El jueves 19 de octubre del 2023 es la fecha límite para pagar la declaración de renta del año gravable 2022 ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales por lo que las personas naturales deberán entregar información detallada de sus ingresos, ganancias, salarios y comisiones obtenidas durante el año gravable 2022.
Quiénes deben declarar renta en 2023
- El patrimonio bruto al término del año gravable 2022 sea igual o superior a $171.018.000.
- Los ingresos totales del respectivo ejercicio gravable sea igual o superior a $53.206.000.
- Los consumos mediante tarjeta de crédito sean iguales o superiores a $53.206.000.
- El valor total de las compras y consumos sean igual o superior a $53.206.000.
- El valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras sean igual o superior a $53.206.000.
Pero si esta es la primera vez que va a hacer la declaración, los expertos en educación financiera de BBVA tienen algunos consejos para cumplir con esta obligación. Tome nota:
Recomendaciones para declarar renta
- Si quiere reducir el monto a declarar: calcular los gastos y deducciones, así como no contar con ingresos recibidos por concepto de salario. Así, es posible obtener una declaración en $0 o incluso con saldo a favor.
- Calendario tributario de 2023 de la DIAN: en el que se establece la presentación de la declaración de renta para los contribuyentes, que son personas naturales, -entre el 9 de agosto y el 19 de octubre-. La fecha de presentación se fija de acuerdo con los dos últimos dígitos de la cédula de ciudadanía.
Pasos para la declaración de renta
⦁ Verificar la fecha de pago: del 9 de agosto hasta el 19 de octubre. La DIAN designó estas fechas de acuerdo a los dos últimos números del RUT. Es necesario preparar la documentación y evitar la sanción por exceder la fecha límite.
⦁ Revisar si debe declarar: se debe declarar renta si se superó el tope de ingresos o gastos para este año, que será de $53.206.000. También, deberá declarar si su patrimonio es superior a $171.018.000.
⦁ Realizar la declaración de renta: existen dos opciones; la primera, es realizarla de manera independiente y siguiendo todos los pasos descritos en la página web de la DIAN. La segunda, con la ayuda de un contador que le ayudará a entender cómo funciona el sistema tributario y a presentar las deducciones que probablemente desconoce.
⦁ Adjuntar todos los soportes: debe contar con todos los documentos de soporte para acceder a algunas deducciones como: cuentas AFC, aportes voluntarios a pensión, deducción por dependientes, medicina prepagada o seguros privados de salud e intereses por créditos hipotecarios.
⦁ Calcular los ingresos y deducciones: cuando se recopilen las facturas y documentos, debe calcular el monto por el cual deberá pagar impuestos. Tendrá que determinar los ingresos brutos obtenidos durante el año fiscal y restar las deducciones permitidas.
⦁ Diligenciar el formulario: después de calcular los ingresos y deducciones, deberá descargar de la página web de la DIAN el formulario tributario, en el sitio encontrará los documentos de acuerdo a la categoría tributaria. Para ello, deberá definir si es persona natural o jurídica, ya que los procedimientos son diferentes en cada caso.
⦁ Revisar y rectificar: cuando diligencie el formato debe rectificar toda la información para evitar que le sea devuelta la declaración. Compruebe que no haya errores u omisiones que puedan afectar la precisión y veracidad de la declaración. Ya que estos puede tener implicaciones legales y financieras.
⦁ No dejar todo para lo último: preparar con antelación el pago de la obligación para obtener todos los documentos para acogerse a los beneficios de la Ley.
Qué pasa si no presenta la declaración de renta a tiempo
Según el Artículo 641 del Estatuto Tributario, si presenta la declaración fuera del tiempo límite deberá pagar una sanción por extemporaneidad, esta representa el 5% del impuesto a cargo y aumenta mensualmente teniendo en cuenta la fecha límite de vencimiento y la fecha en la que se presenta la declaración de renta.
En el escenario de que la declaración no arroje un valor a pagar, la sanción se deduce por el 0.5% de los ingresos brutos. La sanción mínima que está estipulada para este año, 2023, es de $424.000, así la declaración arroje valor a pagar de cero (0).
Documentos requeridos
- Copia del certificado de inscripción en el RUT debidamente actualizado.
- Declaración o estado de cuenta, de impuesto predial de los bienes inmuebles que posea.
- Factura de compra o documento donde conste el valor de adquisición de los vehículos.
- Certificado de ingresos y retenciones por pagos laborales y rentas de trabajo en general.