La Superintendencia de Industria y Comercio emitió un comunicado este miércoles 9 de agosto informando que se formularon cargos en contra de la empresa Comunicaciones Celular S.A Comcel S.A (Claro), por incurrir en una infracción al régimen de libre competencia económica.
De acuerdo con el organismo adscrito al Ministerio de Comercio, la decisión se dio debido al presunto aprovechamiento del programa de subsidios Última Milla, desarrollado con el Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Al parecer, la empresa de telecomunicaciones habría actuado de manera irregular para beneficiar su marca en el mercado.
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Gracias a una serie de acusaciones realizadas por otros actores del mercado se percataron de las irregularidades en las que estaría incurriendo la empresa de telecomunicaciones.
“Con base en esas denuncias la Superindustria revisó el programa de subsidios denominado ‘Última Milla’, a través del cual el MINTIC pretendía promover el acceso al servicio de internet fijo, para personas de estratos 1 y 2, en los municipios priorizados”, de acuerdo con el comunicado del organismo de control.
Entre las condiciones que exigía este subsidio figuraba que los aspirantes fueran de los estratos mencionados, además de no haber contado con el servicio de internet fijo en los 6 meses anteriores a la instalación del servicio.
Los inconvenientes con Comunicaciones Celular S.A Comcel S.A (Claro) habrían sido porque no fueron cumplidas las condiciones requeridas para brindar los subsidios. De acuerdo con lo señalado por la Superintendencia, serían al menos 21.436 usuarios los que recibieron el subsidio de manera irregular.
Respecto a la manera en la que se aplicaban estas excepciones o irregularidades se identifican tres patrones. El primero es a partir de la difusión de las piezas publicitarias; según el comunicado de la Superintendencia se generaba todo orientado a “vincular a un número masivo de suscriptores sin señalar de manera clara que debían cumplir ciertos requisitos para acceder a los subsidios”.
El segundo, es que se estableció que el subsidio fue ofrecido a una cantidad significativa de personas con vínculos vigentes con empresas de telecomunicaciones y cableoperadores. Y el tercero, es que se estableció que hubo “omisión en la adopción de medidas oportunas y efectivas para revisar las condiciones de ingreso de los suscriptores beneficiarios de los subsidios”.
De llegarse a ser comprobada los presuntos actos de competencia desleal, la autoridad podrá imponer multas que lleguen hasta los 100.000 SMLMV. Concretamente estarían incurriendo en el desacato de la Ley 256 de 1996 y haciéndose acreedores la millonaria multa de acuerdo con lo indicado por el artículo 25 de la Ley 1340 de 2009.
Superintendencia investigará a 16 equipos de la Dimayor por vetos a futbolistas
Como una medida para reafirmar la obligación que tienen los equipos profesionales de fútbol en Colombia con respecto a los vetos de los jugadores, la Superintendencia de Industria y Comercio revocó la resolución 50188. En el documento, la entidad, que vela por los derechos de los clientes de las empresas del país, aceptó el esquema de garantías que ofrecieron desde la División Mayor del Fútbol Colombiano y la Federación Colombiana de Fútbol con respecto a esta problemática.
A raíz de ello, la Dimayor hizo énfasis en que algunos de los equipos profesionales del balompié nacional pudieron haber vulnerado los derechos deportivos de futbolistas en medio de transferencias. Puntualmente, las instituciones involucradas habrían incurrido en infracciones del artículo 1 de la Ley 155 de 1959, razón por la cual, desde la Superintendencia, investigarán 16 clubes del fútbol colombiano.
Con respecto a la problemática, el representante de la Asociación Colombiana de Futbolistas Profesionales (Acolfutpro), Carlos Puche, señaló que el reglamento establecido por la Federación Colombiana de Fútbol, así como algunas prácticas que llevan a cabo algunos equipos del balompié profesional, atentan contra los derechos fundamentales de los futbolistas.
“El reglamento disciplinario, el estatuto del jugador, listas negras, lo que establecen los estatutos de la federación y de la Dimayor, la apropiación de los derechos de imagen colectivos de jugadores es lo que está investigando la SIC”, indicó Carlos Puche, representante de la Asociación Colombiana de Futbolistas Profesionales (Acolfutpro).
Para el vocero de Acolfutpro, el esquema de garantías que presentó la Dimayor, además de los compromisos que se pactaron anteriormente, no cumplen las condiciones de “procedibilidad” establecidas en el artículo 1 de la Ley 155 de 1959. De hecho, Puche indicó que los puntos presentados en el documento ofrecido por la División Mayor del Fútbol Colombiano, que deberían cumplir con la doctrina establecida por la Superintendencia de Industria y Comercio, no abarcan los incentivos suficientes para que la conducta por la cual los clubes están siendo investigados se vuelva a materializar más adelante.
De esta manera, según quedó establecido en la resolución de la Superintendencia, no existiría una mejora en el bienestar del consumidor final, así como no se registraría la optimización de la participación de los clubes y jugadores en medio del mercado de transferencias. Frente a ello, Puche denunció que a los clubes profesionales poco les importa infringir las leyes debido a que no hay una autoridad al frente.