Procuradora Margarita Cabello presentará acción de tutela por incumplimiento al fallo para sancionar a elegidos por voto popular

Este anuncio lo realizó la alta funcionaria durante las últimas horas

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Acción de tutela por parte de la procuradora por incumplimiento al fallo para sancionar a elegidos por voto popular. | Foto: Camila Díaz/Colprensa
Acción de tutela por parte de la procuradora por incumplimiento al fallo para sancionar a elegidos por voto popular. | Foto: Camila Díaz/Colprensa

En las últimas horas, la procuradora Margarita Cabello anunció que presentará una acción de tutela por el incumplimiento al fallo de la Corte Constitucional con la reforma al Ministerio Público para sancionar a elegidos por voto popular.

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De acuerdo con Cabello la decisión será anunciada en los próximos días. “Y con esas decisiones en firme en varias partes del país, al igual que las del Consejo de Estado, estamos listos para presentar las acciones de tutela correspondientes a la violación a una decisión de constitucionalidad proferida por el alto tribunal”, expresó.

La procuradora de la Nación aseguró que tomarán las medidas necesarias como órgano de control. “Cualquier ciudadano, cualquier funcionario público, incluido el Presidente, tienen que respetar la decisión. Esa es la democracia y el Estado de Derecho. Lo demás es generar caos”, resaltó.

Por su lado, la Corte Constitucional preparó una decisión que avalada las facultades del Ministerio Público para suspender o inhabilitar a funcionarios mientras se resuelve de fondo el proceso disciplinario por un juez de la República.

El Alto Tribunal preparó una decisión que avalada las facultades del Ministerio Público para suspender o inhabilitar a funcionarios. | Foto:
Imagen de referencia Corte Constitucional
El Alto Tribunal preparó una decisión que avalada las facultades del Ministerio Público para suspender o inhabilitar a funcionarios. | Foto: Imagen de referencia Corte Constitucional

En ese sentido, el documento conocido en primera instancia por Caracol Radio declaró exequebilidad condicionada del artículo 1 de la Ley 2094 de 2021 “en el entendido de que la determinación de sanciones de destitución, suspensión e inhabilidad a servidores públicos de elección popular, corresponderá al juez contencioso administrativo, conforme lo establece el inciso cuarto de esta misma norma”.

La Corte también exhortó al Congreso de la República para que elabore un estatuto de servidores de elección popular. Este debe incluir un régimen disciplinario especial que esté acorde “a los más altos estándares internacionales” respecto de la garantía de los derechos políticos y electorales de quienes fueron elegidos por voto en Colombia.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos le había recomendado a Colombia que la Procuraduría no sancionara a quienes llegaron a sus dignidades por decisión de las urnas. En esa sentencia, se definió que únicamente se podrán inhabilitar a funcionarios de elección popular si un juez de la República, con una orden oficial, toman esa decisión.

Ahora, la Corte modificó un poco esa decisión y facultó a la actual procuradora general de Colombia, Margarita Cabello, para que siga tomando esas determinaciones.

No obstante, el Consejo de Estado será el que defina si eso es viable o no, pero en el fallo de la Corte, que es un claro choque de trenes con las pretensiones del presidente Petro, analizó el marco legal que viene implementándose desde hace algunos años sugerido por la CIDH.

Por ello, definen que teniendo en cuenta las decisiones del tribunal extranjero, determinaron que una vez los congresistas electos, concejales, ediles y mandatarios locales y departamentales solo podrán ser sancionados si siguen al frente de su curul o duma. Una vez hayan salido, no podrán recibir esos correctivos.

“La interpretación sistemática, armónica y ponderada de los mandatos de la (Convención Americana) permite concluir que las decisiones sancionatorias de destitución, suspensión e inhabilidad, en contra de los servidores de elección popular, que efectivamente estén desempeñando los cargos en que fueron electos, solo pueden ser impuestas de forma definitiva por un juez”.

Los principales argumentos de Petro y Cabello que terminaron en una nueva discusión

A finales de julio, el presidente de la República envió al despacho de la procuradora un folio de 24 páginas en el que refutó la decisión de suspender al alcalde de Riohacha, José Bermúdez Cotes por irregularidades en contratación. De hecho, el domingo 30 de abril la entidad dirigida por Margarita Cabello abrió una indagación y lo suspendió provisionalmente por tres meses por supuestas anomalías en la contratación del diseño, rehabilitación, construcción y mantenimiento de la red de acueducto y alcantarillado de la capital de La Guajira.

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