Armando Benedetti habría faltado a su trabajo en la embajada de Venezuela varias veces sin permiso

El embajador de Colombia en el vecino país sigue sumergido en la tormenta del caso Sarabia, aunque no hay una respuesta formal por su parte

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El embajador de Colombia en Venezuela, Armando Benedetti. 
(@AABenedetti).
El embajador de Colombia en Venezuela, Armando Benedetti. (@AABenedetti).

Armando Benedetti asumió como embajador de Colombia en Venezuela el 29 de agosto del 2022, tras la designación del presidente Gustavo Petro. A pesar de que avanzó en términos de relaciones con el vecino país, en el último año se ha visto involucrado en el álgido escándalo de Laura Sarabia.

Sin embargo, a pocos días de salir de su cargo se conocen diversas salidas desde Caracas que presuntamente no fueron autorizadas por la Cancillería.

La función consular del embajador en Venezuela es de suma importancia, pues el vínculo entre los dos países depende en su mayoría de su gestión. A pesar de la autonomía que puede llegar a tener en el marco de su desempeño, para su movilización fuera de ese país depende de varias condiciones, las cuales deben ser autorizadas por la cúpula, es decir, del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Sobre el tema, W Radio conoció sobre lo que serían algunas salidas del funcionario de Caracas, hechos que habrían sido reiterativos desde marzo hasta mayo del 2023. Una de las movidas fue el 9 de marzo, en donde se reunió con el presidente Gustavo Petro en Bogotá; luego del 18 al 20 de marzo se conoció que este había viajado de Washington, Estados Unidos, con el fin de dar ejecutar una agenda oficial, no obstante, fuentes del medio citado anteriormente indicaron que Benedetti no habría sido autorizado para ello.

Posteriormente, se habría tomado unas vacaciones en abril junto a su círculo cercano en Santa Marta, empero, según la normativa no podía extender su estadía por mucho tiempo y habría excedido dicho plazo. Ya del 22 al 23 de mayo estuvo en Bogotá con el fin de reunirse con el mandatario nacional, pero no logró concluir dicho encuentro, pues todo se desarrolló en el marco del escándalo Sarabia.

Las reglas que tuvo que tener en cuenta Benedetti

El Decreto Ley 274 de 2000 destaca las disposiciones principales para regular el servicio exterior de la república y la carrera diplomática y consular, en esta oportunidad, se explica que todos los funcionarios en otros países deben acatar el código disciplinario dispuesto por la misma ley colombiana, en este caso el ARTÍCULO 79 reza:

“Los Funcionarios de la Carrera Diplomática y Consular y, en general, todos los servidores públicos del Ministerio de Relaciones Exteriores, se encuentran sometidos al régimen disciplinario general establecido en el mencionado Código”.

Respecto a la presunta infracción del embajador, se tiene en cuenta el artículo 80 de la mencionada ley, en donde se explica que todos los funcionarios, claramente incluyendo al embajador, deben tener el permiso del Ministro de Relaciones Exteriores, en este caso Álvaro Leyva.

ARTÍCULO 80: Los funcionarios pertenecientes a la Carrera Diplomática y Consular y, en general, los funcionarios del servicio exterior están obligados a obtener permiso escrito previo del Ministro de Relaciones Exteriores o del funcionario que este delegare,

Además, otro punto que debe ser tenido en cuenta es la extensión de dichas salidas, pues hay un tiempo límite que tiene que ser respetado. Ahora bien, es importante tener en cuenta que dichos permisos pudieron haber sido diligenciados de manera confidencial, sin embargo, queda sobre la mesa el tema respecto al cargo de Benedetti.

E) Ausentarse por más de tres días laborables de la ciudad sede de la representación; requerimiento éste aplicable para el caso de los Jefes de las Misiones Diplomáticas. Cuando la ausencia fuere inferior a este período, el funcionario que ocupe el cargo de Jefe de una Misión Diplomática deberá informar de este hecho a la Cancillería. Los subalternos, por su parte, deberán obtener el previo permiso del Jefe de la Misión para ausentarse de la Sede; esta autorización no podrá exceder de tres días laborables.
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