Como parte de las medidas para atender la emergencia social, económica y ecológica que se declaró en La Guajira, el Gobierno nacional anunció la eliminación del IVA para los servicios turísticos de la región, con el fin de impulsar la reactivación del turismo.
A través del decreto legislativo 1267 de 2023, el Gobierno estableció que se eliminará el cobro del IVA de manera temporal en aquellos servicios turísticos de la región que cuenten con una inscripción activa en el Registro Nacional de Turismo (RNT).
“A partir de la vigencia del presente Decreto Legislativo y hasta el treinta y uno (31) de diciembre de 2030, estarán exentos, sin derecho a devolución y/o compensación, del impuesto sobre las ventas -IVA-, los servicios que presten en el Departamento de La Guajira”, se lee en uno de los apartados del documento.
Los servicios turísticos que se beneficiarán
Lo anterior significa que hasta el 31 de diciembre del 2030 no tendrán IVA los hoteles, apartahoteles, hostales, centros vacacionales, campamentos, glamping, refugios, albergues, viviendas turísticas, y demás hospedajes o alojamientos turísticos de La Guajira.
La medida así mismo cobijará a las agencias de viajes y turismo, agencias mayoristas, oficinas de representación turística, guías, operadores de congresos y convenciones, arrendadores de vehículos, desarrolladores de servicios de zonas francas, compañías de intercambio, concesionarios de servicios turísticos, empresas de transporte terrestre como las chivas, entre otros.
El decreto igualmente dejó en claro que las empresas promotoras y comercializadoras de proyectos de tiempo compartido y multipropiedad, al igual que los operadores de plataformas electrónicas o digitales de servicios turísticos, también quedarán exentos del IVA.
Con el fin de garantizar el cumplimiento de la medida, el Gobierno estableció en el documento que “el prestador del servicio deberá rendir un informe de ventas con corte al último día de cada mes, el cual deberá ser remitido dentro de los cinco primeros días del mes siguiente a la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas que corresponda a su domicilio fiscal”.
Los prestadores de servicios turísticos así mismo tendrán que presentar un informe al Fondo Nacional de Turismo (Fontur) en el que den cuenta de las facturas o documentos equivalentes que detallen el número, fecha, cantidad, especificación del servicio prestado y valor de la operación, que quedaron exentos del IVA.
Servicios de comidas también estarán exentos del IVA
Otro de los beneficios que se incluyó en el decreto expedido por el Gobierno es la suspensión del cobro del impuesto nacional al consumo para los servicios de expendio de bebidas y comidas en La Guajira. La medida, de acuerdo con el documento, igualmente estará vigente hasta el 31 de diciembre del 2030.
Según el decreto, la exclusión temporal del impuesto nacional al consumo en La Guajira aplicará para “los servicios de expendio de comidas y bebidas preparadas en restaurantes, cafeterías, autoservicios, heladerías, fruterías, pastelerías y panaderías para consumo en el lugar, para ser llevadas por el comprador o entregadas a domicilio, los servicios de alimentación bajo contrato que se encuentren dirigidos a hoteles, congresos, ferias y convenciones, y el servicio de expendio de comidas y bebidas alcohólicas para consumo dentro de bares, tabernas y discotecas”.
El Gobierno así mismo determinó que los aportantes de la contribución parafiscal para la promoción del turismo “quedarán exonerados de la obligación de pago del tercer trimestre de 2023 por este tributo sobre los establecimientos que se encuentren ubicados en el departamento de La Guajira”.
En otra de las normativas, el decreto 1268, el Gobierno autorizó la capitalización por 61.000 millones de pesos de la sociedad Salina Marítimas de Manaure, cuyo objetivo es la administración, fabricación, explotación, transformación y comercialización de las sales marítimas que se producen en Manaure, en La Guajira.
A continuación, el decreto 1267 de 2023: