Qué pasará con la inteligencia artificial en procesos judiciales en Colombia: esto es lo que está evaluando la Corte Constitucional

A raíz de una decisión tomada por un juez, la Corte evalúa la posibilidad del uso de este tipo de tecnología

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Corte Constitucional estudia uso de
Corte Constitucional estudia uso de inteligencia artificial en toma de decisiones judiciales / REUTERS/Luisa González

En los últimos días se ha generado un gran interrogante que tiene que ver con la inteligencia artificial al momento de tomar decisiones judiciales. Por esa razón la Corte constitucional se encuentra evaluando esta posibilidad debido a un caso que fue presentado por la Defensoría del Pueblo y que podría ser el ingreso de este tipo de tecnología al sistema judicial marcando un precedente en el país.

Los magistrados de la alta corte estudiarán un caso sobre el uso de la inteligencia artificial (IA) para tomar decisiones judiciales, luego que la Defensoría del Pueblo pidiera que fueran preservados los derechos fundamentales en el contexto de la aplicación de las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) en el ámbito judicial.

De esta manera lo informó el pasado miércoles 26 de julio de 2023 la Defensoría del Pueblo, entidad que pidió que se revisara un fallo de tutela con el cual un juez buscaba implementar las TIC por medio de la IA, mediante el uso del sistema de chat basado en el modelo de lenguaje de inteligencia artificial conocido como ChatGPT de OpenAI.

“Mediante esta herramienta, el togado formula preguntas relacionadas con el problema jurídico planteado, obteniendo respuestas de ese chat (ChatGPT), recurso tecnológico que le ayudó a resolver el caso y a redactar la sentencia”, informó la Defensoría.

En el caso por el cual se planteó la posibilidad del uso de IA estaba involucrado un menor de edad que fue diagnosticado con Trastorno del Espectro Autista (TEA) desde su nacimiento y que debido a esta condición necesitaba un tratamiento por parte de especialistas adscritos a su Entidad Prestadora de Salud (EPS), que son las empresas encargadas de gestionar y administrar los servicios de salud en Colombia.

En la acción de tutela, la madre del niño indicaba que para recibir la terapia, el menor necesitaba desplazarse en transporte urbano, sin contar con los recursos económicos suficientes para cubrir este gasto y tampoco para el pago de las cuotas moderadoras y los copagos de la EPS para acceder al médico y a los fármacos. Debido a su situación económica la señora le pedía a la EPS que fuera eximida del pago y también que autorizara el financiamiento de los desplazamientos.

Por tal motivo el juez, que se valió del uso la inteligencia artificial para emitir su sentencia, falló a favor de la demandante, sin embargo, el defensor del Pueblo, Carlos Camargo, consideró que debe haber “límites y controles claros para su uso, a fin de garantizar la conformidad con la Constitución y la protección de los derechos de las personas involucradas”.

A raíz de esta justificación le pidió a la Corte Constitucional que estudie el uso de la IA para “que sean establecidos precedentes claros y, al mismo tiempo, proporcionadas directrices sobre el uso adecuado de la inteligencia artificial en la toma de decisiones judiciales, por el bien de la administración de justicia y la protección de los derechos de los ciudadanos”, añadió el defensor del Pueblo, Carlos Camargo.

Otras decisiones de la Corte Constitucional

Corte Constitucional ampara el ladrido
Corte Constitucional ampara el ladrido de los perros / Imagen ilustrativa Infobae

Recientemente se popularizó la sentencia T-119/98 de la Corte Constitucional en la que se “reconoce que los dueños de los perros no pueden controlar el ladrido del animal ni su volumen o intensidad”. Lo que indica que los caninos tienen derecho a ladrar libremente.

“La administración de una copropiedad no puede prohibir las mascotas ni ordenar el desalojo del animal por concepto de ruido”, manifestó Kenneth Burbano Villamarín, director del observatorio constitucional de la Universidad Libre.

Sin embargo, el directivo resaltó que “lo que sí se puede exigir es unos parámetros de convivencia y seguridad”.

Entre tanto la Corte Constitucional, manifiesta que en los casos que los ladridos de los perros superen el límite de lo tolerable, deberán buscarse las medidas necesarias para garantizar una sana convivencia entre los residentes de la propiedad horizontal; así mismo recalca, que en ningún momento debe contemplarse prescindir del animal.

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