Consejo de Estado anuló la elección de representante a la Cámara del Pacto Histórico

Jhon Jairo Berrío, del Centro Democrático, ocupará la curul que perdió Luz Marina Múnera

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Con la decisión de la
Con la decisión de la Sección Quinta del Consejo de Estado, Luz María Múnera pierde su curul, que pasará a ocupar Jhon Jairo Berrío, del Centro Democrático. Fotos: @luzmamunera/@jberriolopez/Twitter.

El Consejo de Estado, en una decisión de la Sección Quinta que se conoció el 4 de agosto, anuló la elección de la representante a la Cámara por el departamento de Antioquia del Pacto Histórico Luz María Múnera. Esto por una demanda que presentó Jhon Jairo Berrío López, candidato a la misma corporación por el Centro Democrático y que, tras la decisión del alto tribunal, ocupará la curul de Múnera.

Berrío, después de las elecciones legislativas del 13 de marzo, denunció, tanto en redes sociales como ante el Consejo de Estado, que en su departamento se presentaron irregularidades en los conteos de votos y diferencias entre los formularios E14 y E24.

Ahora, un año y cinco meses después, la Sección Quinta, con ponencia del magistrado Carlos Enrique Moreno, le da la razón y determinó, que “como se observa, los ajustes de la votación arrojan que el Partido Centro Democrático tiene derecho a cinco curules, a diferencia de la cifra original, donde obtuvo cuatro”, y señaló que será Berrío el que ocupe la quinta curul a la que tiene derecho el Centro Democrático:

”Como consecuencia de la curul que pierde la coalición Pacto Histórico, se tiene que las dos que le corresponden radican en los representantes David Alejandro Toro y Susana Gómez Castaño, por lo que se debe anular la elección de quien quedó con la tercera curul, esto es, de Luz María Múnera Medina”, agrega la decisión.

En su decisión, el magistrado Moreno también animó al Consejo Nacional Electoral para que “se pronuncie y resuelva las solicitudes que le realicen las Comisiones Escrutadoras Departamentales sobre los escrutinios generales, garantizando la transparencia del proceso y la verdad de los resultados”.

Luz María Múnera, al ser notificada de la decisión del Consejo de Estado, anunció la noticia en Twitter diciendo que seguirá “en la lucha por el cambio” y agradeció a su equipo por “la grandeza y el compromiso” y le dijo al presidente Gustavo Petro que seguirá “defendiendo desde donde esté el gobierno del cambio y a mi presidente ético, humano y capaz”.

Hasta el 4 de agosto,
Hasta el 4 de agosto, Luz María Múnera fue representante a la Cámara por el departamento de Antioquia. Foto: @luzmamunera/Twitter.

Esta es la segunda elección de un congresista del Pacto Histórico que anula el Consejo de Estado, la primera fue la de Roy Barreras que se conoció el 4 de mayo luego de determinar que incurrió en doble militancia.

Según el organismo, Barreras debió renunciar a su curul 12 meses antes de la fecha en que se llevaron a cabo las inscripciones para las elecciones del Congreso correspondientes al periodo 2022 - 2026.

“La Sección Quinta analizó las normas constitucionales aplicables al asunto y los precedentes de la Corporación, y determinó que con los Actos Legislativos 01 del 2003 y de 2009, el constituyente buscó el fortalecimiento del sistema de bancadas y la disciplina de los miembros de los partidos, además, se precisó que la expulsión del demandado del Partido de La ‘U’, no lo eximía de su deber de renunciar a la curul, en el plazo constitucionalmente establecido”

Sobre la decisión del Consejo de Estado, Barreras aseguró que cumplirá el fallo, pues la justicia se respeta por más injusta que parezcan.

“Caído en combate. Los fallos de la justicia se respetan aunque resulten a mi parecer injustos. Seguiré cumpliendo mi deber hasta tanto sea notificado. Interpondré inmediatamente una tutela para restablecer el derecho de mis electores. Anticiparon mi retiro médico anunciado hace 6 meses unos días. Regresaré. Colombia seguirá contando conmigo”

La demanda que llevó a que el Consejo de Estado tomara la decisión fue interpuesta por Moisés David Anaya Villadiego, Martín Emilio Cardona Mendoza, Roberto Carlos Daza Cuello y Michelle Steffany Gómez Congote, que “solicitaron la declaratoria de nulidad del acto de elección de Roy Leonardo Barreras Montealegre como senador de la República”.

Los demandantes advertían que la elección de Barreras constituía una violación del artículo 2 de la Ley 1475 del 2011, que indica: “los candidatos que resulten electos, siempre fueren inscritos por un partido o movimiento político, deberán pertenecer al que los inscribió mientras ostenten la investidura o cargo, y si deciden presentarse a la siguiente elección por un partido o movimiento político distinto, deberán renunciar a su curul al menos 12 meses antes del primer día de inscripciones”.

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