Impuesto predial en Bogotá: este viernes 4 de agosto vence el plazo para pagarlo por cuotas o le cobrarán intereses

Los contribuyentes que no paguen dentro de las fechas establecidas, deberán asumir gastos adicionales por mora

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El viernes 4 de agosto se acaba el plazo para que los bogotanos hagan efectivo el pago del impuesto predial en el Sistema de Pago Alternativo por Cuotas. Foto: Cortesía de Infobae.
El viernes 4 de agosto se acaba el plazo para que los bogotanos hagan efectivo el pago del impuesto predial en el Sistema de Pago Alternativo por Cuotas. Foto: Cortesía de Infobae.

El viernes 4 de agosto se acaba el plazo para que los bogotanos hagan efectivo el pago del impuesto predial en el Sistema de Pago Alternativo por Cuotas (SPAC), que permite pagarlo en cuatro cuotas iguales y sin intereses. Los contribuyentes inscritos que no paguen dentro de las fechas establecidas, deberán asumir gastos adicionales por mora e intereses.

Sobre el pago de la segunda cuota, es importante tener en cuenta que el acceso al cupón de pago se realiza a través de la Oficina Virtual de la Secretaría Distrital de Hacienda. Este cupón de pago se puede imprimir para cancelar el valor en bancos autorizados o en línea, a través la Oficina Virtual.

Quienes deben pagar el predial

  1. El propietario: la persona natural o jurídica que acredite que un predio le pertenece.
  2. El poseedor: la persona que sin tener documentos tiene posesión del inmueble y actúa como dueño del mismo.
  3. El usufructuario: quien disfruta del predio con previa concesión del propietario. La condición de propietario y de usufructuario se acredita a través del certificado de libertad.
  4. Los respectivos beneficiarios: cuando se trate de predios vinculados de un patrimonio autónomo.
  5. Los tenedores: a título de concesión, de inmuebles públicos.
  6. Inmuebles en Leasing: el responsable es la entidad financiera.

Cómo se calcula el impuesto predial

La base del impuesto para cada año será el valor que mediante el autoavalúo establezca el contribuyente. Este costo no puede ser inferior al avalúo catastral fijado por la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.

Para conocer el avalúo catastral del predio, se debe solicitar una certificación o consultar vía web en el portal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro en la sección: ‘Catastro en línea’.

En la Resolución SDH-000362 la Secretaría de Hacienda el 4 de octubre de 2022 ajustó los rangos del avalúo catastral de la tarifa del impuesto predial para el 2023.

Si se acogió al pago por cuotas del impuesto predial 2023, el viernes 4 de agosto vence el plazo para pagar la segunda cuota. Foto: @HaciendaBogota / Twitter
Si se acogió al pago por cuotas del impuesto predial 2023, el viernes 4 de agosto vence el plazo para pagar la segunda cuota. Foto: @HaciendaBogota / Twitter

Paso a paso para pagar el impuesto predial vía digital

  1. Dar clic en la opción “Consultas” e ingresar a la sección “Obligaciones Pendientes” y seleccionar el impuesto “Predial Unificado”.
  2. Buscar la opción “Cupones”, luego dar clic. Se desplegará el cupón de pago, que el podrá cancelar en la Oficina Virtual o imprimir y pagar en bancos autorizados.
  3. En caso de elegir la oficina virtual, el pago se hace con PSE, para que tenga seguridad y lo vea confirmado en su correo electrónico.

Pago presencial (bancos)

El pago se refleja en el estado de cuenta del contribuyente luego de dos días hábiles de hacer efectivo el recaudo. El pago presencial puede hacerse sin que tenga cuenta ahorros o corriente en las siguientes entidades bancarias:

  1. Bancolombia
  2. BBVA Colombia
  3. Banco de Bogotá
  4. Banco GNB Sudameris
  5. Banco Popular
  6. Banco Davivienda
  7. Banco de Occidente
  8. Banco AV Villas
  9. Banco Citibank (para clientes corporativos)

En caso de efectuar el pago presencial, debe realizar la impresión del documento tributario (factura, declaración o recibo de pago) a pagar en el banco, y deberá hacerlo en una impresora láser para facilitar la lectura del código de barras.

Los contrubuyentes que no paguen el impuesto predial en su fecha límite, deberá pagar una sanción económica dependiendo de su estrato. Foto: cortesía de Infobae.
Los contrubuyentes que no paguen el impuesto predial en su fecha límite, deberá pagar una sanción económica dependiendo de su estrato. Foto: cortesía de Infobae.

Sanciones por no pagar el impuesto predial a tiempo

Desde la Secretaría de Hacienda de Bogotá se informa que la persona que no pague el impuesto predial en su fecha límite, deberá pagar una sanción económica dependiendo de su estrato:

  1. Estrato 1 y 2: (4 UVT): $170.000.
  2. Estrato 3 y 4: (5 UVT): $212.000.
  3. Estrato 5 y 6: (7 UVT): $297.000.

En consecuencia, la entidad puede embargar su vehículo u otro activo que tenga, si la deuda por impuestos excede un valor determinado (que normalmente es elevado).

Próximas fechas de pago del predial por cuotas

Aún quedarían dos cuotas próximas para pago que vencerían así:

  1. Pago tercera cuota: 6 de octubre de 2023.
  2. Pago cuarta cuota: 1 de diciembre de 2023.
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