Ministerio de Defensa no hará pago retroactivo de mesada 14 a veteranos y heridos en combate, ¿por qué?

El descontento generalizado entre los cerca de 14.000 exintegrantes de la fuerza pública al parecer llegó a su fin

Guardar
Veteranos de las Fuerzas Armadas.
Veteranos de las Fuerzas Armadas. Colprensa.

Los pensionados de la fuerza pública que venían recibiendo la llamada mesada 14, un beneficio adicional para los jubilados y sus familias, se encontraban pendientes de dicho pago debido a una determinación del Consejo de Estado que había suspendido la transferencia.

Esta decisión generaba preocupación en numerosas familias y era considerada como una ofensa hacia la labor desempeñada durante años por los miembros de la institución.

Pero recientemente se produjo un cambio significativo en esta situación. Tras la decisión del Consejo de Estado de continuar con el pago de la mesada 14, el Ministerio de Defensa emitió un comunicado para informar a la opinión pública sobre esta determinación para el personal de la fuerza pública.

En el comunicado, el ministerio declaró que: “De acuerdo con la determinación adoptada por el Honorable Consejo de Estado, mediante Auto del 11 de julio de 2023, a través del cual revocó la medida cautelar decretada el 7 de julio de 2011, dispondrá a favor del personal de la fuerza pública el pago de la mesada adicional de mitad de año o también denominada ‘mesada 14′”.

El Ministerio de Defensa también resaltó que desde que se dio a conocer la medida cautelar, se han defendido los intereses de los beneficiarios ante el Consejo de Estado, siguiendo los procesos legales correspondientes, y se celebró la revocatoria de la suspensión.

A partir de este momento, el Ministerio de Defensa se comprometió a realizar todas las diligencias necesarias para efectuar el pago de la mesada 14 de manera pronta y oportuna, beneficiando a cerca de 14 mil veteranos de la fuerza pública. Sin embargo, es importante destacar que este pago no será retroactivo.

El comunicado enfatizó: “A partir de ahora, en la cartera de Defensa se seguirán llevando a cabo todas las gestiones necesarias para realizar el mencionado pago prontamente a los cerca de 14 mil veteranos. No hay lugar a pago retroactivo, por cuanto en años anteriores el pago se venía realizando”.
Comunicado de prenda del Ministerio
Comunicado de prenda del Ministerio de Defensa sobre la mesada 14 para los veteranos y heridos en combate.

Esta noticia trae un alivio a los pensionados y sus familias, quienes habían estado esperando ansiosamente la resolución de esta situación. Ahora, con la revocatoria de la medida cautelar, podrán contar nuevamente con el beneficio de la mesada 14, reconocimiento a su servicio y dedicación en defensa del país.

Por qué a los veteranos y heridos en combate no les darán retroactivo

Cabe mencionar que un retroactivo es un término que se utiliza para describir un pago o beneficio que se otorga retrospectivamente, es decir, es el pago de una cantidad adicional o la entrega de un beneficio que corresponde a un período anterior al momento en que se efectuaba dicha actividad.

En relación con los veteranos y heridos en combate que no recibieron su mesada y ahora se restablecerá el pago, el ministerio anunció que no se les generará un pago retroactivo. Esto significa que los beneficiarios recibirán la mesada a partir de ahora, pero no se les compensará por los períodos en los que no recibieron dicho beneficio.

Imagen referencial. Los veteranos y
Imagen referencial. Los veteranos y heridos en combate que no recibieron su mesada, ahora que se restablecerá el pago, no se les compensará por los períodos en los que no recibieron dicho beneficio. EFE/Leonardo Muñoz/Archivo

Ahora, aunque el ministerio no detalló las razones por las que esté retroactivo no se generará, existen varias razones por las cuales se pudo negar. A continuación, se mencionan algunas:

1. Falta de fundamento legal: si no existe una base legal clara que respalde el pago retroactivo, las autoridades pueden negar dicha solicitud. Es importante que exista una normativa o regulación que establezca claramente las condiciones para proceder a pagos retroactivos.

2. Limitaciones presupuestarias: en algunos casos, las instituciones pueden enfrentar restricciones financieras que impidan realizar pagos retroactivos. Si no hay suficientes recursos disponibles en el presupuesto asignado, puede ser difícil o incluso imposible cumplir con los pagos retroactivos solicitados.

3. Ausencia de justificación suficiente: si no se puede justificar de manera adecuada la necesidad o el derecho a recibir un pago retroactivo, las autoridades pueden negar la solicitud.

Es relevante tener en cuenta que cada caso es diferente y las razones para negar un pago retroactivo pueden variar según las circunstancias específicas y las políticas aplicables.

Guardar