De acuerdo con documentación histórica sobre el conflicto armado y otros documentos como el Informe Final de la Comisión de la Verdad, detallaron que en la Casa del Florero, el Cantón Norte y el Cementerio del Sur en Bogotá, fueron utilizados por militares como centros de tortura y desaparición de personas que estaban en el Palacio de Justicia al momento de la toma y retoma.
En ese sentido, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) anunció el miércoles 12 de julio que se estudiará la posibilidad de decretar medidas cautelares para la protección de estos sitios como mecanismo de salvaguarda de los derechos a la verdad, reparación y no repetición de las víctimas de este episodio del conflicto interno.
De acuerdo con el auto emitido el 7 de julio de 2023, la Sección de Ausencia de Reconocimiento del tribunal de paz avocó conocimiento para realizar este trámite en razón de un escrito presentado en junio de 2023 por Helena Urán Bidegain, hija de Horacio Urán Rojas, entonces magistrado auxiliar de la sección tercera del Consejo de Estado.
El recurso elevado por el familiar de la víctima detalló que, aunque salió con vida del Palacio el 6 de noviembre de 1985, un día después recibió información que estaba herido. 24 horas más tarde se enteraron que el cuerpo del funcionario estaba registrado como ‘NN’ en el cuarto de guerrilleros instalado por el Instituto de Medicina Legal.
Además, fueron encontrados elementos de Urán Rojas en las instalaciones de la Décimo Tercera Brigada del Ejército (con sede en Bogotá). En ese sentido, y teniendo en cuenta la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) proferida en noviembre de 2014 contra el Estado colombiano por la desaparición forzada y violaciones a los derechos humanos de 20 personas que se encontraban al interior del recinto, solicitó a la Sección de Ausencia de Reconocimiento el estudio de medidas cautelares.
Sobre la Casa del Florero, explicó que ese sitio fue utilizado por las Fuerzas Militares y organismos de inteligencia para interrogar y separar personas consideradas ‘especiales’ o sospechosas de pertenecer y colaborar con el M-19.
“En otras palabras, sus instalaciones fueron usadas para elaborar una ‘clasificación contrainsurgente‘ que conllevó la práctica de (...) Actos de tortura”, tratos crueles e inhumanos, desapariciones forzadas o ejecuciones extrajudiciales”, refirió la demandante.
Con respecto a las caballerizas del Cantón Norte, indicó que de acuerdo a una sentencia emitida por el Tribunal Superior de Bogotá el 30 de enero de 2012, se estableció que sobrevivientes de la toma del Palacio fueron trasladados la Escuela de Caballería; allí se practicaron interrogatorios, torturas y desapariciones según el fallo.
“(...) Después de haber sido clasificados como ‘especiales’ en la Casa del Florero, los detenidos fueron llevados al sector de coordinación reservada donde serían interrogados por oficiales de inteligencia. Esto le ocurrió al grupo 3 que fue llevado al Cantón Norte en la camioneta del Ejército (...)” citó Helena Urán sobre el informe hecho por la agencia Forensic Architecture.
En su escrito también precisó que al Cementerio del Sur movieron los cuerpos de personas desaparecidas en la toma y retoma que posteriormente fueron inhumados en una fosa común.
Así las cosas, la Sección de Ausencia pidió a la solicitante complementar su argumentación sobre las medidas cautelares de protección que deberían tener esos tres lugares. De igual manera, vinculó a la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas (Ubpd) y al Centro Nacional de Memoria Histórica (Cnmh) dentro de la decisión que pueda tomar la JEP.
En el fallo, el tribunal de justicia transicional solicitó a Medicina Legal un informe que describa lo mencionado por Urán sobre los cuerpos de personas asesinadas en hechos relacionados con la toma y retoma.