidas cautelares para proteger el megaproyecto del Canal del Dique ante la posible presencia de cuerpos de personas desaparecidas en el conflicto armado.  
Foto: Ministerio de Transporte.
Desde 2022 fueron anunciadas medidas cautelares para proteger el megaproyecto del Canal del Dique ante la posible presencia de cuerpos de personas desaparecidas en el conflicto armado. Foto: Ministerio de Transporte.

A través del auto AT-307 de 2023, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) abrió un incidente de desacato contra tres altos funcionarios del Ministerio del Interior por no acatar las medidas cautelares decretadas para la protección del Canal del Dique ante posibles hallazgos de cuerpos de personas reportadas como desaparecidas durante el conflicto armado.

De acuerdo con la Sección de Primera Instancia para casos de Ausencia de Reconocimiento, el trámite incidental inició contra Víctor Hugo Moreno, cabeza de la Dirección de Asuntos para las comunidades negras, raizales y palenqueras; Horacio Guerrero García, quien está al frente de la dirección de asuntos indígenas, ROM y minorías, y Álvaro Echeverry Londoño, director de Autoridad Nacional y Consulta Previa.

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Para el tribunal de justicia transicional, los encargados de dichas áreas trasladaron sus funciones a otras dependencias, evadiendo así las responsabilidades determinadas por la magistratura en el sentido de enviar la documentación requerida a las entidades que conforman la Mesa Interinstitucional.

En otras palabras, las direcciones de la cartera del Interior sí enviaron sus conceptos a los organismos correspondientes, pero no atendieron lo estipulado en el auto de medidas cautelares.

“No se trata, como lo manifestó uno de los representantes del Ministerio en la Mesa, de limitarse a indicar que todos los proyectos deben surtir consulta previa, sino de señalar los derroteros que han de considerarse, a la luz de la experiencia propia de las Direcciones, para que los Lineamientos tengan en cuenta los enfoques diferenciales en todas sus etapas (tanto diseño como ejecución), y atiendan a las particularidades de los procesos de búsqueda”, explicó la Sección de Ausencia de Reconocimiento.

Así las cosas, los documentos entregados por las direcciones de la cartera son apenas “comentarios esporádicos” que no pueden ser catalogados como aportes reales para la construcción de lineamientos para los protocolos de salvaguardia y protección de cuerpos no identificados de presuntas víctimas del conflicto armado y que podrían estar en el Canal del Dique.

Las medidas cautelares establecieron un plazo de seis meses a partir de su promulgación (julio de 2022) para la construcción de aquellos parámetros en la Mesa Interinstitucional de Articulación conformada por entidades como la Agencia Nacional de Infraestructura (encargada de paso de la Secretaría Técnica), la Fiscalía, Medicina Legal, el Ministerio de Ambiente y la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (Anla).

Ese documento debía contar con un mecanismo de evaluación de impactos sociales y ambientales. También tenía que incluir una ruta de participación de las comunidades interesadas en el proyecto. Entre noviembre de 2022 y abril de 2023 se llevaron a cabo tres mesas interinstitucionales para cumplir con varios apartados de las medidas.

En medio de una de las mesas adelantadas en marzo, la JEP y la Procuraduría llamaron la atención del Ministerio del Interior ante una “falta de comprensión de su papel en la Mesa y de los alcances de sus propias competencias”.

Así las cosas, la Sección abrió el incidente bajo el argumento de resaltar la importancia de asegurar una plena competencia y funcionamiento de la administración de justicia y la garantía de los derechos de las víctimas. La información aportada por esta cartera es “imprescindible” para la construcción de los lineamientos.

Con esta decisión, los tres directores tendrán un plazo perentorio e improrrogable de cinco días hábiles para que envíen a la Sección de Ausencia de Reconocimiento las razones de su desacuerdo con el trámite. “La falta de respuesta por parte de las entidades se erige en un obstáculo para la satisfacción de los derechos de quienes acuden a la Jurisdicción”, manifestó la JEP en el auto.

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