El Gobierno de Gustavo Petro dio a conocer el Decreto 1276, “por el cual se adoptan medidas para ampliar el acceso al servicio de energía eléctrica y preservar los medios de subsistencia de la población a través del rescate de la transición energética, con la finalidad de superar la crisis humanitaria y el estado de cosas inconstitucionales o evitar la extensión de sus efectos, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarado en el departamento de La Guajira”.
Con este se buscará atender la emergencia económica y social en dicho departamento, estado que se estableció el 2 de julio del 2023 para contrarrestar parte de la crisis humanitaria que se vive en el extremo norte de Colombia.
Este trae algo no muy grato para los estratos 4,5 y 6 del país, ya que deberán sopesar gran parte de lo que ejecutará el Gobierno nacional para contar con los recursos necesarios para garantizar que este departamento tenga energía en el área rural y no interconectada.
Así quedó establecido en el artículo 3 de dicho decreto, el cual habla de “recursos para soluciones energéticas en el departamento de La Guajira”.
De igual forma, el mismo señala que las familias de dichos estratos deberán pagar $1.000 de más en la factura de energía, a lo que se denominó “Aporte Departamento de la Guajira”. Este pago extra se hará por los próximos seis meses.
“Con el fin de contar con recursos para la energización del área rural y no interconectada al Sistema Interconectado Nacional (SIN) en el departamento de La Guajira, desde el mes siguiente a la expedición del presente decreto legislativo y hasta el término de seis meses o por un término mayor que determine el Congreso dentro del año siguiente, se incluirá en todas las facturas del servicio público de energía eléctrica que se emitan en el resto territorio nacional, un valor denominado “Aporte Departamento de la Guajira” por valor de Mil (1000) pesos colombianos (COP) por factura, cuyo pago será obligatorio para los usuarios de estratos 4, 5 Y 6″, indica con exactitud el decreto.
Con este también se verán impactados el comercio y la industria, ya que también deberán hacer un pago extra, pero por mayor valor, pues será de $5.000
Exactamente, el decreto dice lo siguiente: “Y por un valor de cinco mil (5.000) pesos colombianos (COP) por factura, cuyo pago será obligatorio para los usuarios comerciales e industriales”.
Así será el recaudo del pago
De igual forma, se deja claro que los pagos serán recaudados por el emisor de la factura, quien deberá poner a disposición del Fondo de Apoyo Financiero para la Energización de las Zonas No Interconectadas (Fazni) los montos recaudados por este concepto. Además, que la administración de los fondos recaudados corresponderá al Ministerio de Minas y Energía.
También se establece que el no pago de la contribución a que se refiere a este aporte tendrá las mismas consecuencias que el no pago del servicio, o sea, que será suspendido/cortado.
A su vez, se anotó que los recursos recaudados se destinarán específicamente a soluciones energéticas en el departamento de La Guajira en Zonas No Interconectadas (ZNI) para la población rural.
Finalmente, que únicamente el Instituto de Planificación y Promoción de Soluciones Energéticas para las Zonas No Interconectadas (Ipse), el Fondo de energías no convencionales y gestión eficiente de la energía (Fenoge), las comunidades energéticas y las comunidades étnicas certificadas por el Ministerio del Interior podrán presentar proyectos para ser financiados a través de estos recursos, ya sea por sí mismos o a través de alianzas con otras entidades del sector público.
A continuación el Decreto 1276 del 31 de julio del 2023: