Conductores de autos híbridos en Medellín tendrán hasta el 19 de septiembre para registrar el vehículo: así puede hacerlo

Además de estar exentos de la medida del pico y placa, esos automóviles también podrán circular durante las estrategias del día sin carro y otras restricciones vehiculares

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Foto: Alcaldía de Medellín.
La ley no cobija a los vehículos híbridos eléctricos, por lo que los conductores deben registrarse para acceder al beneficio de la exención. Foto: Alcaldía de Medellín.

La Secretaría de Movilidad de Medellín anunció que, hasta el 19 de septiembre de 2023, los propietarios de vehículos eléctricos o híbridos que circulan en la ciudad y que no han realizado el registro del automotor, tendrán la opción de hacer el proceso para obtener la exoneración de la medida del pico y placa.

Según lo destacó la dependencia, la exoneración tendrá una duración de 12 meses, a partir del día del registro. Hasta esa fecha no recibirán comparendos pedagógicos, multas, ni fotodetecciones por incumplimiento de dicha restricción.

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El subsecretario de Seguridad Vial y Control, Ales Giovanny Arias Jiménez, invitó a los propietarios de dichos vehículos, que no han realizado el proceso de registro, a que no dejen ese trámite para última hora.

“De esa manera, sigan disfrutando de las vías de la ciudad, en medio de un ejercicio de corresponsabilidad, aportando en la construcción de la Ecociudad que merecemos”, añadió el funcionario.

Para que los vehículos queden exentos del pico y placa los conductores deben contar con la solicitud previa, copia de la licencia de conducción y del documento de identidad, o en su efecto, el certificado de existencia del propietario.

Así puede efectuar el registro del vehículo

Antes de realizar el registro la entidad de Movilidad aclaró que solo los híbridos eléctricos deben efectuar el trámite para poder transitar durante la medida del pico y placa durante un año, ya que, ese beneficio no aplica para híbridos a gas o 100% eléctricos que gozan con la opción de inscripción previa.

Para llevar a cabo el trámite es necesario seguir los siguientes pasos:

  • Ingrese a la siguiente página web: tramites-y-servicios/exencion-de-pico-y-placatramites-y-servicios/exencion-de-pico-y-placa.
  • Selecciones la opción “5″ de excepción para autos.
  • Cargue cada uno de los requisitos:
    • Inscripción previa: es una carta donde se haga la solicitud
    • Copia de la licencia de tránsito del vehículo
    • Copia del documento de identidad o del certificado de existencia y representación del propietario del vehículo
  • Complete y envíe el formulario de inscripción
  • Posteriormente, recibirán el número de radicado con el que se dará trámite a la solicitud
  • El trámite es totalmente virtual
  • Una vez reciba la respuesta que otorga la extensión del pico y placa, el vehículo podrá circular libremente por las vías de Medellín
  • La inscripción no implica directamente la exención de la medida del pico y placa, por lo que el conductor debe esperar la respuesta por parte de la Secretaría de Movilidad de Medellín, que verificará la información

Por qué en necesario realizar el trámite

De acuerdo con el Decreto 0644 del 14 de julio de 2023, el distrito estableció la rotación de la medida de pico y placa para el segundo semestre del presente año, además de, implementar por primera vez la excepción para ese tipo de vehículos.

“Por lo que por medio de una adición a ese decreto, se declaró un periodo prudencial en que los ciudadanos podrán realizar el trámite para el registro de la exoneración, tiempo durante el cual estos vehículos podrán circular exentos de la medida de pico y placa”, explicó la Secretaría de Movilidad.

La dependencia añadió que el trámite se debe efectuar, puesto que el artículo 6 de la Ley 1964 de 2019, establece que solo los vehículos eléctricos o cero contaminantes están exentos del pico y placa, del día sin carro y otras restricciones vehiculares.

En otras palabras, la ley no cobija a los vehículos híbridos eléctricos, por lo que los conductores deben registrarse para acceder al beneficio de la exención.

A su vez, la Secretaría de Movilidad señaló que “el Runt es un Sistema de Información, más no una autoridad de tránsito, por lo que estar inscrito en él, no hace automáticamente al vehículo y su propietario sujetos con derechos adicionales a los de cualquier otro ciudadano”.

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